Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 22 de agosto de 2015, pág. 6.
El original está ilustrado por dos fotografías en blanco y negro.
El 22 de agosto de 1940 el bilaureado general
gaditano José Enrique Varela Iglesias, ministro del Ejército, dictó una orden
mediante la cual se procedía a reorganizar el despliegue territorial
del Cuerpo de la Guardia Civil.
Hasta esa fecha, el benemérito Instituto había
estado articulado en 57 Comandancias de la Guardia Civil, más otras 20 recién
incorporadas procedentes del antiguo Cuerpo de Carabineros.
Estas últimas venían funcionando todavía como tales, vistiendo aún
sus componentes sus propios uniformes y desarrollando sus peculiares misiones, principalmente
de resguardo fiscal del Estado y persecución del contrabando, sobre todo en
puertos, costas y fronteras.
A partir de dicha fecha la Guardia Civil se reestructuró en 4
Comandancias Móviles, 24 de Fronteras y Costas
así como 50 Rurales y Mixtas, siendo una de estas últimas la de Algeciras.
La Ley de 15 de marzo de 1940 acababa de suprimir la
Inspección General de Carabineros, disponiéndose la agrupación de sus cometidos
y funciones en una sola sección de la Dirección General de la Guardia Civil,
así como que el personal de carabineros fuese adscrito, con arreglo a sus
aptitudes y condiciones, a las diferentes unidades y servicios privativos de ésta.
Ello supuso la desaparición de tan histórico Cuerpo que había sido
creado por el mariscal de campo José Ramón Rodil, mediante real decreto de 9 de
marzo de 1829, bajo la denominación de “Real
Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras”.
Su principal misión, según se hacía constar
textualmente, era: “hacer la guerra al
contrabando, para prevenir o atacarlo rigurosamente en sus puntos de generación
y perseguirlo en todas direcciones, hasta su exterminio”.
Inicialmente tuvo una estructura
enteramente militar, estando bajo dependencia y amparo del ministerio de la
Guerra, que era competente en lo concerniente al servicio específico, haberes,
gratificaciones, y del ministerio de Hacienda sólo en cuanto a la coordinación
de las gestiones.
Sin embargo, por real decreto de 25 de
noviembre de 1834 se dispuso su fusión con el Resguardo Civil -encargado de la
vigilancia interior del fraude- haciéndolos depender de la Dirección General de
Rentas Estancadas, dando lugar así a la creación del nuevo Cuerpo de
Carabineros de la Real Hacienda Pública, ya sin fuero militar y de plena naturaleza
civil.
Dado que ello no terminó de dar el
resultado esperado, se le volvió a dotar de naturaleza militar, pasando por
decretos de 6 de agosto y 11 de noviembre de 1842 a organizarse y denominarse
Cuerpo de Carabineros del Reino.
Por Decreto de 15 de mayo de 1848 fue
integrado en el Ejército, dependiendo del ministerio de la Guerra en su
organización y disciplina, y del ministerio de Hacienda en cuanto al servicio y
percibo de haberes se refería,
Durante las décadas siguientes sufrió
diversas vicisitudes, reorganizaciones y reestructuraciones con disminuciones y
aumentos de plantillas, en función de las políticas del gobierno de turno y las
capacidades presupuestarias anuales del Estado, que habitualmente solían ser
bastante austeras al respecto.
A ello hubo que sumarle las turbulencias de
la agitada segunda mitad del siglo XIX, incluidas las guerras carlistas cuya
actuación en la tercera de ellas, siempre leal al gobierno legalmente
constituido, se recompensó con la concesión del uso de la enseña nacional.
Iniciado el siglo XX el Cuerpo de
Carabineros fue afianzándose, ampliando progresivamente durante las tres
primeras décadas, tanto su plantilla y despliegue territorial como sus
competencias, siempre en defensa de los intereses de la Hacienda Pública.
Por real decreto de 7 de septiembre de
1929 se le concedió la gran cruz de la Orden civil de Beneficencia,
con distintivo negro y blanco, “por los múltiples actos y servicios
abnegados, humanitarios y heroicos que los individuos pertenecientes al mismo
llevan realizados con
motivo de incendios, inundaciones y salvamentos de naufragos”.
Se trataba, al igual que la Guardia Civil, también
declarada oficialmente Benemérita el 4 de octubre siguiente, de un instituto
militar abnegado, disciplinado, eficaz, prestigiado y muy sacrificado. Sin
embargo, la Guerra Civil 1936-1939 supuso el principio de su fin.
Aunque pervivió en ambas zonas, fue en la
republicana donde se potenció multiplicando por cinco sus efectivos iniciales,
siendo la única fuerza de seguridad del Estado, al contrario de la Guardia
Civil y la Policía, que no fue disuelta.
Finalizada la contienda el general Franco
dispuso, mediante la citada Ley de 15 de marzo de 1940, su absorción integral
por la Guardia Civil que asumió sus competencias y sus miembros.
Hasta la mentada orden
ministerial de 22 de agosto siguiente, coexistían en la provincia de Cádiz una única
Comandancia de la Guardia Civil, con cabecera en la capital y dos Comandancias de
Carabineros: la 10ª de Algeciras y la 11ª de Cádiz, ambas con sede en las
ciudades citadas.
Estas dos últimas fueron
reconvertidas temporalmente en una primera fase, en las 66ª y 67ª Comandancias
Administrativas de la Guardia Civil, respectivamente.
Hasta entonces, en Algeciras y su
entorno del Campo de Gibraltar, estaba desplegada sólo una compañía de la
Guardia Civil que contaba con poco más de un centenar de efectivos y tenía
su cabecera en dicha ciudad.
En cambio, la 10ª Comandancia de
Carabineros de Algeciras estaba integrada por más de 800 efectivos encuadrados
en cinco compañías con cabeceras en Atunara, La Línea de la Concepción, Puente Mayorga, Algeciras y Tarifa.
Para entender
su razón de ser y conocer por qué había dos comandancias de Carabineros en la
provincia de Cádiz hay que remontarse hasta el año 1878, cuando, al
igual que ocurría con la Guardia Civil, había una única comandancia.
Sin
embargo, dados los numerosos alijos de contrabando propiciados desde la colonia
británica de Gibraltar, así como la gravedad de la situación creada por los
continuos enfrentamientos con partidas de contrabandistas se dispuso la
creación de una nueva comandancia con demarcación exclusiva en el Campo de
Gibraltar
Así, por reales órdenes de 10 y 28 de
enero de dicho año, se dispuso la división de la Comandancia de Carabineros de
Cádiz en dos, creándose la de Algeciras con fuerzas de aquella y suprimiéndose
la plaza de teniente coronel en la de Pontevedra, por entonces menos
conflictiva, que pasó a mandar la de nueva creación, por ser de mayor
importancia.
La labor de los carabineros de la
Comandancia de Algeciras fue durante muchos años, debido a las circunstancias
socio-económicas de la zona y la violenta actitud de las partidas de
contrabandistas, la más dura y sacrificada de cuantas se llevaron por fuerzas
de dicho Instituto en el territorio nacional.
Esta nueva Comandancia fue dando tan
buenos resultados en la represión del contrabando procedente principalmente de Gibraltar
que once años después, al haber aumentado considerablemente dichas actividades
en la parte oriental, se decidió por real orden de 31 de agosto de 1889 crear
otra unidad similar en la zona limítrofe de la provincia de Málaga, con
cabecera en Estepona, y que perduró hasta 1940.
Desde el 22 de agosto de dicho año, la
66ª Comandancia Administrativa de la Guardia Civil de Algeciras, fue tomando
sucesivamente las denominaciones de 134ª Comandancia de Costas (1941-1944), 337ª
Comandancia Mixta (1944-1945), 337ª Comandancia (1945-1967), 262ª Comandancia (1967-1974), 242ª Comandancia (1974-1982),
226ª Comandancia (1982-1984), 234ª Comandancia (1984-1999), 408ª Comandancia
(1999-2003) y desde entonces hasta hoy, Comandancia de
Algeciras, ya sin enumeración alguna.
Hoy, 75 años después de su creación, los
hombres y mujeres de la Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras, que
pertenecen a un cuerpo doblemente benemérito, son depositarios y continuadores
de la honrosa historia de dos instituciones que fueron y siguen siendo claves,
acrisolada desde 1940 en una sola, para garantizar el orden y la ley en el
Campo de Gibraltar así como en la lucha implacable contra el fraude y el
contrabando.
Y tal como reza el artículo 6º del antiguo
reglamento que fue modificado tras la absorción del Cuerpo de Carabineros, esos
guardias civiles no deben ser temidos sino de los malhechores, ni
temibles sino de los enemigos del orden y del Fisco.