Trabajo elaborado por Jesús Núñez y publicado en la Monografía "Inmigración y Seguridad", del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE SEGURIDAD INTERIOR (IUISI). Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Madrid, mayo de 2004, pp. 35-49.
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1. INTRODUCCIÓN.
La última edición del Diccionario de la Lengua Española editado por la Real Academia Española define el vocablo “Inmigrar”, en su primera acepción, como “Llegar a otro país para establecerse en él, especialmente con idea de formar nuevas colonias o domiciliarse en las ya formadas”.
Ello, en un país como España donde el fenómeno de la inmigración forma parte de su propia historia, no debería levantar en principio mayor interés o polémica que el propio derivado de cualquier análisis o estudio sociológico. Sin embargo si el vocablo “Inmigrar” va acompañado, o mejor dicho, degradado del vocablo “Irregular”, que en su primera acepción se define como “Que está fuera de regla; contrario a ella”, la cuestión cambia radicalmente hasta convertirse en una de las cuestiones más graves y complejas con las que se enfrenta la Sociedad actual y que desde luego no tiene precisamente una solución estrictamente policial.
Una evidente muestra de esto último ha sido el anuncio realizado en los primeros días de enero de este año 2004 por el presidente de los EE.UU., de la necesidad de generar un cambio de la política norteamericana en materia de la inmigración en general y en concreto de su lucha contra la inmigración irregular tras reconocer públicamente que tenían en su interior ocho millones de clandestinos. Las severas medidas de carácter policial, dotadas de numerosos efectivos humanos especializados y las millonarias inversiones en infraestructuras y recursos tecnológicos empleados sobretodo en la impermeabilización de su frontera con Méjico así como las sucesivas reformas legislativas introducidas, no habían dado el resultado esperado.
La solución se apunta ahora en estudiar por un lado como “legalizar” y “regular” la situación de esos millones de personas que realmente viven “ilegalmente” en el interior de los EE.UU. y trabajan en la economía sumergida, sin repercusión fiscal por lo tanto para el Tesoro Público, así como por otra parte, en diseñar e implantar una nueva política de inmigración más eficaz. Realmente se trata de una invitación a la reflexión y todo un reto.
Volviendo a nuestro ámbito, nadie cuestiona actualmente –salvo grupúsculos de carácter xenófobo- que el fenómeno de la Inmigración es tan imparable como necesario y beneficioso para asegurar y enriquecer el propio futuro de la Sociedad. En Europa en general y en España en particular, donde se padece una bajísima tasa de natalidad, necesitamos de los inmigrantes, que en su mayor parte, lo único a que aspiran es a mejorar su calidad de vida mediante la contraprestación de su trabajo y esfuerzo personal.
Pero también es cierto que ello exige que junto a una adecuada política de inmigración, se proceda al eficaz control de los flujos irregulares –canalizados en su mayor parte por organizaciones de delincuentes especializados en ello- al objeto de evitar que aquella se vea desbordada, pues su propio éxito reside en la capacidad cuantitativa y cualitativa de integración de los inmigrantes en la Sociedad. Ello desde luego se trata también de una invitación a la reflexión y por supuesto, de todo un reto, máxime en un país como el nuestro donde cada vez es mayor el número de inmigrantes irregulares asentados.
La preocupación actual en dicha cuestión reside en la consideración de que la entrada de inmigrantes irregulares constituye, por sus posibles consecuencias, un riesgo potencial evidente ya que al no poderse proporcionar y garantizar las debidas condiciones de calidad de vida y por lo tanto de integración social y laboral, puede desestabilizar gravemente cualquier sociedad. Y ésta ya no se trata sólo de la española, pues la supresión de las fronteras interiores en la Unión Europea ha hecho recaer e incrementar nuestra responsabilidad en dicha cuestión, dada sobretodo nuestra condición de frontera Sur ante el cercano continente africano.
Es precisamente dicha situación geográfica la que ha propiciado, y sigue haciéndolo progresiva e imparablemente, la afluencia y concurrencia de los principales flujos de inmigración irregular, cuya presencia y proyección se van haciendo sentir cada vez más en el seno de nuestra Sociedad.
Sirva a modo de pequeño y curioso pero significativo ejemplo, el hecho de que hasta hace pocos años la única acepción que aparecía en el Diccionario de la Lengua Española respecto al vocablo “Patera” era el de “Enfermedad de la pezuña de los ovinos que obliga a recortársela y se atribuye a excesiva humedad de la dehesa en que pastan”. Sin embargo, hoy día, fruto precisamente de la influencia en nuestra actualidad cotidiana de la Inmigración Irregular, la Real Academia le da otro significado más: “Embarcación pequeña, de fondo plano, sin quilla”. Es decir, el medio más habitual utilizado para introducir inmigrantes irregulares en nuestras costas procedentes de las norteafricanas. Actualmente, si bien las primeras “pateras” de madera vienen siendo sustituidas progresivamente por modernas embarcaciones -especialmente semirrígidas- se sigue empleando coloquialmente dicho vocablo para designar a todas ellas, cualquiera que sea su tipo o modelo.
2.- LA GUARDIA CIVIL Y LA INMIGRACION IRREGULAR.
Al objeto de afrontar y regular las diferentes circunstancias, problemas y situaciones derivadas de la Inmigración así como establecer y asegurar las oportunas garantías personales y colectivas de todos los afectados, los sucesivos gobiernos de la nación han venido promulgando desde hace más de una década, diversas leyes y normas al objeto de ir por un lado adaptándose a una realidad siempre en evolución y por otro, ofrecer respuestas lo más eficaces posibles.
Actualmente se encuentra como norma superior en vigor la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que fue reformada poco después por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, como consecuencia de haber sido admitidos a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por diversas Comunidades Autónomas y grupos parlamentarios, lo cual también da una idea de la complejidad del tema y la diferente visión que existe respecto a dicha cuestión.
Dichas leyes orgánicas y la legislación que las complementan y desarrollan constituyen el marco jurídico de referencia y actuación en el que se desenvuelven, entre otros sectores de la Administración, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de velar por su cumplimiento.
Las vías de acceso, procedimientos y medios empleados por la Inmigración Irregular, individual u organizada, son tan variados como la propia imaginación e ingenio humanos sean capaces de materializar, canalizándose tanto por puntos habilitados como no habilitados para la entrada de personas en el territorio nacional, si bien los de mayor preocupación gubernativa –y por lo tanto policial- así como generadores de alarma social son los ejecutados a través de organizaciones de delincuentes o mafias, que es la denominación habitual que los medios de comunicación social vienen dando en los últimos años.
La entrada de inmigrantes irregulares por lugares no habilitados como fronterizos, -principalmente mediante el empleo de embarcaciones que alcanzan nuestras costas procedentes del continente africano- afecta implícitamente en su aspecto policial, al Cuerpo de la Guardia Civil, en función de las misiones encomendadas y contempladas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, sobre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y singularmente en atención a lo dispuesto tanto en el artículo 11.2 donde se le asigna la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades en el mar territorial, como en el artículo 12.B.d -La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran- llevando a cabo, mediante el empleo combinado y coordinado de sus unidades terrestres, marítimas y aéreas de vigilancia costera, la detección e interceptación de las embarcaciones que intentasen ilegalmente alcanzar nuestro territorio nacional.
Asimismo y teniendo en cuenta que la mayor parte de los intentos ilegales de acceso a nuestras costas se realizan mediante el empleo de la infraestructura de recursos humanos y materiales de organizaciones de delincuentes especializados en tal actividad, recibiendo como contraprestación importantes cantidades de dinero, la Guardia Civil como Cuerpo de Seguridad del Estado tiene la misión de “Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del Juez o Tribunal competente y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes”, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1.g de la citada Ley Orgánica 2/1986.
En este aspecto hay que tener en cuenta que la también mencionada Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, motivó la modificación del apartado 1 del artículo 312 del Título XV sobre “De los delitos contra los derechos de los trabajadores” – “Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra”- así como, más recientemente, la inclusión en el Código Penal vigente del Título XV Bis sobre “Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros”, en el que destaca el artículo 318 bis que fue modificado por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, que ya en su apartado 1 comienza castigando al “que, directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, …”.
Por su parte la Guardia Civil, que tiene plena conciencia del fenómeno de la Inmigración e hipoteca en ello buena parte de sus recursos humanos y materiales, ha diseñado e implantado los correspondientes Planes Permanentes de Control de la Inmigración Irregular así como la creación de Equipos de Atención al Inmigrante (EDATI) y Equipos de Lucha contra la Inmigración Clandestina (ELIC), aunque todo ello al no ser materia del presente trabajo, no será desarrollado.
Otro aspecto también muy importante en el que la Guardia Civil se ve afectada y consecuentemente implicada activamente, sobretodo cuando los hechos acontecen en nuestra mar territorial, es el humanitario, consustancial con la propia naturaleza del Instituto, y que oficialmente tiene otorgado y acreditado –el pueblo llano lo había reconocido desde sus tiempos fundacionales en el año 1844- su carácter Benemérito con la concesión por Real Orden de 4 de octubre de 1929, de la Gran Cruz de la Orden de la Beneficencia.
Si bien la Guardia Civil no tiene atribuida expresamente la misión concreta de salvamento y rescate marítimo, pues ello corresponde a otros organismos específicamente destinados y dotados de los adecuados recursos humanos y materiales –Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), perteneciente a la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, creada por la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, como “organismo responsable de los servicios de búsqueda, rescate, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del Estado español en el área geográfica de su responsabilidad”- la realidad diaria es que gracias a la actuación de las embarcaciones de su Servicio Marítimo –diseñadas para misiones de vigilancia- y sus tripulaciones, millares de inmigrantes irregulares han sido rescatados durante los últimos años cuando navegaban en condiciones extremas a bordo de endebles y sobrecargadas “pateras” que seguramente nunca hubieran alcanzado nuestras costas.
Es precisamente gracias a ese amplio despliegue y presencia marítima de la Guardia Civil en nuestro mar territorial -que no conoce más límite que el derivado de los recursos que anualmente le asignan los Presupuestos Generales del Estado pues la entrega de sus miembros con su vocación de servicio y sacrificio es absoluta- donde por acción propia o coordinada con los centros locales o zonales de Salvamento Marítimo, se han salvado muchas vidas de inmigrantes irregulares.
3.- El S.I.V.E.
El Gobierno, plenamente consciente de la necesidad de dotar a las fuerzas encargadas de dar oportuna y eficaz respuesta al problema planteado en primera línea de costa, viene realizando importantes inversiones y mejoras en tecnología de última generación y moderno material para aquellas zonas de mayor incidencia, que faciliten la detección, interceptación y en su caso rescate, de quienes irregularmente pretenden acceder a nuestro territorio nacional –básicamente frontera Sur- por puntos no habilitados a tal efecto así como quienes pretendan introducir droga por similares procedimientos y lugares.
Por ello nació lo que ha venido a denominarse Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (S.I.V.E.) que desde mediados del año 2002 viene funcionando con gran eficacia en la demarcación costera gaditana de la Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras y cuya entrada en funcionamiento en el resto de la provincia –demarcación costera de la Comandancia de Cádiz- está prevista su entrada en funcionamiento en los primeros meses de 2004. A principios de este año ha comenzado a funcionar en las demarcaciones costeras de las Comandancias de Málaga y de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto a la isla de Fuerteventura en este último caso se refiere, estando previsto próximamente el inicio de su implantación en las demarcaciones costeras de las de Ceuta y Málaga.
El S.I.V.E. básicamente es un sistema operativo que, sobre un soporte técnico, aporta la información obtenida en tiempo real a un centro de control que imparte las órdenes necesarias para la interceptación de cualquier elemento que se aproxime al territorio nacional desde la mar, permitiendo hacer un uso más eficiente de los recursos humanos y materiales que la Guardia Civil dedica a estos fines.
Para desempeñar sus funciones el S.I.V.E. está integrado por un Subsistema de Detección –constituido a su vez por varias estaciones sensoras que constan de sensores radar capaces de detectar las embarcaciones a 10 kilómetros de distancia, cámaras de vídeo de gran alcance, intensificadores de luz y cámaras de infrarrojos, que en acción de conjunto permiten la visión nocturna y diurna, confirmando la presencia de embarcaciones e identificarlas a 5 kilómetros de distancia-, un Subsistema de Comunicaciones –que asegura la comunicación de forma protegida y confidencial en tiempo real mediante la transmisión de imágenes, voz y datos- y un Subsistema de Mando y Control –ubicados en las salas de los Centros Operativos de Servicios (C.O.S.) de las Comandancias de la Guardia Civil que se encargan de centralizar las señales emitidas, controlar las estaciones sensoras por telemando así como la emisión de órdenes a las unidades de interceptación.
En definitiva el S.I.V.E. permite:
· Detectar a larga distancia las embarcaciones que se aproximen a nuestro litoral.
· Identificar el tipo de embarcación y a sus tripulantes con el fin de comprobar la posible actuación ilegal de los mismos.
· Coordinar el seguimiento, en su caso, de la embarcación, utilizando para ello los medios marítimos, aéreos y terrestres con que cuenta la Guardia Civil.
· Interceptar a los presuntos delincuentes o auxiliar a los inmigrantes irregulares.
Frente a las duras críticas lanzadas desde determinados sectores, cuestionando la eficacia del S.I.V.E. hasta ahora implantado en la zona del Estrecho de Gibraltar, hay que reconocer y resaltar expresamente su dimensión humanitaria y su contribución al salvamento de vidas, ya que el sistema al permitir la detección lejana de las embarcaciones que intentan acceder a nuestras costas, facilita las labores de identificación y situación exacta, propiciando por lo tanto el rápido auxilio de las víctimas –nunca mejor calificadas- de esta nueva modalidad de tráfico de seres humanos.
4.- LA EXPERIENCIA DE CADIZ.
4.1.- Una provincia cabeza de puente.
La Inmigración Irregular tiene desde el comienzo de este problema un singular protagonismo en la provincia de Cádiz, como zona principal de entrada, al ser la parte del territorio nacional geográficamente más próxima al continente africano, lo cual le ha convertido hasta el momento en la provincia por donde más inmigrantes irregulares han penetrado ilegalmente.
Paradójicamente y frente a ello es una de las provincias de menor incidencia en cuanto a asentamientos de inmigrantes irregulares se refiere, motivado principalmente por ocupar el primer puesto en las estadísticas de la población activa en paro y el último puesto en el de renta per capita de todo el Estado.
A modo de ejemplo y como fruto recogido de la experiencia vivida por los guardias civiles destinados en la provincia de Cádiz –que comprende las demarcaciones de las Comandancias de Algeciras y Cádiz- se va intentar con el mismo criterio particular que viene siguiendo el autor de este trabajo, exponer la realidad de ese problema visto a bordo de una patrullera y a pie de playa.
Si bien es cierto que en los puertos comerciales de Algeciras y Cádiz, con sus líneas navieras de pasaje y mercancías con Ceuta y Casablanca, principal y respectivamente, junto a otros puertos de la provincia de menor entidad y movimiento, es habitual la interceptación de inmigrantes irregulares, bien como polizones u ocultos en distintas partes de vehículos pesados o contenedores de mercancías, no será objeto de las siguientes líneas ya que dichos actos suelen ser, excepto casos muy concretos, consecuencia de acciones individuales cuyo factor esencial no suele pasar de la propia iniciativa del interesado o de la mera complicidad, retribuida, de un tripulante o transportista.
En cambio las entradas ilegales por puntos no habilitados de la costa gaditana, en grupos que suelen oscilar entre 20 y 50 personas por “patera” normalmente naturales del Area del Magreb –especialmente de Marruecos- o del Africa Subsahariana, implican el concurso de una organización delictiva.
Los inmigrantes irregulares –realmente sinónimo de víctimas aunque sean infractores de la ley- y previo abono de una importante cantidad económica, son concentrados en un punto determinado de la costa de Marruecos y embarcados en “pateras” pilotadas por miembros de dicha organización hasta otro punto de la costa española. Aquí son abandonados a su suerte –a veces con resultados trágicos ya que ni siquiera habían llegado a alcanzar tierra firme y la mayor parte de ellos no sabe nadar- o esperados en el mismo lugar u otro previamente convenido por otros componentes de la organización que se encargarán de su traslado a otras provincias del territorio nacional e incluso del resto de la Unión Europea.
En ocasiones el origen de partida de las “pateras” no se encuentra en la misma costa de Marruecos sino en buques mercantes o barcos pesqueros que los desembarcan con aquellas en aguas más próximas a las costas españolas. Asimismo por otro lado también acontece que en ocasiones el inmigrante irregular, normalmente marroquí, una vez en territorio español es secuestrado por otros miembros de la organización hasta que por familiares de aquel en el reino alauita entregan una nueva suma económica a cambio de su libertad.
4.2.- La interceptación y rescate en la mar
El rescate o interceptación de inmigrantes irregulares en la mar efectuada en la mayor parte de las veces por las tripulaciones de las embarcaciones del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, constituye una arriesgada, benemérita y meritoria actuación. Esta, por desarrollarse habitualmente fuera del radio de acción de los medios de comunicación, es muy poco conocida y reconocida por la Sociedad, que normalmente sólo suele visionar en todo caso las imágenes relativas a los desembarcos efectuados en playas y puertos tras haber sido interceptados.
En primer lugar hay que recordar que el tipo de embarcación empleada –“patera”- para el transporte de inmigrantes irregulares hasta nuestras costas desde las norteafricanas, además de encontrarse peligrosamente sobrecargada con una media que oscila de 20 a 50 pasajeros, carece generalmente de los más elementales medios de seguridad marítima y no suele estar dotada habitualmente de los potentes y modernos medios mecánicos y de navegación con que cuentan las que alijan importantes cargamentos de drogas, aunque utilicen las mismas rutas e incluso formen parte de las mismas organizaciones o redes.
De hecho es frecuente que las mismas organizaciones aprovechan o simultanean el envío de “pateras” cargadas de inmigrantes irregulares, cuya atención y rescate acaparan los recursos policiales disponibles en la zona para poder así alijar con mayor impunidad sus cargamentos de droga en otros puntos diferentes. También es habitual la realización de llamadas telefónicas anónimas con avisos falsos de presencia de “pateras” con inmigrantes irregulares en peligro de naufragio para provocar así la “distracción” de las fuerzas de vigilancia. Evidentemente, una vez completado el despliegue del S.I.V.E. dichas tretas y ardides tendrán ya poco éxito.
Aunque lo ideal, en el caso concreto del rescate, es que el mismo fuera llevado a cabo por quien tiene encomendada la misión de salvamento en la mar, que es como ya se ha dicho anteriormente la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima y que cuenta con el tipo de embarcación idónea para realizar dicho cometido, la realidad es que ello no siempre es posible por muy diversas razones y que en modo alguno guardan relación con la meritoria dedicación y entrega de quienes integran SASEMAR y a quienes hay que reconocer también expresamente en estas líneas su labor diaria.
Sin embargo, suele ser frecuente que las patrulleras de la Guardia Civil protagonicen o participen muy activamente en las tareas de rescate aún a pesar de no disponer de los medios más adecuados para ello, pues no hay que dejar de tener presente que dichas embarcaciones han sido diseñadas para ejercer misiones de vigilancia y no de salvamento marítimo. Esta cuestión que en principio no parece ser excesivamente notoria, si reviste gran trascendencia cuando se está en la mar y ésta se encuentra en condiciones nada favorables para la navegación.
No obstante, tan pronto cualquier unidad terrestre, marítima o aérea de la Guardia Civil tiene conocimiento por el medio que sea de la presencia en la mar de embarcaciones con inmigrantes irregulares –a veces de los propios y angustiados pasajeros que disponen con frecuencia de teléfonos móviles-, lo pone en inmediato conocimiento de la Central Operativa de Servicios (C.O.S.) de la Comandancia afectada.
Esta a su vez lo participa, también de forma inmediata, al correspondiente Centro de Salvamento Marítimo –que en el caso de la zona de influencia del Estrecho de Gibraltar se trata del Centro Zonal de Coordinación de Salvamento de Tarifa- con indicación en su caso de las correspondientes coordenadas y demás información disponible (tipo de embarcación, rumbo, número de pasajeros, estado de salud de los mismos, estado de la mar, etc.) solicitándose el urgente envío de medios de auxilio.
Dicho Centro moviliza seguidamente por su parte todos sus recursos humanos y materiales disponibles para el rescate requerido si bien suele ser frecuente que al activarse simultáneamente varios operativos –pues es habitual que en una misma zona se produzca más de una detección o avistamiento, amén de avisos falsos o confusos, lo que provoca la dispersión de los medios de auxilio- o la concurrencia de manifiesto riesgo vital para los inmigrantes, dado el lamentable estado de la “patera” o que haya sido abandonada a su suerte por el piloto.
Ello suele motivar que tenga que ser la embarcación del Servicio Marítimo de la Guardia Civil más próxima al lugar o que se pueda movilizar, la primera en actuar y asumir la responsabilidad del rescate, subiendo incluso a bordo de la patrullera a los inmigrantes irregulares, caso de que su “patera” corra riesgo de hundimiento, debiendo cumplir las condiciones impuestas por el vigente Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes, y con el apoyo de una embarcación auxiliar siempre que las circunstancias lo permitan.
No obstante, hay que significar que por norma esta medida debe ser excepcional ya que no hay que olvidar el peligro que implica una maniobra de abordaje en mar abierta y con una embarcación que no ha sido concebida para tal misión, debiéndose valorar puntualmente por el patrón de la patrullera de la Guardia Civil la decisión más idónea para evitar la pérdida de cualquier vida humana, lo cual constituye su principal objetivo.
También es cierto que en ocasiones es la propia tripulación de la Guardia Civil la que tiene que disuadir a los inmigrantes de que comiencen por su propia iniciativa un masivo, desordenado y por lo tanto peligroso intento de embarque hacia la patrullera, llevados por su instinto de supervivencia y voluntad de abandonar el endeble medio en el que navegaban hasta entonces, pues en cuanto avistan la patrullera que acude a su rescate, lo más habitual es que intenten subirse a la misma lo antes posible.
La seguridad, que comprende tanto la de los inmigrantes como la de la propia tripulación actuante, constituye el principal problema en la delicada tarea de rescate o interceptación. Tras el avistamiento de la embarcación ocupada por los inmigrantes irregulares se realiza la maniobra de aproximación por parte de la del Servicio Marítimo, durante las que deben extremarse las medidas de precaución al objeto de evitar que aquella pueda zozobrar o incluso hundirse.
Hay que tener en cuenta que el tipo de embarcación empleada habitualmente en su servicio peculiar marítimo por la Guardia Civil suele corresponder a los denominados patrulleros en sus versiones de ligeros o medianos, que dadas sus dimensiones y condiciones de navegabilidad están sometidas, por elementales razones de seguridad, a una limitación en cuanto a personal y material a transportar.
De hecho la Dirección General de la Marina Mercante ha estipulado que, en circunstancias excepcionales y a efectos de navegación en puertos, aguas interiores y ríos, en las patrulleras ligeras pueden subir a bordo un máximo de 4 tripulantes y 7 pasajeros mientras que en las patrulleras medias dichas cifras se elevan hasta 7 tripulantes y 12 pasajeros.
Teniendo en cuenta que ello se refiere a navegación por aguas que podríamos describir como tranquilas, habría que plantearse cual es el número aconsejable e incluso límite de pasajeros a embarcar cuando se trata de mar abierta y en condiciones a veces precisamente nada favorables. Parámetros como el estado de la mar, la fuerza del viento, la realización de maniobras bruscas por parte principalmente de la embarcación que se pretende interceptar o rescatar, el desplazamiento irregular de los pesos sobre cubierta o a una banda, etc., pueden modificar y reducir sensiblemente dichas cifras ante el riesgo de provocar accidentes o un hundimiento.
La realidad es que si la embarcación interceptada o rescatada no puede ser acompañada o remolcada con sus pasajeros hasta el puerto más próximo, ya que la misma se encuentra en tan mal estado que la hacen inoperable e incluso, tal y como ha sucedido en numerosas ocasiones, con vías de agua y evidente riesgo de naufragio, el número de inmigrantes irregulares que son transbordados a la de la Guardia Civil, si no se dispone de una embarcación de SASEMAR o de otra procedencia que también participe en el operativo, es bastante superior a las cifras citadas anteriormente, donde el carácter y espíritu benemérito de su tripulación impera antes que peligre la vida de los inmigrantes, aún a costa del riesgo potencial que supone para las propias, llegándose con frecuencia a alcanzar e incluso superar en ocasiones el número de 30 inmigrantes subidos a bordo, incumpliendo con ello las normas administrativas que limitan el número de pasajeros para cada clase de embarcación.
No obstante al objeto de evitar afrontar situaciones de riesgo que no fuesen factibles de asumir con éxito, no ya por falta de intencionalidad de los propios guardias civiles, sino por imposibilidad física de poder prestar un auxilio eficaz al ser por ejemplo muy superior el número de inmigrantes a las posibilidades máximas de transporte de la patrullera, tan pronto se tiene conocimiento de un avistamiento se movilizan todos los recursos disponibles.
Una vez interceptada o rescatada la “patera” y decidido por razones de proximidad, infraestructura o urgencia el puerto de desembarco, se comunica el mismo por conducto del C.O.S. así como diversa información de interés y que haya sido posible obtener sobre los inmigrantes (número de varones, mujeres y menores de edad, estado de salud, etc.) al objeto de recabar en su caso las necesidades primarias de asistencia sanitaria y social.
Asimismo se procede a disponer el correspondiente dispositivo policial por la unidad territorial competente que adoptando las oportunas medidas higiénico-sanitarias, se hará cargo de la recepción de los inmigrantes irregulares así como de la identificación y detención en su caso del piloto de la “patera” y sus cómplices, quienes habitualmente intentan simular ser unos más de los inmigrantes irregulares, no soliendo ser denunciados por el resto de los pasajeros, bien por temor, solidaridad o mera indiferencia.
Una vez detenidos los supuestos autores del citado delito e instruidas las correspondientes diligencias como autores de un supuesto delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, previsto en el nuevo Título XV Bis del vigente Código Penal, son puestos a disposición de la autoridad judicial competente como cualquier otro tipo de delincuente.
4.3.- La interceptación a pie de playa.
Una vez tratada la cuestión vivida en la mar va a procederse a abordar la situación cuando los inmigrantes irregulares alcanzan nuestro territorio nacional, bien porque han sido trasladados hasta un puerto tras haber sido rescatados o interceptados en las “pateras”, o bien porque lo han sido al alcanzar nuestras costas, significándose que cuando son de origen subsahariano no suelen intentar eludir la acción de las fuerzas policiales mientras que ocurre todo lo contrario con los de origen marroquí, conscientes de su segura repatriación previo los trámites correspondientes.
En primer lugar hay que hacer constar que el mal estado en el que suelen llegar, especialmente cuando la travesía la han efectuado en horario nocturno y en condiciones atmosféricas adversas, mala mar y bajas temperaturas con abundancia de casos de hipotermia, motiva que la mayor parte de ellos precisen asistencia sanitaria en el mismo punto de su desembarco.
Si alguno de los inmigrantes necesita una atención y actuación sanitaria específica o de mayor alcance como consecuencia de su delicado o grave estado de salud que no fuera suficiente satisfacer con la atención primaria de que son objeto en el primer momento, se procede a su inmediata evacuación en el medio más adecuado hasta el centro hospitalario más próximo.
Respecto al resto, una vez atendidas las emergencias sanitarias, se procede en el primer momento a su identificación así como a su registro corporal y de sus pertenencias al objeto de detectar la presencia de sustancias o útiles prohibidos o peligrosos, entre los que se encuentran con cierta frecuencia drogas (hachis) y navajas o cuchillos de pequeño tamaño, que constituyan ilícitos o sean susceptibles de causar lesiones.
A cada uno de los inmigrantes irregulares rescatados o interceptados se le procede a comunicar que ha pretendido entrar en el territorio nacional vulnerando los requisitos exigidos en el artículo 25 de la L.O. 8/2000, de reforma de la L.O. 4/2000, ya citadas anteriormente, al haberlo realizado por un punto no habilitado al efecto. Asimismo se le informa de que dicha entrada ilegal puede ser objeto de procedimiento de devolución conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la citada Ley y el artículo 138 del Reglamento para su aplicación, advirtiéndosele conforme al mismo de que tiene derecho a asistencia jurídica gratuita e intérprete así como que será entregado seguidamente en una Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
Cumplimentado dicho trámite y tras haber recibido la atención primaria sanitaria y social necesaria, se articulan los medios necesarios para su traslado a las dependencias oficiales más próximas del Cuerpo Nacional de Policía, al objeto de que a tenor de lo establecido en el artículo 12.A.c de la citada Ley Orgánica 2/1986 -Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración- se continúen los trámites previstos en la legislación vigente sobre Extranjería y en especial lo dispuesto en su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 864/201, de 20 de julio, concretado en la instrucción de expedientes sancionadores con propuesta, en su caso, de expulsión del territorio nacional.
En el caso de tratarse de menores de edad, circunstancia que se viene dando cada ver con mayor frecuencia, si bien en un número todavía no significativo, se procede a entregarlos a la Unidad de Policía Autonómica de la Junta de Andalucía, que es la competente en la materia, para su posterior traslado a uno de los centros de acogida. En este aspecto citar que recientemente, concretamente el 23 de diciembre de 2003, se suscribió conjuntamente por el Delegado del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración en España y por el Director General de Asuntos de Interior del Reino de Marruecos, el Memorandum de entendimiento entre ambos Estados sobre repatriación asistida de menores no acompañados.
Independientemente de dar debida y detallada cuenta de cada actuación en materia de inmigración irregular a los órganos jerárquicos superiores, se comunica simultáneamente a cada consulado afectado la interceptación de los ciudadanos de su país con expresión de los correspondientes datos de identificación disponibles, significándose que en caso de que no porte documento de identidad alguno, consisten en los que voluntariamente ha querido facilitar y que no siempre corresponden con los verdaderos.
4.4.- La cara de la tragedia.
Desgraciadamente no siempre los dispositivos de vigilancia e interceptación así como los de salvamento y rescate pueden llegar a tiempo o evitar que las “pateras” puedan alcanzar nuestra costa ni que en ocasiones se produzcan verdaderas tragedias con un elevado número de fallecidos que además provocan lógicamente una gran alarma social al hacerse eco de ello los medios de comunicación, produciéndose en ocasiones profundos debates no exentos desgraciadamente de demagogia en más de una ocasión.
Los inmigrantes irregulares que mueren ahogados intentando alcanzar nuestras costas son la parte más terrible de una realidad ante la que no se puede cerrar los ojos y sobre la que se vuelve a insistir que no debe tener sólo una respuesta estrictamente policial.
Por otra parte, los únicos responsables de las muertes que asolan periódicamente nuestras playas son las propias organizaciones delictivas que intentan introducir a los inmigrantes irregulares en nuestro territorio nacional a bordo de unas frágiles e inseguras embarcaciones, carentes de las mínimas medidas de navegabilidad y en unas condiciones atmosféricas y de mar completamente adversas cuando no temerarias, sin importarles lo que pueda suceder con sus “clientes”. Y ello cuando los propios inmigrantes –recuérdese que la mayoría no saben nadar- no son obligados a lanzarse al agua en alta mar o son vilmente engañados de que pueden saltar sin riesgo alguno ante la proximidad de la playa, asegurándose por parte de los pilotos que no existe riesgo alguno al poder hacerse pie.
4.5.- El Módulo de Inmigrantes de Barbate.
Las deplorables condiciones en las que llegaban al puerto gaditano de Barbate –la principal zona de incidencia de la Comandancia de Cádiz- buena parte de los inmigrantes irregulares, rescatados o interceptados en la mar, donde eran desembarcados y atendidos primariamente al aire libre por personal sanitario y de asistencia social, pertenecientes a diversos organismos públicos y organizaciones no gubernamentales, más la propia acción policial de su identificación y registro, han terminado por motivar la reciente instalación el pasado mes de diciembre de 2003 de un moderno módulo prefabricado y desmontable.
Dicho módulo que tiene prevista su entrada en funcionamiento en los primeros meses de 2004 está compuesto por varias salas, amplias y luminosas, dotadas de servicios, lavabos y duchas con agua caliente, para personal de ambos sexos y que sin duda alguna supondrá un gran avance en la calidad de la atención de quienes en ese momento más lo necesitan.
Su coste ha sido sufragado por la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. No obstante, su atención, mantenimiento y custodia ha sido encomendado, al menos por el momento, al Puesto Principal de la Guardia Civil ubicado en dicha localidad, corriendo incluso con cargo a los presupuestos de su propia Dirección General los gastos pertinentes de alta y suministro de los sistemas de agua y eléctricos.
5.- LA INMIGRACION IRREGULAR EN SUS CIFRAS.
Las costas de la provincia de Cádiz han sido tradicionalmente lugares idóneos y habituales para alijar contrabando, dada la proximidad del continente africano y la influencia de la colonia británica de Gibraltar, lo cual llegó a motivar desde el año 1878 la existencia de dos Comandancias de Carabineros, absorbidas y mantenidas por la Guardia Civil tras la entrada en vigor de la Ley de 15 de marzo de 1940. Sin embargo y si bien el problema del contrabando no ha desaparecido por completo, éste ha dejado paso a otros de mayor gravedad ya que atacan a la salud pública y a la dignidad humana: la droga y la inmigración irregular.
Si bien las estadísticas suelen ser por lo general controvertidas y no exentas de polémica en función de quien las exponga o las cuestione, si se exponen unos datos muy interesantes reflejados en los gráficos que se acompañan, y que a juicio del autor del presente trabajo, se consideran además bastante significativos e incitadores a la reflexión, tanto sobre el progresivo aumento anual de las cifras globales como del surgimiento de nuevas rutas de entrada para la Inmigración Irregular en nuestro territorio nacional, sobresaliendo esencialmente Canarias, correspondiendo todos los datos a fuentes propias de la Guardia Civil.
6.- CONCLUSIONES.
La Inmigración por si misma no es un problema sino un fenómeno necesario e imparable que debe ser convenientemente regulado al objeto de garantizar la perfecta integración social y laboral de quienes vienen a establecerse en España u otro país de la Unión Europea en busca de mejores condiciones de vida.
Sin embargo la Inmigración Irregular, canalizada a través de organizaciones delictivas, si constituye un problema que hay que afrontar eficazmente y no sólo con medidas policiales, ya que a la vista de la estadística expuesta se puede ver que también va alcanzando cada vez cotas más altas.
Se hace imprescindible que el despliegue del S.I.V.E. se vaya extendiendo por todas las zonas afectadas hasta formar una gran y eficaz línea imaginaria de vigilancia y detección así como la potenciar el Servicio Marítimo de la Guardia Civil y los recursos humanos y materiales de las unidades territoriales afectadas.
La respuesta y la solución corresponden al conjunto de la Sociedad debiendo implicarse todos sus estamentos, pero no sólo de este lado de la costa sino también desde la del frente, en especial su Administración, teniendo mucho que decir y hacer, con todo nuestro apoyo y colaboración que sea necesaria. De hecho a finales de enero de 2004 se ha celebrado la primera de las reuniones entre responsables de la Guardia Civil española y la Gendarmería Real marroquí para afrontar este problema y buscar fórmulas de cooperación, aunque se insiste que su solución no es estrictamente policial.
El Sur de la Península Ibérica y en especial el área de influencia del Estrecho de Gibraltar viene siendo, por su proximidad geográfica con el continente africano, la principal zona de entrada de inmigrantes irregulares en el territorio nacional y por tanto de la Unión Europea, si bien ya se constata la aparición de nuevas vías de entrada.
Por último resaltar que el visible aumento del flujo irregular que viene padeciendo en los últimos tiempos el archipiélago canario, y en especial la isla de Fuerteventura, por su proximidad a la costa sahariana, debe invitar a la reflexión y búsqueda de nuevas respuestas que no deben quedarse en la detección de una importante ruta alternativa a la tradicional.
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