Efemérides escrita por Jesús Núñez, e ilustrada con 2 fotografías en color, para la Sección de Magacín, correspondiente al mes de mayo de 2021, de la Web de la Academia de las Ciencias y las Artes Militares
Por Orden Circular de 12 de mayo de 1931, dimanante del Ministerio de la Guerra, en su artículo 2º, se instituyó el “Día del Ejército”, al objeto de que todas las Armas y Cuerpos celebrasen en lo sucesivo, como fiesta propia el día 7 de octubre de cada año, en conmemoración de la gloriosa Batalla de Lepanto acaecida en dicha fecha del año 1571.
Hacía menos de un mes que se había proclamado la Segunda República y la razón de instituir oficialmente tan relevante efemérides fue, según se hizo constar textualmente en la mentada orden ministerial, la de “evitar la variedad de fechas en la celebración de las fiestas correspondientes a los Santos Patronos de cada Arma y Cuerpos del Ejército y de contribuir a la unificación de cuanto se relaciona con las Instituciones Armadas, y con el fin, a la vez, de dar a todos los actos marciales un carácter eminentemente militar, dentro del ambiente de cariño y afección populares en que el Ejército debe vivir y desenvolverse”.
Dicha disposición gubernativa se enmarcaba dentro la política laicista del nuevo Régimen, disponiéndose en su artículo 1º que “en lo sucesivo dejarán de celebrarse por el Ejército los Santos Patronos que diversas disposiciones habían asignado a cada Arma o Cuerpo, suprimiéndose, por tanto, las fiestas consiguientes”.
Hubo que esperar más de siete años, ya en plena Guerra Civil, para que las tradicionales festividades castrenses que habían sido suprimidas fueran oficialmente restablecidas. Concretamente fue mediante la Orden de 14 de noviembre de 1938, dictada en Burgos desde el Ministerio de Defensa Nacional. Conforme a la misma se pusieron “nuevamente en vigor, todas las disposiciones que proclamaron a los Santos Patronos Protectores especiales de cada una de las Armas y Cuerpos que tradicionalmente los han honrado y venerado como tales”.
A tal efecto, se citaba textualmente que quedaban nuevamente, “bajo la especial protección de Nuestra Señora, en sus advocaciones de la Purísima Concepción, del Pilar, de Covadonga, de Loreto y del Perpetuo Socorro, del Apóstol Santiago, de Santa Bárbara, de nuestro Santo Rey Fernando y de la española Santa Teresa de Jesús”.
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