jueves, 9 de diciembre de 2021

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (XCVI). LOS INFORMES DE DEPURACIÓN (4).


 Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR el 6 de diciembre de 2021", pág. 12.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro



Tanto la Circular núm. 1, de fecha 12 de abril de 1937, sobre “Conceptuación moral”, como la Circular núm. 2 sobre “Depuración de conducta”, fechada tres días más tarde, e igualmente comentada en capítulos anteriores, les fueron de entera aplicación a los guardias civiles del puesto de San Roque. 

Ambas habían sido dictadas por el inspector general del Cuerpo, el general de brigada de Infantería Ricardo Serrador Santés, y publicadas en el “Boletín Oficial de la Guardia Civil” núm. 1, correspondiente al 1º de mayo de 1937.

Tras el inicio de la sublevación militar, en la zona gubernamental se había estado publicando el boletín oficial del Cuerpo hasta el núm. 21 del 10 de agosto de 1936. Seguidamente, tras la entrada en vigor del Decreto de 30 de agosto siguiente, sobre su “reorganización” y cambio de denominación, prosiguió editándose como “Boletín Oficial de la Guardia Nacional Republicana”, desde el núm. 22, correspondiente a los días 20 de agosto y 1º de septiembre de 1936, hasta el núm. 26 correspondiente a los días 1º, 10 y 20 de diciembre de dicho año, que desapareció como tal Cuerpo como consecuencia de su disolución, dispuesta en decreto de fecha 26 de dicho mes.

En cambio, en la zona sublevada el boletín oficial, dado que se editaba los días 1º, 10 y 20 de cada mes en el Taller-Escuela de Artes Gráficas de la Guardia Civil, sito en Madrid, el último que recibieron era el núm. 20, fechado el 10 de julio de 1936. Desde entonces y hasta el mentado 1º de mayo de 1937 no tuvieron publicación corporativa periódica propia. 

Las disposiones de interés para la Guardia Civil de la zona sublevada pasaron a publicarse inicialmente en el “Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional de España”, cuyo núm. 1 se publicó el 25 de julio de 1936, imprimiéndose bajo la administración del gobierno civil de Burgos. 

Dicha Junta se había constituido el día anterior por los sublevados para asumir “todos los Poderes del Estado y representa legítimamente al País ante las Potencias extranjeras”. Estaba integrada por los generales de división Miguel Cabanellas Ferrer, como presidente de ella, y Andrés Saliquet Zumeta (la proclamación de la Segunda República le sorprendió siendo gobernador militar de Cádiz); y los generales de brigada Miguel Ponte Manso de Zúñiga, Emilio Mola Vidal y Fidel Dávila Arrondo, así como los coroneles de Estado Mayor del Ejército Federico Montaner Canet y Fernando Moreno Calderón.

Por cierto, la primera resolución relativa al benemérito Instituto que apareció en el mismo fue decretar el cese en el cargo de inspector general, del general de brigada de Caballería Sebastián Pozas Perea, que había permanecido leal en Madrid al gobierno de la República. La segunda resolución, fechada igualmente el día anterior y suscrita también por el general Cabanellas, se publicó a continuación en la misma página, nombrando en su lugar al general de brigada de la Guardia Civil Federico de la Cruz Boullosa. Se fijaba su residencia accidental en la ciudad de Valladolid ya que hasta entonces había ostentado la jefatura de la 3ª Zona que comprendía entonces las provincias de Asturias, La Coruña, Lugo, Pontevera, Orense, Santander, Álava, Vizcaya, Guipúzcoa, Navarra, Burgos, Logroño, Burgos, Palencia, León, Segovia y Valladolid.

La reacción no se hizo esperar y la Gaceta de Madrid correspondiente al día 28 de ese mismo mes publicaba un decreto fechado la jornada anterior, suscrito por Manuel Azaña Díaz como presidente de la República, donde se daba de baja definitiva en la Guardia Civil al general de la Cruz, “con pérdida de empleo, prerrogativas, sueldos, gratificaciones, pensiones, honorarios, condecoraciones y demás que le correspondan”. El ministro de la Gobernación era ya el general Pozas.

Dado el fracaso de la sublevación militar y la degeneración el alzamiento en guerra civil, aquella población se convertiría en sede permanente de la Inspección General de la Guardia Civil durante toda la contienda. En el citado boletín de 1º de mayo de 1937 se publicaba una nota de la secretaría militar del general Serrador recordando que dicho centro se hallaba instalado en la calle de Gamazo, núm. 13, duplicado, de Valladolid.

Respecto a los guardias civiles integrantes del puesto de San Roque hay que significar que el 29 de julio de 1936 el ministro de la Guerra, general de brigada de Infantería Luis Castelló Pantoja, había resuelto que los pueblos del Campo de Gibraltar quedasen afectos a partir de esa fecha, a la Comandancia militar de Málaga, que permanecía leal al gobierno de la República.

Por otra parte, el decreto dictado tres días antes, hacía de aplicación a la Guardia Civil de los preceptos del de la Presidencia del Consejo de Ministros de 21 de julio, “sobre la cesantía de todos los empleados que hubieran tenido participación en el movimiento subversivo o fueran notoriamente enemigos del Régimen”.

Por lo tanto los guardias civiles del puesto de San Roque desde el criterio gubernamental, al haberse sumado manifiestamente a la sublevación militar, quedaban totalmente al margen de la legalidad gubernamental.

Pero por otra parte, tenían la presión de la amenaza de depuración ejercida intensa y constantemente en la zona sublevada. De hecho, una vez finalizada la guerra civil, dicha presión se mantuvo durante más de una década. El 5 de octubre de 1939 se dictaría por el general de división Eliseo Álvarez-Arenas Romero, recién nombrado inspector general de la Guardia Civil, la orden circular (reservada) sobre la conceptuación que merecían a sus mandos directos todos los componentes del benemérito Instituto.

Los conceptos a evaluar en la ficha reservada de cada interesado eran los de sus aptitudes, comportamiento, disciplina, compañerismo, carácter, moralidad, conducta, policía (higiene y limpieza), así como si era pendenciero, murmurador, aficionado al juego, le gustaba la bebida, era amante de su familia o administraba bien sus haberes.

Apenas tres años después dicho general, ya recuperada la categoría de director general, dictó el 24 de febrero de 1942, la Orden General núm. 51, publicada en el Boletín Oficial de la Guardia Civil núm. 3, de 1º de marzo siguiente, dictando normas sobre revisión e instrucción de informaciones de depuración de conducta a los  guardias civiles procedentes de “zona roja”. Su preámbulo era muy explícito y no dejaba lugar a dudas:

“Prosiguiendo la labor depuradora del Cuerpo, según las disposiciones dictadas por esta Dirección General, y terminada la ordenación de revisión de las informaciones de cuantos Jefes, Oficiales y Suboficiales, que en 18 de julio de 1936 se hallaban destinados en poblaciones que, desde los primeros momentos o días después, quedaron bajo el dominio marxista, se procederá a llevarla a efecto con los que, siendo entonces Cabos, o hayan ascendido con posterioridad a dicha fecha, se encuentren en las mismas condiciones para ello. A este fin se le envían las instrucciones pertinentes y los adjuntos ejemplares de modelo de declaración jurada, que los pertenecientes a ese Tercio –a los que afecte esta Orden- han de suscribir con toda urgencia. En la redacción de las declaraciones juradas se ha de procurar la mayor concisión, compatible con la máxima claridad para poder formar juicio exacto de su contenido”.

(Continuará).

 

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