martes, 15 de noviembre de 2022

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CXLV). LA ABSORCIÓN DEL CUERPO DE CARABINEROS (47).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 14 de noviembre de 2022, pág. 12.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.


La Comandancia de Carabineros de Algeciras inició el año 1935 compuesta por un total de 60 puestos desplegados por todo el Campo de Gibraltar e integrada por cinco compañías de infantería (1ª de Atunara, 2ª de La Línea de la Concepción, 3ª de Puente Mayorga, 4ª de Algeciras y 5ª de Tarifa) así como una sección de caballería con residencia de su jefe en San Roque.


El teniente coronel Antonio Pastor Palacios apenas estuvo siete meses al frente de la Comandancia de Carabineros de Algeciras ya que en agosto de 1935 fue destinado a mandar la Comandancia de Badajoz. Fue sustituido por el de igual empleo, José Marqués Mesías, procedente por ascenso de la Comandancia de Málaga. 


Eran tiempos donde la duración en el mando de unidades era escasa, siendo frecuente el cambio de destinos. Ello, en verdad, perjudicaba el ejercicio de su buen mando pues siempre es necesario, además de tener formación adecuada y capacidad de liderazgo, que exista una cierta permanencia en el destino. Al estar apenas un año, e incluso en ocasiones menos, no daba tiempo siquiera a conocer como debiera ser, la demarcación, el personal destinado y las peculiaridades concretas del servicio a prestar.


Ejemplo también de aquello fue el año anterior. Al comienzo de 1934 se encontraba al mando de la Comandancia de Algeciras el teniente coronel Enrique Crespo Salinas, también citado en un artículo anterior. Mientras tanto, al frente de la Comandancia de Cádiz se hallaba el de igual empleo, Andrés Castro Alonso.


Éste había sido destinado a mandar dicha unidad por una orden del Ministerio de Hacienda de 21 de julio de 1933, procedente del mando de la Comandancia de Cáceres. Casi seis meses después, el 13 de enero de 1934, pasó a la situación de reserva, por haber cumplido 60 años que era entonces la edad reglamentaria. Como curiosidad decir que percibió, a partir del 1º de febrero siguiente, un sueldo mensual de 825 pesetas, más la pensión de 50 pesetas correspondiente a la cruz de la Orden de San Hermenegildo. Le fueron abonadas por la Dirección General de la Deuda y Clases pasivas al fijar su residencia en la población madrileña de Carabanchel Bajo. Fuera de la capital del reino eran las delegaciones provinciales de Hacienda las encargadas de ello.


En esa misma orden ministerial había sido destinado también el hasta entonces jefe de la Comandancia de Algeciras, teniente coronel Ángel Verdes Rodríguez, para el mando de la Comandancia de Barcelona. Le sustituyó el de mismo empleo, Ignacio Orduña del Campo, que a su vez había estado mandando la Comandancia de Cádiz hasta dicha fecha. 


Curiosa y sorprendentemente, el teniente coronel Orduña fue destinado al mando de la Comandancia de Algeciras cuando le quedaban tan solo nueve días para pasar a la situación de reserva por cumplir la edad reglamentaria. En su caso, el sueldo a percibir a partir del 1º de agosto fue algo mayor que el del teniente coronel Castro, al haber prestado servicio durante más tiempo, alcanzando la cuantía de 916’66 pesetas mensuales, más la pensión de la cruz citada. La orden ministerial que determinó su pase a la reserva fue dictada al día siguiente de la de su destino a Algeciras y publicada en la misma Gaceta de Madrid. No llegó a incorporarse al Campo de Gibraltar y fijó su residencia en la capital gaditana.


Otra curiosidad, nada habitual además en esa época, fue que tan solo cuatro semanas después de cesar en el servicio activo, le fueron concedidos dos meses de licencia para visitar las ciudades italianas de Nápoles, Roma y Venecia así como las capitales de Austria (Viena) y de Francia (París). En julio de 1935, tras cumplir 62 años de edad, pasaría a la situación de retiro, volviendo a fijar la misma residencia.


A fin de enero de 1934 sería destinado al frente de la Comandancia de Cádiz el teniente coronel Leoncio Jaso Paz, procedente del mando de la Comandancia gerundense de Ripoll. Sería un caso realmente excepcional ya que permanecería desde entonces en aquella hasta su detención al inicio de la Guerra Civil, siendo fusilado por los sublevados el 6 de agosto de 1936 en la capital gaditana.


Como ya se mencionó en el capítulo anterior, el año 1935 fue de abundante producción normativa para el Cuerpo de Carabineros y tuvo también su influencia en el Campo de Gibraltar y en especial en San Roque.


La primera orden ministerial de trascendencia se dictó el 15 de febrero, disponiendo que el Instituto de Carabineros, en el desempeño de sus peculiares servicios como resguardo de la Hacienda Pública, dependiese inmediatamente, por delegación del ministro de Hacienda, de la Comisaría General para la Represión del Contrabando y la Defraudación. Sin embargo, poco duró tal iniciativa ya que como se mencionó en el artículo anterior, creada por decreto de 27 de mayo de 1934 fue suprimida por falta de dotación presupuestaria por decreto de 5 de julio de 1935. En esa fecha el representante de Carabineros en dicha Comisaría general era el teniente coronel Waldo Ferreira Peguero, jefe de la Comandancia de Algeciras.


La siguiente orden ministerial de interés fue dictada tan solo una semana después de la anteriormente citada, el 22 de febrero. En ella se dispuso que las dos Circunscripciones en las que se agrupaban las 15 zonas y 33 comandancias de Carabineros, trasladasen desde Madrid su capitalidad y residencia de sus jefaturas a las ciudades de Córdoba y Valladolid. La principal razón de ello era que estuvieran más próximas a las unidades que tenían que inspeccionar. Las Comandancias de Cádiz y Algeciras, con la 6ª Zona de Cádiz, dependían de la 1ª Circunscripción que mandaba el general de brigada Eliso García del Moral Sánchez. Licenciado en Filosofía y Letras, merecen citarse sus destinos como comandante en la Comandancia de Estepona (1914-1915) y como teniente coronel en la Comandancia de Cádiz como jefe de la misma (1918-1922). 


De gran importancia fue el decreto de 16 de septiembre de 1935, relativo a las autoridades, cuerpos y organismos que estaban obligados a cooperar en la defensa del orden y seguridad públicos. Eran tiempos complejos, complicados y de conspiraciones. Diez meses después España comenzaría a desangrarse en una fratricida guerra civil tras el fracaso inicial de una sublevación militar.


La ley de Orden Público de 28 de julio de 1933 imponía a todas las fuerzas y agentes de la autoridad, la obligación de velar por la conservación del orden. Por lo tanto, y conforme se hacía constar en el decreto citado, “los individuos del Cuerpo de Carabineros, aparte la obligación de denunciar los delitos y detener a los delincuentes, tienen la de cooperar al mantenimiento del orden”.


También se disponía que los jefes de las comandancias recibirían instrucciones referentes al orden público por conducto de los gobernadores civiles. Las informaciones que adquiriese el personal de Carabineros, en relación con el orden público, debían ponerlas en conocimiento de los jefes de las fuerzas de la Guardia Civil más próximas, quienes, sin perjuicio de adoptar las medidas procedentes, las transmitirían al gobernador civil de la provincia.


(Continuará).

 

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