Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 16 de septiembre de 2024, pág. 16.
El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.
Una vez citados el teniente coronel y los dos comandantes que figuraban destinados en la 337ª Comandancia Mixta (Algeciras), según la “Escaleta de Generales, Jefes y Oficiales”, fechada el 1 de enero de 1945 y redactada por el Negociado Primero de la Sección de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil, es necesario recordar quienes eran los oficiales de sus 10 compañías territoriales, incluido el puerto algecireño, de mucha menor dimensión que el actual pero siempre de una importancia vital para el Campo de Gibraltar.
Aunque no puede afirmarse la verdadera razón de ello, hay que decir que en dicha escaleta, al contrario de las anteriormente citadas, y en especial a la última mencionada, que correspondía al mes de mayo de 1944, no se hacía constar la localidad de residencia asignada en función del destino de cada interesado. En su lugar sólo se expresaba la Comandancia en la que cada uno se encontraba encuadrado. Puede haber varias explicaciones e interpretaciones al respecto, pero tampoco debe olvidarse que la Segunda Guerra Mundial todavía no había finalizado así como que el avance de los Aliados era inexorable y que su victoria se produciría tan sólo unos meses después.
Como todavía se seguía distinguiendo a los procedentes del Cuerpo de la Guardia Civil, cuyo ingreso era anterior a marzo de 1940, de los que provenían del desaparecido Cuerpo de Carabineros, se continuaba escalafonando en enero de 1945, en la primera parte de la “Escaleta”, a los oficiales de la Benemérita, como “de Rurales y Móviles”. Seguidamente se relacionaba a los del extinguido Cuerpo que en 1829 fundara el mariscal de campo José Ramón Rodil Campillo, y reconstituyera en 1842 el mariscal de campo Martín José de Iriarte Urdániz, que figuraban en dicha “Escaleta” de enero de 1945 como, “de Costas, Fronteras y Especialistas”. En tercera posición, y como consecuencia del desarrollo de la mentada ley de 15 de marzo de 1940, se escalafonaba a los nuevos oficiales subalternos que, bien de reciente ingreso y procedentes del Ejército de Tierra, o procedentes como antiguos suboficiales de Carabineros y de la Guardia Civil, habían sido ya ascendidos al empleo de tenientes de la Benemérita.
De tal manera, se encontraban en el primer grupo de dicha “Escaleta” los capitanes Francisco la Fuente Gonzalo (en los diferentes boletines oficiales consultados de esa época aparece su primer apellido como “Lafuente”), Juan Gallego Corbacho y Jacinto Escutia Saiz, así como el teniente Juan Casillas Aguilera. Hay que mencionar que a éste, hijo del Cuerpo y natural de la localidad gaditana de Ubrique, le había sorprendido el inicio de la guerra civil el 18 de julio de 1936 siendo el sargento comandante de puesto de Chiclana de la Frontera, uniéndose a la sublevación militar. En cambio, su hermano Manuel, también sargento pero comandante de puesto de Ubrique en la citada fecha, se opuso a dicha rebelión y “cooperó a la actitud y a la posición adoptada por el Jefe de su Línea”, junto al cabo Francisco Martín Ripollet, comandante del puesto de Carabineros en Ubrique. Ambos fueron condenados inicialmente en consejo de guerra celebrado por los sublevados, a la pena de reclusión perpetua con sus accesorias legales: “Por tener mando directo y personal sobre las fuerzas de sus respectivos Institutos ya que además como queda dicho no se asumió el mando local de estado de guerra por quien correspondía y aunque tuviesen dependencia o subordinación con respecto al Alférez Don Marceliano Ceballos (que sería condenado y fusilado en Cádiz por ser el de mayor graduación que se opuso a la sublevación) deben considerarse según criterio de sana interpretación militar como culpables del delito de rebelión militar en concepto de autores, estimándoseles como circunstancia notoriamente atenuante la relación jerárquica antes apuntada”. Hay que significar que nuestra trágica guerra civil está llena de casos similares de padres, hijos o hermanos y nuestra provincia no fue ninguna excepción.
En el segundo grupo, que era el más numeroso ya que como se expuso en capítulos anteriores, el principal problema del Campo de Gibraltar derivaba más del contrabando y del resguardo fiscal que de la seguridad ciudadana, razón por la cual se notaba el peso de los procedentes del antiguo Cuerpo de Carabineros, estaba compuesto por los capitanes Manuel Roza Gálvez, Antonio Giro Morcillo, José Gallego Bregante, Ángel Gil Sánchez, Dámaso González Sánchez, José González Cantón y Matías García Olivares, así como por los tenientes Arturo Santano Armida, Francisco Parrado González y Nicolás Bozal Bernat.
El tercer grupo de oficiales que figuraba en el mentado escalafón de enero de 1945 estaba conformado por los nuevos tenientes de la Guardia Civil, con arreglo a la mentada ley de 15 de marzo de 1940 y la citada orden de 27 de mayo de 1944. Se trataban de Miguel Trujillano Iglesias (procedente de Carabineros), Ángel del Yelmo Gamino (procedente de Carabineros), Juan Sánchez Vergara (procedente de la Guardia Civil), Juan Cruz Martínez Otaola (procedente de la Guardia Civil), Facundo Elvira Parpal (procedente de Carabineros), Santos Rivera Baguer (procedente de Carabineros), Martín Galante Peral (procedente de Carabineros), Manuel Martín Hernández (procedente de Carabineros), Crescencio Torés Pérez (procedente de Carabineros), Antonio Liñán Bernal (procedente de la Guardia Civil) y Victoriano Meco Rodríguez (procedente de la Guardia Civil).
Sin olvidar por supuesto las principales y valiosas premisas establecidas en 1844 por el II duque de Ahumada, mariscal de campo Francisco Javier Girón Ezpeleta, al crearse la Guardia Civil, bien vale recordar también el primer párrafo de la disposición dirigida a los individuos “que aspiren al honor de servir en carabineros”, publicada el 11 de marzo de 1830 en la Gaceta de Madrid, antigua denominación del actual Boletín Oficial del Estado, por la entonces Inspección General de Carabineros de Costas y Fronteras:
“El Rey nuestro Señor por su Real decreto de 9 de Marzo de 1829 tuvo a bien crear el cuerpo de carabineros de costas y fronteras, para que establecido sobre los principios de la disciplina y honor militar presentase una fuerza física y moral, capaz de reprimir el contrabando, que al paso que disminuye los productos de las rentas más pingües y menos gravosas del Estado, mantiene en una constante perturbación al comercio de buena fe, opone barreras insuperables a los progresos de la industria, y siendo causa por una parte de la miseria de multitud de familias, a quienes priva de los medios de trabajar, introduce por otra la desmoralización de costumbres, que tan directamente destruye la verdadera felicidad de los pueblos”.
Dicha disposición, de ámbito nacional, no dejaba de motivar un elevado sentimiento respecto al Campo de Gibraltar, dadas sus singulares características. De hecho, a partir de 1879, daría origen, como ya se relató en su momento, a disponer de su propia Comandancia de Carabineros. Y tras la desaparición en 1940 de tan benemérito Cuerpo, daría lugar a la única Comandancia de la Guardia Civil donde dicho Instituto tenía desplegada tan sólo una compañía que dependiendo de la Comandancia de Cádiz, velaba por garantizar lo que hoy día conocemos como seguridad ciudadana.
(Continuará).
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