Translate

viernes, 31 de mayo de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXIII). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (7).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 13 de mayo de 2024, pág. 13.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

 


 

Tras desaparecer el Cuerpo de Carabineros, a raíz de la ley de 15 de marzo de 1940, y ser integrado su personal, ganado y material, incluidos acuartelamientos, en el Cuerpo de la Guardia Civil, que además asumió sus competentencias, hubo que afrontar más cambios.

En el de Carabineros se había acabado antes de la guerra civil con su fuerza de Caballería, integrándola directamente en su Infantería, pero en la Guardia Civil, que tenía mayor demarcación y presencia territorial, fue diferente, aunque por poco tiempo.

El primer paso efectivo que dio al respecto fue la promulgación de la ley de 25 de septiembre de 1941, donde se dispuso la fusión, en una sola escala, de las de Infantería y Caballería, de suboficiales y cabos existentes en la Benemérita.

Hay que recordar que la ley de 24 de julio de 1918 había establecido la separación de las escalas del Instituto de la Guardia Civil en dos Armas: Infantería y Caballería, fijando la proporción de cinco a uno para el ascenso a oficial de los suboficiales procedentes, respectivamente, de Infantería y Caballería. Dicha separación había existido igualmente en el Cuerpo de Carabineros hasta que, por decreto de 5 de octubre de 1934, materializado por el ya citado de 28 de septiembre de 1935, se terminó llevando a efecto la fusión de ambas escalas.

La nueva organización dada a la Guardia Civil por la citada ley de 15 de marzo de 1940, donde se habían integrado los dos beneméritos Institutos, “así como las necesidades de su plantilla y eficacia de su peculiar misión”, hacía preciso fusionar las citadas escalas de suboficiales y cabos, procedentes del Cuerpo que había creado el duque de Ahumada. Pero, por otra parte, también era de justicia respetar los derechos legítimamente adquiridos al amparo de la mentada ley de 1918. 

No se trataba realmente de crear un nuevo Cuerpo, y mucho menos de cualquier forma, sino de dar continuidad, legal y real, al ya existente de la Guardia Civil que había pasado a integrar plenamente en sus filas, a los componentes del antiguo Cuerpo de Carabineros, asumiendo su doctrina y sus enseñanzas. Todo un reto que nunca antes se había llevado a efecto en el ámbito de la seguridad pública ni la represión del contrabando. El Campo de Gibraltar fue un buen ejemplo.

Un importante antecedente histórico, poco recordado, había sido el Resguardo Militar de Hacienda, un cuerpo que sería a nivel nacional la primera policía fiscal española. Creado por decreto de 6 de noviembre de 1820, durante el llamado Trienio Liberal (1820-1823), sus integrantes actuaron tanto de uniforme como disfrazados de paisano, portando en este caso su correspondiente placa, consistente en una bandolera de ante con un escudo de las armas nacionales en metal amarillo. Distribuidos por buena parte del territorio nacional, además de perseguir el contrabando, también se encargaron de velar por lo que hoy dia llamamos seguridad ciudadana.

Por real orden del 1º de diciembre siguiente, se aprobó “el reglamento para el gobierno de los cuerpos militares que deben componer el Resguardo de la Hacienda pública en todas las costas y fronteras de la Península”. Dicho texto, muy completo, estaba integrado por 186 artículos encuadrados en tres secciones y diez capítulos. Hay que resaltar que en cuanto a sus misiones, dicho reglamento era muy explícito: “El Resguardo deberá proteger el comercio exterminando a los ladrones y malhechores que se atrevieren a presentarse en los caminos, y destruyendo el tráfico ilícito”.

La principal obligación del Resguardo Militar era la de descubrir, perseguir y aprehender los géneros de contrabando o prohibidos; aquellos que estando permitidos fueran trasladados sin la correspondiente guía de circulación que los amparase o que portándola, excediesen de las cantidades consignadas en las mismas; así como los que se condujesen fuera de la ruta expresamente señalada en el distrito de las aduanas y contraregistros para asegurar los intereses de la Hacienda nacional. Pero también se le encomendó la persecución y exterminio de ladrones y malhechores que se encontrasen en sus servicios, pues la actuación delictiva de éstos, perjudicaba gravemente el comercio al afectar la libertad de movimiento de las mercancías lícitas entre las poblaciones, siendo igualmente misión expresa del Resguardo Militar atender a su protección.

Lejos de lo que pueda suponerse, y aunque tuvo corta vida, se trató de una fuerza potente y eficaz. Su plantilla presupuestaria inicial se fijó en 6.403 hombres: 13 comandantes, 5.040 de Infantería (45 capitanes, 45 tenientes, 45 subtenientes, 45 sargentos 1º, 135 sargentos 2º, 405 cabos y 4.320 soldados), 900 de Caballería (9 capitanes, 9 tenientes, 9 subtenientes, 9 sargentos 1º, 27 sargentos 2º, 81 cabos y 756 soldados) y 450 de Mar (50 patrones y 400 marineros). En relación a estos últimos se dispuso conservar en los puertos habilitados a comercio, las lanchas y falúas existentes, más las que fueran necesarias construir. Terminaría aumentándose a 80 patrones y 620 marineros y artilleros.

La invasión francesa de los llamados “cien mil hijos de San Luis”, en abril de 1823, supondría el principio del fin de nuestro Trienio Liberal y por consiguiente, del Resguardo Militar. Nuestro país, y no es el único precisamente de Europa, siempre fue más ágil y eficaz en afrontar las cuestiones de Hacienda que las de Seguridad Pública. Tras diversos intentos y proyectos, se terminó disponiendo en el régimen absolutista la creación, por real decreto de 9 de marzo de 1829, del Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras.

En cambio, no tuvo aceptación al inicio del Trienio Liberal, la propuesta que el teniente general Pedro Agustín Girón Las Casas, ministro de la Guerra y futuro I duque de Ahumada, presentó el 30 de julio de 1820 a las Cortes para su aprobación. Se trataba del interesante proyecto de creación de un nuevo cuerpo llamado “Legión de Salvaguardias Nacionales”. Con él se pretendía, “el exterminio de los malhechores y la seguridad en los caminos, objeto principal de su instituto, cuyas circunstancias no se han podido lograr jamás a pesar de las medidas del Gobierno y de los esfuerzos y sacrificios de los pueblos.” Dicho proyecto fue rechazado en la votación por considerarse “medida atentatoria a la libertad y desorganizadora de la Milicia Nacional”, creada en virtud de lo dispuesto en el artículo 362 de la Constitución de 1812. 

Tras la creación durante el periodo absolutista de varios cuerpos policiales que por intereses políticos de la época ni perduraron ni llegaron nunca a tener un verdadero despliegue territorial a nivel nacional, sería el II duque de Ahumada, mariscal de campo Francisco Javier Girón Ezpeleta, quien pondría en marcha el Cuerpo de la Guardia Civil, organizado finalmente por real decreto de 13 de mayo de 1844. 

Transcurrido casi un siglo y tras muchas vicisitudes que se han ido describiendo en artículos anteriores, la mentada ley de 25 de septiembre de 1941 dispuso la continuación, pero separadamente, de las dos escalas de suboficiales y cabos de Infantería y Caballería de la Guardia Civil, si bien declarándose a extinguir esta última. En lo sucesivo, los guardias que ascendieran a cabos ingresarían en una escala única.

(Continuará).

sábado, 25 de mayo de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXII). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (6).



Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 6 de mayo de 2024, pág. 10.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

 


 

En los capítulos anteriores se ha expuesto como se llevó a cabo la organización y reestructuración, tras la guerra civil, de las dos principales y más antiguas fuerzas de seguridad del Estado, ambas militares. En 1940 se decidió que una fuera incluida íntegramente en la otra. 

Por ley de 15 de marzo de dicho año se determinó que el Cuerpo de Carabineros, creado en 1829 y regenerado en 1842, dedicado principalmente a la persecución del contrabando y resguardo fiscal del Estado, desapareciese como tal y sus miembros, acuartelamientos y demás material, quedase totalmente integrado, junto a sus competencias, en el Cuerpo de la Guardia Civil. Éste, que había sido creado posteriormente, concretamente en 1844, estaba dedicado a lo que actualmente se conoce como seguridad ciudadana y contaba ya con más del doble de efectivos que el de Carabineros. Se trataba de la fuerza de seguridad más numerosa y potente que estaba desplegada por todo el Estado.

Según el Anuario Militar de 1936, el benemérito Instituto tenía una plantilla total de 34.391 hombres. Ello resultaba de la suma de sus plantillas en la Península, Baleares, Canarias y posesiones españolas en África: 1 general inspector, 5 generales de brigada, 26 coroneles, 74 tenientes coroneles, 124 comandantes, 318 capitanes, 575 tenientes, 380 alféreces, 13 médicos, 3 profesores veterinarios, 3 maestros armeros, 28.132 efectivos de Infantería (716 brigadas, 1.080 sargentos, 2.188 cabos, 531 cornetas, 1.708 guardias de 1ª clase y 21.909 guardias de 2ª clase) y 4.737 efectivos de Caballería (137 brigadas, 194 sargentos, 438 cabos, 167 trompetas, 238 guardias de 1ª clase y 3.563 guardias de 2ª clase). Respecto al ganado equino la plantilla era de 5.387 caballos (897 de jefes y oficiales así como 4.490 de suboficiales y tropa). El personal de la Guardia Civil estaba encuadrado en la Inspección General, 5 Zonas, 24 Tercios, 59 Comandancias, 209 Compañías, 8 Escuadrones, 739 Líneas, 3.139 Puestos y los Colegios de Guardias Jóvenes y de Huérfanos.

Por otra parte, en dicho Anuario Militar de 1936, el Cuerpo de Carabineros constaba que tenía una plantilla total de 15.316 personas (15.251 hombres y 65 mujeres). Ello, al igual que la Guardia Civil, era resumen de sus plantillas en la Península, Baleares y posesiones españolas de África, si bien no estaban desplegados en las Islas Canarias. Se trataban de 1 general inspector, 1 general subinspector, 12 coroneles, 25 tenientes coroneles, 30 comandantes, 145 capitanes, 296 tenientes, 162 alféreces, 4 médicos, 1 director de música, 1 profesor de esgrima, 14.113 efectivos de Infantería (486 brigadas, 600 sargentos, 828 cabos, 913 carabineros de 1ª clase, 10.891 carabineros de 2ª clase y 400 cornetas), 458 efectivos de Mar (6 brigadas, 23 sargentos, 40 cabos, 34 carabineros de 1ª clase y 355 carabineros de 2ª clase), 2 maestros armeros y 65 matronas. Dicho personal estaba encuadrado en la Inspección General, 10 Zonas, 20 Comandancias, 109 Compañías, 1.658 Puestos y el Colegio de Carabineros.

Hay que recordar que por decreto de 28 de septiembre de 1935, se disminuyeron los servicios afectos a dicho Cuerpo así como su plantilla. Dicha reforma, que fue dearrollada por la orden circular de 2 de noviembre siguiente, supuso la supresión de 5 Zonas y 13 Comandancias, que implicó la consiguiente reducción de personal, reestructurándose entonces el Cuerpo de Carabineros en las 10 Zonas y 20 Comandancias citadas que perdurarían hasta 1940. Es necesario significar que también se suprimió definitivamente en 1935 la fuerza de caballería, pasando a integrarse la existente como fuerza de Infantería. Ello supondría a su vez una importante reducción de ganado, asignándose en 1936 sólo una plantilla de 823 caballos, de los cuales 490 eran de oficial y 333 de tropa.  

En la provincia de Cádiz, y también en nuestro Campo de Gibraltar, debido a sus peculiares características y ubicación, la fuerza más numerosa, a diferencia de otras provincias, era la perteneciente al entonces Cuerpo de Carabineros. En total, antes del inicio de la mentada guerra civil en 1936, y conforme a la orden circular de 2 de noviembre de 1935, había 1.503 carabineros en plantilla, encuadrados en dos Comandancias. 

Por un lado estaba la 10ª Comandancia, con cabecera en Algeciras, que tenía 834 efectivos: 1 teniente coronel, 1 comandante, 6 capitanes, 13 tenientes, 7 alféreces, 766 miembros de Infantería (1 subteniente, 53 brigadas y sargentos, 45 cabos, 18 cornetas, 41 carabineros de 1ª clase y 608 carabineros de 2ª clase), 24 miembros de Mar (2 brigadas o sargentos, 1 carabinero de 1ª clase y 21 carabineros de 2ª clase) y 16 matronas de 2ª clase. La 11ª Comandancia, con cabecera en la capital gaditana, tenía 669 efectivos: 1 teniente coronel, 1 comandante, 5 capitanes, 11 tenientes, 8 alféreces, 598 miembros de Infantería (1 subteniente, 51 brigadas y sargentos, 33 cabos, 18 cornetas, 44 carabineros de 1ª clase y 451 carabineros de 2ª clase), 44 miembros de Mar (1 subteniente, 2 brigadas o sargentos, 3 cabos, 4 carabineros de 1ª clase y 34 carabineros de 2ª clase) y 1 matrona de 1ª clase. 

Hay que significar que dicha normativa dejó también excedentes de plantilla en la provincia gaditana, además de 1 coronel, 1 capitán y 1 subteniente que pertenecían a la desaparecida 6ª Zona (Cádiz), a 1 comandante y 29 carabineros de 2ª clase de Infantería, pertenecientes a la 10ª Comandancia (Algeciras), así como lo mismo en la 11ª Comandancia (Cádiz). 

La Comandancia de la Guardia Civil (Cádiz) se encontraba desplegada por toda la provincia gaditana pero su número de efectivos era mucho menor. Según el Anuario Militar de 1936, su despliegue territorial era de 5 compañías, 20 líneas y 48 puestos. Un escrito del teniente coronel jefe de la misma, Vicente González García, suscrito el 15 de junio de 1936 y confirmado tres días después en Madrid por el coronel Gonzalo Delgado García, jefe de la Secretaría Militar de la Inspección General de la Guardia Civil, cifraba la plantilla en 704 hombres. Estos eran 1 teniente coronel, 2 comandantes, 6 capitanes, 10 tenientes, 10 alféreces, 22 brigadas, 25 sargentos, 456 de tropa de infantería (27 cabos, 6 cornetas, 46 guardias 1º y 377 guardias 2º) así como 172 de tropa de caballería (17 cabos, 5 trompetas, 7 guardias 1º y 143 guardias 2º). Contaban con 210 caballos (25 de jefes y oficiales, 15 de suboficiales y 170 de tropa). 

De ellos, en la 2ª Compañía que tenía su cabecera en Algeciras y por demarcación lo que entonces se entendía como Campo de Gibraltar, había según dicho escrito, 142 hombres (1 capitán, 2 tenientes, 2 alféreces, 4 brigadas, 3 sargentos, 104 efectivos de Infantería (7 cabos, 1 corneta, 13 guardias 1º y 83 guardias 2º) así como 26 efectivos de Caballería (4 cabos y 22 guardias 2º). 

De ellos, además del teniente jefe de la Línea de San Roque, pertenecían al Puesto de San Roque, 8 efectivos de Infantería (1 brigada, 1 guardia 1º y 6 guardias 2º) y 3 de Caballería (1 cabo y 2 guardias 2º). En el Puesto de Campamento, dependiente de La Línea de la Concepción, había 1 cabo y 6 guardias 2º de Infantería.

(Continuará).

 

 

domingo, 19 de mayo de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXI). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (5).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 29 de abril de 2024, pág. 11.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

 

 

El teniente coronel de la Guardia Civil Manuel Sanmartín Rives, antiguo miembro del Cuerpo de Carabineros, se hizo cargo el 23 de agosto de 1941 del mando de la 134ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Algeciras). Se trataba del tercer jefe, en un brevísimo tiempo, de la nueva Comandancia del benemérito Instituto creado casi un siglo antes, en 1844, por el II duque de Ahumada, que tanto conocía nuestra provincia, incluida la colonia británica de Gibraltar.

Antes de proseguir hay que recordar, tras la entrada en vigor de la ley de 15 de marzo de 1940, que entonces había tres Comandancias de la Guardia Civil en la provincia gaditana. 

Por una parte estaba la 216ª Comandancia Rural de Cádiz que realmente era la antigua comandancia del benemérito Instituto cuyos primeros componentes llegaron a la provincia en diciembre de 1844 y comenzaron a prestar servicio al mes siguiente. En agosto de 1941 tenía desplegada en el Campo de Gibraltar su 2ª Compañía, con cabecera en Algeciras. 

Completaba el nuevo cuadro corporativo, primero la antigua 11ª Comandancia de Carabineros (Cádiz), cuyos primeros componentes se habían desplegado por toda la provincia a partir de 1829. Fue reconvertida en 1940, en la 67ª Comandancia Administrativa de la Guardia Civil (Cádiz), y a partir de febrero del año siguiente en la 234ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Cádiz). Dicho cuadro era completado por la antigua 10ª Comandancia de Carabineros (Algeciras), cuyos primeros componentes, que ya estaban desplegados desde 1829 en el Campo de Gibraltar. Fueron emancipados en 1878 de la anterior Comandancia provincial gaditana y reconvertida en el mentado año 1940 en la 66ª Comandancia Administrativa de la Guardia Civil (Algeciras). Seguidamente contituyó la 134ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Algeciras).

Hay que significar que no fue sencilla esta situación inicial de tres comandancias de la Guardia Civil en una misma provincia, mandadas por sus respectivos tenientes coroneles. A ello había que añadir que en su capital había dos cabeceras de Tercio, una de Rural (el 16º) y otra de Costas (el 34º), mandadas por coroneles, que a su vez tenían competencia territorial en otras comandancias, además de las ya citadas. 

La hoja de servicios del teniente coronel Sanmartín no facilita más información en esa primera parte, a excepción, en virtud de la ley presupuestaria de 2 de agosto de 1941, de la concesión de la gratificación de efectividad de 2.500 pesetas anuales, por llevar ya 25 años de oficial, así como, de conformidad con la ley de 6 de noviembre de dicho año, el percibo de la pensión de 600 pesetas anuales, desde el mes siguiente, correspondiente a la “Cruz de la Orden Militar de San Hermenegildo”, que le había sido concedida con antigüedad de 22 de octubre de 1935. 

Como consecuencia de la guerra civil ya le había sido concedido la Medalla de la Campaña con distintivo de retaguardia así como la Medalla Militar Colectiva. En 1943 le sería otorgada la “Cruz de la Orden del Mérito Militar con distintivo blanco, pensionada con el 10% del sueldo de su actual empleo”. Dicha condecoración le sería concedida por decreto de 7 de enero de dicho año, “en atención a los muy relevantes méritos y servicios que en el citado Jefe concurren”.

Mientras tanto el proceso de integración del antiguo Cuerpo de Carabineros, convertidos ya sus miembros en guardias civiles, siguió el camino dispuesto. La conversión de las comandancias de Carabineros en comandancias de la Guardia Civil era el primer paso a realizar. Pero por regla general, no podía haber varias comandancias del mismo Cuerpo en una misma provincia. Ello, tal y como ocurría en la provincia gaditana, constituía realmente una excepción, que acontecía sólo en determinados casos. 

Hay que recordar que en Cádiz había hasta 1940 dos comandancias de Carabineros y una de la Guardia Civil. Hasta 1878 sólo había en nuestra provincia una de Carabineros para velar por el reguardo fiscal y luchar contra el contrabando de todo tipo, así como otra de la Guardia Civil para velar por la seguridad pública. Pero a principios de ese año fue necesario dividir la Comandancia de Carabineros de Cádiz y crear la de Algeciras para el Campo de Gibraltar. La razón fundamental de ello se debió a la presencia y actividades ilícitas de contrabando que procedían de la colonia británica de Gibraltar.

Sin embargo, lo que era innecesario era mantener en el tiempo el despliegue inicial de 1941 al ser absorbido el Cuerpo de Carabineros por el de la Guardia Civil. El caso gaditano del Campo de Gibraltar fue la única excepción. Las veinte comandancias de Carabineros que había en España en 1940, y desde 1935, pasaron a reconvertirse como primer paso, en nuevas comandancias de la Guardia Civil de costas y fronteras. Todas ellas, a excepción de la de Algeciras, serían unificadas transcurridos casi tres años, con las rurales del benemérito Instituto.

La nueva reorganización se llevó a cabo por decreto del Ministerio del Ejército, de 21 de diciembre de 1943, que entraría en vigor el  de marzo siguiente. Conforme su contenido, la ciudad de Cádiz perdería lacabecera de los dos tercios, el 16º y el 34º, así como de una de las Comandancias. Tras la desaparición de los anteriores, se creó el nuevo 37º Tercio Mixto, con cabecera en la capital malagueña, y éste pasó a estar integrado por las 137ª, 237ª y 337ª Comandancias Mixtas de Málaga, Cádiz y Algeciras, respectivamente.

La 237ª Comandancia Mixta (Cádiz) se creó prácticamente sobre la base de las hasta entonces existentes 216ª Comandancia Rural (Cádiz) y la 234ª Comandancia de Costas (Cádiz), mientras que la 337ª Comandancia Mixta (Algeciras), lo hizo sobre la anterior 134ª Comandancia de Costas (Algeciras).

Poco después se produciría una nueva modificación, si bien, en esta ocasión, de mínimo calado. En escritonúm. 1.213, de 15 de septiembre de 1945, dimanante de la Dirección General de la Guardia Civil, sedispuso que se perdiera la denominación de “Mixto”, a partir del 1º de octubre siguiente. 

Todo ello no supuso modificación alguna en el mando de la comandancia campogibraltareña, cuyo jefe continuó siendo el teniente coronel Sanmartín. Su segundo era entonces el comandante Antonio Gutiérrez Martínez, que posteriormente sería relevado por el comandante Juan del Río Fernández. 

A éste, el teniente coronel Sanmartín, sería a quien finalmente, el 15 de septiembre de 1950, le entregaría el mando de la comandancia campogibraltareña, como consecuencia de haber cumplido la edad reglamentaria de 60 años y pasar a la situación militar de retirado.

Fijó su residencia en la ciudad de Algeciras y por orden del Ministerio del Ejército, de 5 de octubre siguiente, le fue concedida la cruz del mérito militar de 2ª clase, con distintivo blanco. Por orden del Consejo Supremo de Justicia Militar, de 27 de mismo mes, le fue conferido el haber pasivo mensual de 2.040 pesetas, más otras 200 pesetas mensuales por la pensión de la Placa de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, que le había sido concedida por orden de 10 de febrero de 1944.

(Continuará).

 

 

lunes, 13 de mayo de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXX). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (4).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 22 de abril de 2024, pág. 14.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.


 

El 13 de octubre de 1936, el entonces capitán de Carabineros Manuel Sanmartín Rives, futuro y prolongado teniente coronel jefe de la Comandancia campogibraltareña de la Guardia Civil entre 1941 y 1950, marchó con su compañía expedicionaria desde la población malagueña de Casares hasta la gaditana de Algeciras. 

Aquí pernoctó y marchó con su unidad al día siguiente a la estación ferroviaria de Gaucín (Málaga), donde recibió la orden de regresar a la capital gaditana. Sin embargo, apenas estuvieron en Cádiz pues, como consecuencia de nuevas órdenes recibidas, el 16 de octubre marcharon otra vez para Algeciras y de allí continuaron hasta la población malagueña de Ronda, quedándose allí para prestar servicio. Dos días más tarde desplegó con su compañía, junto al resto de fuerzas de la columna de operaciones citada en el capítulo anterior, en la zona próxima conocida como “El Puerto del Viento”. Aquí sus carabineros hicieron tres prisioneros, uno de ellos con armamento, regresando seguidamente a la población malagueña de Ronda.

El día 20 de ese mismo mes, formando parte de la mentada columna de operaciones, ocuparon los pueblos malagueños de Alpandeire, Faraján y Júzcar, regresando seguidamente a Ronda. Al día siguiente salió con su compañía, escoltando un convoy, para Faraján pero como fue tiroteado, “por numeroso enemigo”, y la noche era próxima, recibió la orden de regresar nuevamente a Ronda.

El día 22 se le encomendó a dicha compañía gaditana de Carabineros, que saliera para la estación de ferrocarril de Parchite, perteneciente al término municipal de Ronda y cerca de la población de Arriate, quedándose encargada de su protección y vigilancia. Cuatro días más tarde recibieron la orden de regresar a Ronda, donde apenas estuvieron un par de jornadas ya que recibieron la orden de marchar a la localidad malagueña de Júzcar.

Hasta el 18 de diciembre siguiente continuó prestando servicio de campaña por esa comarca malagueña al frente de la mentada compañía expedicionaria. Hay que significar que el epicentro fue siempre Ronda, destacando que del 19 de noviembre hasta el 13 del mes siguiente permaneció destacado en la cercana población de Alpandeire.

Tras cinco meses de operaciones, desde el inicio de la sublevación militar, entregó el mando de dicha unidad a su relevo y el 19 de diciembre regresó a la capital gaditana para continuar prestando servicio peculiar en su Comandancia de Carabineros. 

Permaneció en Cádiz hasta que el 21 de agosto de 1937 entregó el mando de su 4ª Compañía y al día siguiente marchó para Ronda, al objeto de hacerse nuevamente cargo del mando de la compañía expedicionaria de Carabineros allí desplegada. Sus efectivos, al igual que cuando se habló de la que tenía la Guardia Civil gaditana, eran también objeto de periódico relevo. 

En esta ocasión permaneció escaso tiempo en la provincia malagueña. El 5 de septiembre siguiente, conforme lo ordenado en telegrama por el general de división Gonzalo Queipo de Llano Sierra, en su condición de jefe del Ejército Sur, regresó a la capital gaditana con su unidad, reintegrándose los carabineros que la componían a sus respectivas unidades.

Reintegrado al mando de la mentada 4ª Compañía de la 11ª Comandancia (Cádiz), permaneció al frente de la misma, hasta el 23 de octubre de 1938, salvo breves tiempos que tuvo que hacerse cargo accidental del cometido de habilitado cajero de dicha comandancia. La razón de ello fue su ascenso al empleo de comandante, siendo destinado por orden de la Subsecretaría del Ejército, de 3 de noviembre siguiente, a dicha comandancia gaditana. 

Seis días después se hizo cargo de la Jefatura de Servicios de esa Comandancia así como del cometido de juez instructor de la misma. En diversas ocasiones tuvo que hacerse cargo también, con carácter accidental, de la jefatura del Detall, hasta que, ya finalizada la guerra civil, se hizo cargo de ésta con carácter de titular el 1º de agosto de 1939.

Poco tiempo estuvo desempeñando dicho cometido ya que cuatro días más tarde, se hizo cargo del mando accidental de la comandancia gaditana, al haber sido destinado su hasta entonces jefe, el teniente coronel Federico Rodríguez Baster, al mando de la 1ª Comandancia de Carabineros (Barcelona). 

Según consta en la hoja de servicios del comandante Sanmartín, permaneció seguidamente al mando accidental de la 11ª Comandancia (Cádiz) más de medio año. Concretamente hasta el 10 de febrero de 1940, fecha en la que se incorporó el nuevo titular, teniente coronel Miguel García Rodríguez, procedente por ascenso de la 17ª Comandancia (Coruña). Éste había sido destinado en el Diario Oficial del Ministerio del Ejército núm. 23, de 30 de enero, a la vez que lo fue el entonces nuevo jefe de la 10ª Comandancia (Algeciras), teniente coronel Joaquín Moreno Lara, procedente por ascenso de la 12ª Comandancia (Sevilla).

Sin embargo, ya para entonces la suerte del Cuerpo de Carabineros estaba prácticamente decidida. Poco más de un mes después se publicaba la ley de 15 de marzo por el cual pasaba a desaparecer como tal e integrar sus efectivos, acuartelamientos y medios en el Cuerpo de la Guardia Civil.

El 11 de septiembre siguiente, reconvertida la 11ª Comandancia de Carabineros en la 67ª Comandancia Administrativa de la Guardia Civil, en virtud de la ley presupuestaria de 4 de junio de 1940, citada en capítulos anteriores, el comandante Sanmartín se hizo nuevamente cargo del mando de la misma. Su jefe había pasado a la situación de disponible forzoso a la 8ª Región Militar (La Coruña).

Dicha situación permaneció durante más de cinco meses. Concretamente hasta que por orden de 24 de febrero de 1941, publicada dos días más tarde en el Diario Oficial del Ministerio del Ejército, el teniente coronel García Rodríguez fue destinado nuevamente al mando de la ya 234ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Cádiz). Incorporado a su mando el 17 de marzo siguiente, el comandante Sanmartín pasó entonces a encargarse de la segunda jefatura de dicha unidad así como de su Jefatura de Contabilidad.

Mención especial merece hacer constar que del 21 al 25 de junio de dicho año, Sanmartín marchó a Madrid y Toledo, con objeto de asistir a las “bodas de plata” de su promoción. Esta era la 19ª de la Academia de Infantería, cuyo máximo representante era precisamente el ministro del Ejército, teniente general José Enrique Varela Iglesias.

Este sería su último acto de relevancia como comandante ya que por orden de 8 de julio siguiente fue declarado apto para el ascenso al empleo de teniente coronel, confiriéndosele seguidamente con antigüedad del 17 de junio último. Por otra orden del Ministerio del Ejército, de 29 de julio, fue destinado para el mando de la 134ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Algeciras), donde al contrario que sus dos predecesores anteriores, permanecería a su frente casi una década.

En la revista del mes siguiente causó baja en la 234ª Comandancia (Cádiz) y causó alta en la 134ª Comandancia (Algeciras). El 18 de agosto cesó también en las funciones de mayor del 34º Tercio (Cádiz) que desempeñaba accidentalmente y cinco dias después se hizo cargo del mando de la comandancia campogibraltareña.

(Continuará).

 

LOS ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD PÚBLICA EN LA ANTIGUA GUINEA ESPAÑOLA (1862-1900).


Comunicación presentada por Jesús Núñez, ilustrada con tres fotografías, publicada el 13 de abril de 2024 en la "Sección de Comunicaciones Académicas" de la Academia de las Ciencias y las Artes Militares.


-o-0-o-



Resumen.

 

En 2021 se publicó por la Academia de las Ciencias y Artes Militares y el Instituto de Historia y Cultura Militar de nuestro Ejército de Tierra, gracias a la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural del Ministerio de Defensa, la novedosa y muy interesante obra de carácter histórico titulada “España en Guinea Ecuatorial. Nuevos testimonios y aportaciones”.

 

Diversos autores proporcionaron entonces sus últimos trabajos de investigación sobre la materia. Sin embargo, la investigación sobre la presencia y actuación española en su antiguo territorio africano de Guinea continúa. Todavía queda mucho por escribirse sobre aquella pequeña parte de África que llegó a constituir dos provincias españolas, Fernando Poo y Río Muni.

 

Desde el 12 de octubre de 1968 dicho territorio, insular y continental, es el país independiente y soberano de Guinea Ecuatorial. España debe seguir apoyándole y ayudándole. Para ello es importante conocer su historia y continuar investigando sobre ello. 

 

Hoy se expone un tema poco tratado y escasamente conocido como son los antiguos antecedentes en materia de seguridad pública, acaecidos entre los años 1862 y 1900. En dicho periodo, el despliegue español en esa zona de África era todavía solo insular, pero es importante su conocimiento.

 

                                             

                                              -o-0-o-



Introducción.

 

El antiguo territorio español de Guinea sigue de actualidad en el ámbito histórico. A lo largo de este año 2024 se viene presentando en diferentes ciudades de España una obra que tuve el honor de prologar y cuyo autor es Miguel Gilaranz Martínez. Novela los últimos meses de la presencia española en lo que a partir del 12 de octubre de 1968 es Guinea Ecuatorial. El autor estuvo durante dos años investigando muy activamente lo que sucedió entonces y tuvo acceso directo al testimonio personal de algunos de los principales protagonistas de lo que sucedió entonces.

 

Su obra, “La Guardia Civil. Los últimos de Guinea”, aunque es una novela donde se mezclan personajes reales y ficticios, cuenta con la ventaja de que gran parte de lo narrado en sus páginas procede del testimonio, en buena parte inédito, de algunas de las personas que entonces, hace ya más de medio siglo, fueron los principales protagonistas de aquella historia.

 

La presencia y actuación española en la antigua Guinea, hoy Guinea Ecuatorial, continúa siendo, en mi modesto entender, una asignatura pendiente de continuar profundizando, y no sólo en materia histórica. De hecho, hoy día, son muchos los españoles que desconocen, por ejemplo, que existieron allí dos de nuestras provincias, Fernando Poo y Río Muni.

 

Desde nuestra Academia de las Ciencias y las Artes Militares, con el inestimable y valioso apoyo del Instituto de Historia y Cultura Militar de nuestro Ejército de Tierra, publicamos en el año 2021, gracias a la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural del Ministerio de Defensa, una novedosa y muy interesante obra de carácter histórico, con más de medio millar de páginas, sobre nuestros antiguos territorios en Guinea. Su título es “España en Guinea Ecuatorial. Nuevos testimonios y aportaciones”, editado por la Secretaría General Técnica de nuestro Ministerio de Defensa. Su lectura es muy recomendable para toda persona que quiera saber más y mejor sobre dicho tema.

 

Se trata de un libro, que bajo el diferente prisma de sus autores, ofrece al lector un nutrido conjunto de escritos sobre aquel territorio, africano siempre y español entonces. Como suele suceder en toda obra de esta categoría, e inmensidad, pues así hay que decirlo, no todo lo estudiado y trabajado siempre puede publicarse en la obra iniciamente prevista. Todas las obras interesantes y valiosas, como la citada, deben hacer un gran esfuerzo por publicar lo principal que cada autor quiere aportar y dar a conocer. Y así fue.

 

Sin embargo, ello no impide que se siga profundizando en dicho tema y se puedan seguir conociendo cuestiones y hechos que acontecieron en aquel territorio durante el periodo español.

 

 

La presencia policial a partir de la segunda mitad del siglo XIX en la Guinea Española.

 

Si bien es justo, al hablar de la antigua Guinea, poner en valor a nuestra Guardia Civil, que estuvo allí, en diferentes formatos e ininterrumpidamente durante sesenta y cinco años, concretamente desde 1904 hasta 1969, tal y como sucedió con dicho Cuerpo en las últimas décadas del siglo XIX, en las islas de Cuba,[1]Puerto Rico[2] y Filipinas,[3] entonces bajo bandera española, hay que reconocer también a otros actores que le precedieron.

 

La entrada en vigor del Tratado de San Ildefonso, suscrito el 1 de octubre de 1777, ratificado por el Tratado de El Pardo, firmado el 24 de marzo siguiente, supuso que España recibiera las islas de Fernando Poo y Annobón, sitas en el Golfo de Guinea, a cambio de permutar con Portugal las posesiones de Sacramento y Santa Catalina. Desde entonces nuestras fuerzas del Ejército y la Marina de Guerra se encargaron de velar por la soberanía española en aquellos territorios, a los que había que añadir las pequeñas islas de Corisco, Elobey Grande y Elobey Chico, así como sus aguas.

 

Sin embargo, hubo de transcurrir más de un siglo, concretamente hasta la entrada en vigor del Tratado de París, suscrito el 27 de junio de 1900 entre España y Francia, para que al ampliarse en la zona la soberanía española a la Guinea continental, se comenzara a articular y desarrollar por primera vez una estructura sólida y con vocación de permanencia en materia de seguridad pública, basada en una institución policial sufragada por el Estado. 

 

Hasta entonces, ya avanzada la segunda mitad del siglo XIX, hubo primero un periodo de mínima representación policial en la isla de Fernando Poo, reducida sólo a la ciudad de Santa Isabel. No tuvo desarrollo alguno debido a la muy escasa dotación presupuestaria y a que el mantenimiento del orden estaba encomendado a la guarnición militar. Posteriormente, motivado principalmente por la precariedad económica mencionada, aquella mínima expresión policial terminó por desaparecer. De hecho, a finales de dicho siglo, sólo existía un reducido grupo de vigilantes nativos armados y uniformados cuyos sueldos eran costeados por la administración local. No obstante, su historia merece ser contada y recordada.

 

Mediante real decreto de 13 de diciembre de 1858 se organizó la primera estructura colonial estable de los territorios españoles del Golfo de Guinea. Conforme a la real orden circular de misma fecha que lo desarrollaba, se encomendó expresamente a las fuerzas militares de su guarnición, la responsabilidad de garantizar la seguridad individual y la de las propiedades.[4]

 

Dos días después, con el fin de constituir la guarnición terrestre específica de Fernando Poo, se dispuso mediante real orden circular, la creación y organización de una compañía de Infantería del Ejército. Reforzada con un pequeño grupo de artilleros, tuvo finalmente una plantilla total de 158 efectivos.[5]

 

Por lo tanto, inicialmente no estaba prevista presencia policial estatal alguna en la colonia procedente de España. Por aquel entonces, ello era potestad principal de la Guardia Civil, pero por aquel entonces las necesidades policiales de Fernando Poo eran muy diferentes. La presencia de las fuerzas del Ejército era suficiente. Así que la principal razón de ser de aquel primer servicio de policía a instaurar estuviera relacionado más con la necesidad de controlar la documentación personal de tripulantes y pasaje de los buques, tanto de pabellón español como extranjero, que recalaban en el puerto de Santa Isabel. 

 

De hecho, una real orden de 20 de marzo de 1862, relativa a la concesión de autorización para que una compañía de vapores de la costa de África pudiera establecer allí el término de su línea de navegación, quedabada supeditada a que el barco entrara en “ese puerto completamente desarmado y sujeto a las disposiciones vigentes en materia de Policía y de Aduanas”.[6]

 

La primera constancia documental que se tiene de la existencia de dicho servicio de policía en Guinea fue al año siguiente cuando con fecha 20 de febrero de 1863, el gobernador de Fernando Poo elevó al Ministerio de Ultramar una propuesta de aumento de su plantilla, pues sólo tenía dos agentes locales en Santa Isabel. Fruto de aquella propuesta se autorizó por real orden de 13 de junio siguiente, elevar la plantilla hasta cinco efectivos. De nueva creación, que “se proveerán oportunamente en personas de las condiciones necesarias”, serían un comisario, con un sueldo anual de 600 pesos y dos agentes con 240 pesos cada uno, aceptándose mantener los otros dos agentes ya existentes pero con un haber ligeramente menor, de 220 pesos.[7]

 

Por real orden de 12 agosto siguiente, dimanante del Ministerio de Ultramar, se nombraron a Ramon Brunet como comisario de policía y a Bernardo Escobar como agente de vigilancia de policía en Fernando Poo.[8]

 

Si bien en dicha disposición no se hizo constar la procedencia concreta de ambos, debe entenderse que pertenecerían al Cuerpo de Vigilancia. Esa era la nueva denominación que se había dado en España, por real orden de 9 de marzo de 1852,[9] al antiguo servicio de Protección y Seguridad del Ministerio de la Gobernación. Respecto a los otros dos agentes que ya estaban prestando servicio y cuyo sueldo era inferior, pudiera deberse bien a ser de una categoría inferior o tratarse de una contratación local, siendo esto último lo más probable.

 

Reorganizado en España el Cuerpo de Vigilancia por real decreto de 21 de octubre de 1863,[10] la denominación de comisarios sería sustituida por la de inspectores que pasarían a desempeñar las mismas funciones, si bien posteriormente volvería a recuperarse dicha nomenclatura. Mientras tanto, por real decreto de 18 de julio siguiente, se aprobaron los gastos e ingresos del servicio del Estado en la isla de Fernando Poo. En ellos se materializó presupuestariamente para el ejercicio 1864-1865, la plantilla policial aprobada el año anterior de cinco efectivos, cuyo total de haberes coincidía con el de los sueldos mencionados.[11]

 

No obstante, como el comisario Ramón Brunet había solicitado aumento de sueldo mediante instancia cursada por el gobernador de la colonia con fecha 29 de abril de 1864, se aprobó por real orden de 20 de junio siguiente aumentar su haber anual hasta los 800 pesos.[12]

 

Respecto al inspector de policía Bernardo Escobar, si bien no se detalló la razón de ello, por real orden de 9 de julio de dicho año, se admitió su renuncia a continuar en dicho destino, declarándosele cesante, “con el haber que por clasificación le corresponda”.[13]

 

Continuando sobre el comisario Brunet, su salud terminó por verse seriamente afectada por su estancia en la colonia, teniendo que solicitar una licencia de seis meses para España, concedida por real orden de 12 de junio de 1866, ampliada dos meses más por otra de 10 de noviembre siguiente, y nuevamente ampliada por otra de 20 de marzo de 1867, al objeto de restablecerse.[14]

 

Por real orden de 27 de septiembre siguiente, el comisario Brunet dejaría la jefatura de la policía de Fernando Poo al ser nombrado oficial cuarto del gobierno colonial, por el que se percibía un sobresueldo anual de 1.200 pesos más. Fue nombrado en la misma fecha como nuevo comisario de policía un individuo llamado Francisco Pellón Villaaldea, que hasta entonces ocupaba en la isla el puesto de escribiente guarda-almacén en la Administración de Rentas de dicha isla, curiosa circunstancia que no deja de llamar la atención.[15]

 

Respecto al modelo policial colonial de Fernando Poo, parece ser que no experimentaría desarrollo alguno en los años siguientes, dada la siempre precaria situación económica del Estado, más preocupada en atender sus intereses de Ultramar en las islas de Cuba, Puerto Rico y Filipinas. De hecho, llegaría incluso a suceder durante un tiempo, que el importe de los gastos del servicio público en nuestras posesiones del Golfo de Guinea tendría que ser asumido con cargo a los presupuestos de aquellos territorios, asígnándosele a cada uno un determinado porcentaje.

 

Por lo tanto, durante los años siguientes no se produjo ni incremento de plantilla ni se asumirían otros despliegues o cometidos funcionales en el resto de la isla de Fernando Poo. Continuaría circunscrita la presencia y actividad del servicio de policía sólo a la ciudad de Santa Isabel, relacionada principalmente con el control de las personas, nacionales y extranjeras, que entraban y salían a través de su puerto, encargándose la guarnición militar del orden y la seguridad en la colonia, incluida la que hoy día se entiende como seguridad ciudadana.

 

No volvió a haber mayor conocimiento de la presencia policial en la Guinea española hasta que por real orden de 7 de febrero de 1871 se resolvió una instancia elevada por el electo comisario de Policía de Fernando Poo, Juan Moreno Barranco. Éste pretendía incorporarse desde nuestra Península a su nuevo destino, pero ante la imposibilidad física de hacerlo por no existir en ese momento enlace marítimo directo, proponía un itinerario alternativo para viajar desde Cádiz hasta Santa Isabel.[16]

 

Resultaba que el Estado no tenía en esa época, “ningún medio de transporte periódico con el Golfo de Guinea por el enorme gasto que esta clase de viajes ocasiona”. La situación presupuestaria era tan precaria que se habían suprimido incluso las expediciones de buques de guerra que iban cada dos meses a Fernando Poo. Ello provocaba que hubiera funcionarios coloniales que tardasen hasta cinco meses en incorporarse a su servicio, con los consiguientes perjuicios de todo tipo que ello originaba. Finalmente se resolvió que los afectados zarparan del puerto de Cádiz hasta Canarias aprovechando algún buque español que se dirigiera a Cuba y desde allí transbordar al primer vapor inglés que desde Reino Unido se dirigiera a sus colonias de África e hiciera escala en Santa Isabel.

 

La situación económica lejos de mejorar continuó empeorando, lo cual obligó al año siguiente a restringir aún más las partidas presupuestarias, afectando incluso al mentado servicio de policía, tal y como se acreditó en el presupuesto de gastos aprobados por real decreto de 26 de octubre para el año económico 1872-1873.[17]

 

La plantilla quedó reducida a un comisario con un sueldo anual de 1.500 pesetas más otras 2.500 de sobresueldo, dos vigilantes con un haber anual de 1.200 ptas. cada uno, así como un carcelero, con 600 ptas. anuales. Se disminuía la plantilla en dos vigilantes y se incorporaba un empleado o funcionario que realmente no era agente de policía como tal pero cuyo coste se abonaba con cargo a dicho presupuesto. Todo ello a pesar de que en el propio texto se reconocía la importancia que revestía “el empleo de la vigilancia pública para la conservación del orden”, si bien ello continuaba siendo responsabilidad de la guarnición militar.

 

El presupuesto de gastos aprobado para las islas de Fernando Póo, Corisco y Annobon, para 1878-1879, nos da el nombre del siguiente comisario de policía, llamado Jerónimo López, al disponerse el abono atrasado de ciertos sobresueldos  correspondientes al periodo 1874-1876.[18]

 

La desaparición del puesto de comisario de policía a partir de 1879.

 

Dada la deteriorada situación económica que seguía padeciendo el Estado fue necesario adoptar mayores restricciones presupuestarias, razón por la cual se dispuso por real decreto de 6 de diciembre de 1878, una muy drástica reforma de la administración colonial de Fernando Poo y sus dependencias. Entre las medidas adoptadas se suprimió, entre otros puestos de trabajo dependientes del gobierno general, el del comisario de policía.[19]

 

Las dependencias del Estado en la colonia quedaron reducidas a su mínima expresión, conforme se disponía en dicho real decreto, acumulándose cargos y responsabilidades suprimidas en la figura de un jefe de negociado, letrado, que entendería de los asuntos de Gracia y Justicia, Gobernación, Hacienda y Fomento correspondientes al gobierno general de la colonia.

 

Respecto al resto del personal del servicio de policía, en el mentado presupuesto de gastos de Fernando Poo, Corisco y Annobon para 1878-1879, había quedado reducido tan sólo a “dos ordenanzas vigilantes de orden público, uno de ellos carcelero”, con un sueldo entonces de 400 pesos cada uno.[20] Es dificil imaginar qué servicio de policía podría cubrirse con una única pareja de servicio y encima, uno de ellos debía custodiar la cárcel local, pero ello a la vez es bastante demostrativo de la situación real existente al respecto.

 

Al año siguiente, por real decreto de 28 de noviembre de 1880,[21] se introducirían importantes reformas en la organización administrativa y militar de las posesiones españolas del Golfo de Guinea, que si bien no hicieron referencia alguna a la cuestión policial ni a la seguridad pública o ciudadana de la colonia, crearía un órgano local que terminaría haciéndose cargo económicamente de ello durante más de una década.

 

Se trataba del “Consejo de vecinos de Santa Isabel”, que bajo la autoridad del gobernador general de la colonia, tenía por objeto atender la administración comunal de la ciudad. Estaba compuesta de cinco a siete vecinos, mayores de edad, que llevasen al menos dos años de residencia en la isla y tuvieran en ella alguna propiedad rústica o urbana, o bien ejercieran alguna industria. Eran nombrados por el gobernador general por un periodo bienal, pudiendo ser prorrogable la duración de dicho cargo.

 

Si bien la presencia de personal policial procedente de España, es cecir, el comisario, desapareció a partir de 1879, la situación mejoró leve y temporalmente con los presupuestos de gastos e ingresos de la colonia de Fernando Poo que fueron fijados para el año económico 1883-1884 por real decreto de 17 de agosto de 1883.[22]

 

La plantilla de “Policía y Seguridad Pública” pasó a estar constituida por un “cabo de policía” que gozaría de un sueldo de 240 pesos anuales, dos guardias a 180 pesos cada uno, un carcelero con 200 pesos y un “guarda para Basilé”, pueblo cercano a Santa Isabel, con un haber de tan sólo 72 pesos. Dadas las cuantías debían tratarse todos ellos de personal indígena contrado localmente.

 

La guarnición militar de Fernando Poo como garante de la seguridad y protección de las personas.

 

Desde el inicio de la colonización española en la isla, el orden público, la seguridad individual de las personas y la protección de las propiedades había venido descansado sobre la guarnición militar. Mientras tanto en España se llevaban más de cuatro décadas, desde el año 1844, desarrollando un modelo de seguridad pública basado principalmente en una institución policial de naturaleza militar y ámbito estatal, de gran prestigio y acreditada eficacia, como era el Cuerpo de la Guardia Civil. 

 

Otro tanto venía sucediendo en el resto de territorios de Ultramar, donde en Cuba desde 1851,[23] Puerto Rico desde 1869[24] y Filipinas desde 1868,[25] el modelo tomado a seguir fue también el de la Guardia Civil, adaptándolo a las peculiaridades propias de cada colonia, llegando incluso a incorporar con éxito la tropa indígena en la última de las citadas.

 

Sin embargo, en los territorios españoles del Golfo de Guinea, circunscritos principalmente a la isla de Fernando Poo por ser la de mayores dimensiones y número de habitantes, no se juzgó por el momento necesario. Realmente ni existía un problema de seguridad pública ni de amenaza para los intereses de España, todo lo contrario que en el resto de Ultramar. Podría decirse que el hecho de que imperase una extrema austeridad presupuestaria no contribuía a desarrollar y mantener una institucion policial con cargo al Estado.

 

La situación llegó a tal extremo que desde España dejó de hacerse cargo de los ya muy reducidos gastos del servicio de policía, haciéndose cargo prácticamente de ello el mentado consejo de vecinos de Santa Isabel creado unos años antes. De hecho, en el real decreto de 28 de julio de 1890, por el que se fijaron los gastos e ingresos del Estado en las posesiones españolas del Golfo de Guinea para el año económico de 1890-1891, fueron sólo de 327 pesetas, de las que 192 eran en concepto de personal y 135 en el de material. Dicho gasto correspondía concretamente a un empleado contratado como guardamuelles en el puerto de Santa Isabel.[26]

 

El Estado decidió asumir en los años siguientes sólo ese gasto del sostenimiento de la vigilancia del puerto pero nada más. Mientras tanto la capital de la colonia había ido creciendo tanto en población como en espacio urbano, si bien no alcanzaba todavía una entidad significativa ni existían problemas graves de seguridad pública. Según el censo de 1887 el total de habitantes de Santa Isabel era de 1.193 habitantes, de los cuales 108 de origen europeo y 1.085 de origen indígena, es decir un 10 % y un 90 %, respectivamente.[27]

 

Por real decreto de 12 de octubre de 1890 se reorganizó en numerosos aspectos el personal administrativo dependiente del Ministerio de Ultramar, formalizándose lo que ya venía haciéndose en las posesiones del Golfo de Guinea: “Los empleados y subalternos de orden público o de Policía serán de libre nombramiento de los Gobernadores generales; pero no disfrutarán de los beneficios de este decreto-ley.”[28]

 

La dotación presupuestaria estatal anual en 1897 para el concepto “Policía y seguridad del muelle”, en materia de “Gobernación”, ascendía tan sólo a 240 pesetas en gasto de personal empleado como guarda-muelles en Santa Isabel, y otras 135 pesetas más para material, lo cual puede dar idea de su escasa entidad y relevancia.[29]

 

El último presupuesto de gastos del siglo XIX y primero del siglo XX que debía regir para la colonia de Fernando Poo, aprobado por real decreto de 5 de octubre de 1899, para el año económico 1899-1900, integraba en el mismo capítulo “Policía y servicio sanitario”. Bajo el concepto de personal de “Policía y seguridad del muelle” consignaba una previsión de gasto de 1.200 pesetas para los guardamuelles contratados, mientras que para el personal del servicio sanitario se asignaba una cuantía notablemente superior de 19.880 pesetas.[30]

 

Dicha situación se mantendría hasta que a principios del siglo XX el Estado, a propuesta del gobernador general, decidiera hacerse cargo directo, no sólo del gasto sino también de la organización del orden y la seguridad pública en la colonia. Tras la entrada en vigor del mentado Tratado de París, de 27 de agosto de 1900, y su posterior desarrollo, con la consiguiente ocupación continental, se terminaría desplegando toda una estructura territorial de seguridad liderada por la Guardia Civil. 




[1] DÍAZ VALDERRAMA, José: “Organización de un Tercio en comisión de la Guardia Civil en la Isla de Cuba”, en Historia, servicios notables, socorros, comentarios de la cartilla, y reflexiones sobre el Cuerpo de la Guardia Civil, Madrid, 1858, pp. 153-155. XIMENEZ DE SANDOVAL, Crispín: Las Instituciones de Seguridad Pública en España y sus dominios de Ultramar, Madrid, 1858, pp. 222-229.

[2] MOLINERO GÓMEZ-CORNEJO, Andrés: “Origen y organización de la Guardia Civil de Puerto-Rico”, en Compilación de las disposiciones referentes a la Guardia Civil de Puerto Rico, Puerto Rico, 1879, pp. 60-70.

[3] “Consideraciones sobre necesidad de la Guardia Civil y apuntes relativos al proyecto de su organización”, en Reglamento para la organización, régimen y servicio de la Guardia Civil de las Islas Filipinas, aprobado por Real Orden de 24 de marzo de 1868, Manila, 1880, pp. V-XVI.

[4] Gaceta de Madrid, núm. 349, 15/12/1858, pp. 1-2.

[5] Gaceta de Madrid, núm. 3, 03/01/1859, p. 1.

[6] RODRÍGUEZ SAN PEDRO, Joaquín: Legislación Ultramarina, tomo I, Madrid, 1865, p. 35.

[7] Ibídem, pp. 345-346.

[8] Gaceta de Madrid, núm. 247, 04/09/1863, p. 1.

[9] Gaceta de Madrid, núm. 6.474, 14/03/1852, p. 1.

[10] Gaceta de Madrid, núm. 303, 30/10/1863, p. 1.

[11] Gaceta de Madrid, núm. 241, 28/08/1864, p. 2.

[12] RODRÍGUEZ SAN PEDRO, Joaquín: op. cit., p. 43.

[13] Gaceta de Madrid, núm. 226, 13/08/1864, p. 2.

[14] Gaceta de Madrid, núm. 200, 27/07/1866, p. 1; núm. 19, 19/01/1867, p. 1; y núm. 113, 23/04/1867, p. 1.

[15] Gaceta de Madrid, núm. 310, 06/11/1867, p. 5.

[16] Gaceta de Madrid, núm. 45, 14/02/1871, p. 370.

[17] Gaceta de Madrid, núm. 302, 28/10/1872, pp. 285-286.

[18] Gaceta de Madrid, núm. 360, 26/12/1878, pp. 842-844.

[19] Gaceta de Madrid, núm. 360, 26/12/1878, p. 841.

[20] Ibídem, pp. 842-844.

[21] Gaceta de Madrid, núm. 333, 28/11/1880, pp. 648-649.

[22] Gaceta de Madrid, núm. 245, 02/09/1883, pp. 614-615.

[23] Guía de Forasteros de la siempre fiel Isla de Cuba para el año de 1877, Habana, 1877, pp. 328-332.

[24] MOLINERO GÓMEZ-CORNEJO, Andrés. Compilación de las disposiciones referentes a la Guardia Civil de Puerto Rico, Puerto Rico, 1879, p. 63.

[25] Reglamento para la organización, régimen y servicio de la Guardia Civil de las Islas Filipinas, Manila, 1884, p. 97.

[26] Gaceta de Madrid, núm. 218, 06/08/1890, pp. 401-403.

[27] BELTRÁN RÓZPIDE, Ricardo: La Guinea Española, Barcelona, 1904, p. 17.

[28] Gaceta de Madrid, núm. 289, 14/10/1890, pp. 178-183.

[29] Gaceta de Madrid, núm. 184, 03/07/1897, pp. 43-45.

[30] Gaceta de Madrid, núm. 80, 07/10/1899, pp. 78-79.