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miércoles, 30 de diciembre de 2020

EFEMÉRIDES: 20 DE DICIEMBRE DE 1845. CLXXV ANIVERSARIO DE LA APROBACIÓN DE LA “CARTILLA DEL GUARDIA CIVIL” (1845-2020).


Efemérides escrita por Jesús Núñez, e ilustrada con 2 fotografías en blanco y negro, para la Sección de Magacín, correspondiente al mes de Diciembre de 2020, de la Web de la Academia de las Ciencias y las Artes Militares



20 de Diciembre de 1845



Este 20 de diciembre se cumplen 175 años de la aprobación por la Reina Isabel II de la “Cartilla del Guardia Civil”, mediante real orden dimanante del Ministerio de la Guerra, cuyo titular era el teniente general Ramón María Narváez Campos, responsabilidad que compatibilizaba con la presidencia del Consejo de Ministros. Redactada por su Inspector General, el II Duque de Ahumada, mariscal de campo Francisco Javier Girón Ezpeleta, se dispuso que se proveyera de ella a todos los individuos del Cuerpo para su puntual y cumplida observancia.


La Guardia Civil había sido creada el año anterior y ya disponía de un Reglamento Militar y un Reglamento Civil. Si bien se habían venido dictando desde el inicio diferentes circulares que iban perfilando las cualidades morales que debían tener sus miembros, era imprescindible disponer de un código deontológico en el que se establecieran y reunieran los principios y valores éticos de quienes formasen parte de la nueva Institución. Dado que dicha cuestión era del máximo interés y preocupación para el Duque de Ahumada, él mismo se encargó de su redacción.


Estructurada la “Cartilla” en tres partes, su núcleo central y verdadera razón de ser quedó condensado en su capítulo primero, bajo el título de “Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil”. Éste, compuesto a su vez por 35 artículos, denotaría desde el primero de ellos, con rotunda sencillez y absoluta firmeza, el verdadero credo por el que se debían regir los componentes del nuevo Cuerpo: El honor ha de ser la principal divisa del Guardia Civil; debe por consiguiente conservarlo sin mancha. Una vez perdido no se recobra jamás.


Tan transcendental como inquebrantable principio, constituiría desde el primer momento su principal cualidad moral. Convertida en pilar fundamental, cimentaría la idiosincrasia de la benemérita Institución y marcaría su norte, diferenciándola así del resto de instituciones españolas de seguridad pública que le habían precedido y desaparecido.


Esa cualidad moral del honor sería fortalecida a lo largo del resto del articulado con principios tales como: siempre fiel a su deber; sereno en el peligro; prudente sin debilidad; firme sin violencia; político sin bajeza; procurará ser siempre un pronóstico feliz para el afligido; sus primeras armas deben ser la persuasión y la fuerza moral; y así un largo etcétera. Todos ellos, 175 años después, siguen vigentes en la Guardia Civil.


domingo, 27 de diciembre de 2020

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (XLVI). LA CASA-CUARTEL DE 1923-1928.

 CLXXV Aniversario de la “Cartilla del Guardia Civil” (1845-2020).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR", el 21 de diciembre de 2020, pág. 14.

El original contiene una fotografía en blanco y negro.


El coronel Rafael Bernal Pastor, subinspector del 16º Tercio (Málaga), que tenía a su cargo las Comandancias de Cádiz y Málaga, había informado con fecha 22 de septiembre de 1923, al director general de la Guardia Civil, teniente general Juan Zubia Bassecourt, que en San Roque no había otro edificio disponible para su uso como casa-cuartel.

También dio cuenta del resultado negativo de las gestiones realizadas ante el ayuntamiento de la localidad. Se había propuesto infructuosamente a la corporación municipal que se hiciera cargo de las 65 pesetas de incremento de la renta mensual que había solicitado Francisco Emilio Rendón Delgado, respecto al acuartelamiento que se venía ocupando.

Por una parte había quedado desierta la primera convocatoria que pretendía que algún propietario arrendase en San Roque un inmueble que reuniera las características necesarias. Y por otra parte, se había desistido de emplazar una segunda convocatoria, “por tener seguro el resultado negativo por no haber edificios a propósito”.

Como tampoco había disponibilidad de ello en otras pedanías del municipio, el coronel Bernal terminaba concluyendo que se terminase por abonar el incremento de renta solicitado por el propietario del inmueble, ya que “no conviene al servicio la supresión del puesto”. Tal decisión se había adoptado en otras ocasiones en diferentes poblaciones por carecerse de acuartelamiento, e incluso décadas antes se había llevado temporalmente a cabo en San Roque, trasladando la fuerza a vecina localidad de Los Barrios, pero en esta ocasión se consideraba que tal decisión causaría grave perjuicio al servicio.

Estudiado dicho informe en la Dirección General del benemérito Instituto, se procedió el 27 de septiembre, a informar favorablemente dicha propuesta por el comandante Isidoro López de Haro Carvajal, como responsable del Primer Negociado (Servicios) de la 2ª Sección (Servicios y Organización). El jefe de ésta, coronel Rogelio Rodríguez Sánchez, también dio su visto bueno, haciéndolo igualmente el jefe de la 3ª Sección (Contabilidad y Colegios), coronel José Agudo Pintado.

Al día siguiente el teniente general Zubia hacía suya la citada propuesta, elevándola al ministerio de la Gobernación, junto al expediente de acuartelamiento instruido. Su nuevo responsable, como subsecretario, al haberse cesado a todos los ministros tras el golpe de estado dado dos semanas antes por el teniente general Miguel Primo de Rivera Orbaneja, era desde el 22 de septiembre, el general de división Severiano Martínez Anido.

No debieron ser buenos tiempos aquellos para solicitar y menos aún conceder autorizaciones para incremento de rentas de inmuebles utilizados por el Estado. Aunque no se han localizado en los archivos la resolución ministerial concreta a la propuesta realizada, sí hay evidencia de que no llegó a prosperar. En 1928 la Guardia Civil seguía abonando mensualmente 35 pesetas y el ayuntamiento de San Roque las otras 55, por lo que la renta que se satisfacía cada mes al propietario del edificio continuaba sumando un total de 90 pesetas.

Mientras tanto, dos meses después, el 25 de noviembre siguiente, acaecía el benemérito rescate protagonizado por el guardia 1º Antonio Gallardo Galván y el guardia 2º Juan Sánchez Gómez, al salvar la vida a una chiquilla que se había caído al interior de un pozo sito en la zona posterior de la casa-cuartel y que ya fue relatado en capítulos anteriores.

Los componentes del puesto de San Roque continuaron prestando su servicio peculiar, velando por la ley y el orden en el municipio. De hecho, la hoja de servicios de los dos guardias citados deja constancia, por ejemplo, de una felicitación del director general del Cuerpo, fechada el 18 de marzo de 1925, por “el celo y actividad demostrada”.

Resulta que bajo la dirección del comandante de puesto, habían logrado la detención de los supuestos autores del hurto de trece cerdos en una finca de San Roque, consiguiendo recuperarlos en su totalidad y devolvérselos a su legítimo dueño. Se encontraba entonces al mando accidental de la 8ª Compañía de Algeciras el capitán Manuel Cuadrado Díez, que acababa de ascender a dicho empleo cuando se encontraba al frente de la línea de Jimena de la Frontera.

Respecto a la casa-cuartel, sita en el núm. 14 de la Calle Herrería de San Roque, se confeccionó con fecha 11 de junio de 1928, la tarjeta de estadística de dicho puesto, la cual se conserva en la Sección Guardia Civil del Archivo General del Ministerio del Interior, cuya fotografía de su anverso ilustra este capítulo.

Conforme a la misma, la fuerza del puesto continuaba siendo de infantería, estando constituida por once guardias civiles: un suboficial, un cabo, dos guardias 1º y siete guardias 2º. Todos ellos alojados en once pabellones de casados que tenía el acuartelamiento, si bien eran de reducidas dimensiones. Tenía cuadras para diez caballos.

La renta mensual continuaba siendo de 90 pesetas mensuales, satisfaciéndose por lo tanto 1.080 pesetas anualmente, de las que 420 eran abonadas por el Estado y 660 por el ayuntamiento de San Roque. Como propietario del inmueble seguía figurando Francisco Emilio Rendón Delgado, antiguo alcalde de la localidad.

Conforme a los datos estadísticos que constaban en la mentada tarjeta, el censo de población era entonces de 6.110 vecinos y 8.214 habitantes. La producción principal del municipio estaba dedica al cultivo de cereales, la ganadería y la extracción de maderas forestales. El censo de ganado de arrastre era de 50 mulas, 45 caballos y 300 bueyes; el de silla era de otros 45 caballos; y el de lomo 100 burros y otras 50 mulas.

Caso necesario de alojamiento de tropas del Ejército se estimaba que había capacidad en la localidad para 150 oficiales y 500 individuos de tropa así como para 300 cabezas de ganado.

San Roque disponía de oficina propia de correos, estación telefónica permanente y telégrafo limitado desde las 8 horas de la mañana hasta las 8 de la tarde. Los establecimientos principales ubicados en la población eran una sucursal eléctrica de la Compañía Sevillana y dos fábricas de harina. También existían tres escuelas para niñas y otras tres para niños.

La fuerza del puesto de San Roque además de velar por la ley y el orden en el casco urbano de dicha localidad lo hacía también en las barriadas de la Estación, de Taraguilla y de Guadarranque, vigilando también el paso de los trenes que se paraban para dejar y recoger viajeros en aquella, así como las numerosas casas de campo existentes.

El puesto de San Roque continuaba dependiendo entonces de la línea (sección) de La Línea de la Concepción, al igual que el puesto sanroqueño de Campamento, ya abordado en capítulos anteriores, que tenía encomendadas la barriada que le daba nombre y la de Puente Mayorga.

Los otros dos puestos estaban ubicados en el casco urbano de La Línea de la Concepción y en la barriada de La Atunara. Éste se había creado por real orden de 17 de junio de 1910 y desde el 8 de octubre de 1922 ocupaba otro inmueble como casa-cuartel, habida cuenta el mal estado de la anterior. Hasta el 3 de diciembre de ese último año había existido el puesto de El Zabal.

 

martes, 22 de diciembre de 2020

LA “CARTILLA DEL GUARDIA CIVIL”

 

CLXXV Aniversario de la “Cartilla del Guardia Civil” (1845-2020).

 


El original contiene dos fotografías en blanco y negro.

Reproducido el 7 de enero de 2021 en "MELILLA HOY", págs. 16-17.

La "Cartilla del Guardia Civil" fue aprobada por Real Orden del Ministerio de la Guerra, de 20 de diciembre de 1845

        

         La Guardia Civil se creó por real decreto de 28 de marzo de 1844, siendo reformado por otro de fecha 13 de mayo siguiente, en el que quedó firmemente asentada su naturaleza militar. Conforme a este último, comenzaría a desarrollar su organización, iniciándose el reclutamiento, adiestramiento y despliegue de sus primeros efectivos por toda la geografía nacional. Había nacido la que actualmente es la decana de las Fuerzas de Seguridad del Estado español y la que cuenta con el mayor número de efectivos y más amplio despliegue territorial.

         Sin embargo, para su máximo responsable, el mariscal de campo y II duque de Ahumada, Francisco Javier Girón Ezpeleta, era prioritario y fundamental dotarla de un conjunto de normas que recogieran los principios y valores morales por los que habría de regirse.

         Dictadas inicialmente unas circulares, procedió a redactar el mejor código deontológico que nunca haya tenido una institución de seguridad pública: la “Cartilla del Guardia Civil”. Guía de modelo, dentro y fuera de España, fue aprobada, hoy hace 175 años, por real orden del Ministerio de la Guerra, de 20 de diciembre de 1845.

         Conforme se establecía en el artículo 1º del mentado real decreto de 13 de mayo de 1844, la Guardia Civil quedaba sujeta, al “Ministerio de la Guerra por lo concerniente a su organización, personal, disciplina, material y percibo de sus haberes, y del Ministerio de la Gobernación por lo relativo a su servicio peculiar y movimiento”.

         Por real decreto del Ministerio de Gobernación, de 9 de octubre siguiente, se aprobó su “Reglamento de Servicio”, disponiéndose en su artículo 1º que el Cuerpo tenía por objeto, la conservación del orden público; la protección de las personas y las propiedades, fuera y dentro de las poblaciones; así como el auxilio que reclamase la ejecución de las leyes.

         Tan solo seis días después se aprobó también mediante real decreto, esta vez del Ministerio de la Guerra, su “Reglamento Militar”. Si bien eran de aplicación a la Guardia Civil, las Ordenanzas Generales del Ejército, aprobadas en 1768 por Carlos III, se hacía necesario establecer algunas reglas particulares como consecuencia de su singular organización y su peculiar servicio.

         Apenas habían transcurrido cinco meses desde su creación y el nuevo Cuerpo ya contaba con una organización, una estructura, una plantilla, un reglamento de servicio y un reglamento militar. Sin embargo, le faltaba lo más importante: un código deontológico que fijase las reglas éticas por las que debían regirse sus miembros.

         El duque de Ahumada era plenamente consciente de la importancia de ello, razón por la cual su redacción constituyó una de sus máximas prioridades. Por tal motivo se dedicó personalmente a dicha tarea, tanto en su despacho de Madrid como inspector general del benemérito Instituto como durante sus estancias en la hacienda familiar de “El Rosalejo”, sita en la localidad gaditana de Villamartín.

         Varias habían sido ya las instituciones de seguridad pública que habían precedido al nuevo Cuerpo, pero todas habían desaparecido, con mayor o menor gloria. La última fue lo que quedaba de la Policía General del Reino, creada por real cédula de 8 de enero de 1824 durante el régimen absolutista de Fernando VII y abolida por real decreto de 2 de noviembre de 1840.

         Sin entrar a valorar los diversos factores y complejas razones que motivaron la desaparición de las anteriores instituciones, lo cierto es que el duque de Ahumada tenía perfectamente claro que la honestidad y moralidad de todos y cada uno de los que componían el nuevo Cuerpo, constituían un pilar fundamental para el prestigio y la perdurabilidad de la Institución.

         Es por ello que el 16 de enero de 1845 dictó una Circular cuyo trascendental contenido constituyó la firme cimentación sobre la que se elaboraría la “Cartilla del Guardia Civil”. La obligación de la cadena de mando no sólo debía ser recto ejemplo sino también velar por su más estricto cumplimiento.

         Dicha Circular comenzaba afirmando que la fuerza principal del Cuerpo había de consistir primero en la buena conducta de todos los individuos que lo componían. Un repaso a la hemeroteca, para consultar la prensa de la época anterior a la creación de la Guardia Civil, hace fácilmente entendible la importancia de la conducta ejemplar de quienes tenían la misión de velar por la ley y el orden.

         Para ello precisaba seguidamente que los principios generales que debían guiarla eran la disciplina y la severa ejecución de las leyes. El “Guardia Civil”, y lo escribía con mayúsculas siempre que se refería a él, pues con ello englobaba todos los empleos, debía saber atemperar el rigor de sus funciones, “con la buena crianza, siempre conciliable con ellas”, pues de ese modo se ganaría la estimación y consideración pública. Es decir, el respeto de aquellos a los que tenía la obligación de velar para que cumplieran las leyes pero a los que también tenía que proteger.

         Frente a la posibilidad de que el protegido tuviera más temor de su supuesto protector que de quien pudiera dañarlo, el duque de Ahumada preconizaba pedagógicamente que el Guardia Civil solo debía resultar temible a los malhechores y los únicos que debían temerlo eran los enemigos del orden, pero nunca las personas de bien.

         Para ello, y con el fin de granjearse el aprecio y el respeto público, el Guardia Civil debía constituir un modelo de moralidad, siendo el primero en dar ejemplo del cumplimiento de las leyes y del orden, ya que era el encargado de hacerlas cumplir y mantenerlo, respectivamente. Debía ser prudente sin debilidad, firme sin violencia y político sin bajeza. Imposible definirlo mejor con menos palabras.

         Como muy bien apuntaba el duque de Ahumada, los enemigos del orden de cualquier especie, temerían más a un Guardia Civil que estuviera sereno en el peligro, fuera fiel a su deber y actuara siempre dueño de su cabeza, es decir, con sentido común. Quien desempeñase sus funciones con dignidad, decencia y firmeza obtendría muchos mejores resultados que aquél que con amenazas y malas palabras solo conseguiría malquistarse con todos.

         Finalmente, tras afrontar otras cuestiones que eran también de sumo interés, afrontaba la trascendental cuestión de la preparación profesional que debía tener el Guardia Civil para ejercer y cumplir eficazmente las misiones encomendadas.

         Concluida su redacción definitiva el duque de Ahumada lo elevó el 13 de diciembre de 1845 para su definitiva aprobación por Isabel II, “si así fuere de su real agrado”, lo cual se concedió una semana después, denominándose oficialmente la “Cartilla del Guardia Civil”.

         Su texto, estructurado en tres partes, comenzaba en el capítulo primero con las “Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil”, integrado a su vez por 35 artículos. Desde el primero de ellos se denotaba el verdadero credo de la Institución: “El honor ha de ser la principal divisa del Guardia Civil; debe por consiguiente conservarlo sin mancha. Una vez perdido no se recobra jamás”. Por supuesto impregnado del carácter benemérito, debiendo ser “pronóstico feliz para el afligido”.

         Hoy, 175 años después, los principios éticos de la “Cartilla” continúan plenamente vigentes.

 

miércoles, 16 de diciembre de 2020

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (XLV). LA CASA-CUARTEL DE 1898-1923.

CLXXV Aniversario de la “Cartilla del Guardia Civil” (1845-2020).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR", el 14 de diciembre de 2020, pág. 10.

El original contiene una fotografía en blanco y negro.


 

Por real orden de 31 de diciembre de 1898, dimanante del Ministerio de la Gobernación, cuyo titular era Trinitario Ruiz Capdepón, se había aprobado el contrato de alquiler de una nueva casa-cuartel de la Guardia Civil en San Roque, sita en el núm. 14 de la Calle Herrería. Se ponía así fin a la que se venía rentando desde 1886 en el número 10 de la Plaza de la Constitución, hoy Plaza de Armas, tal y como se relató en un capítulo anterior.

El nuevo acuartelamiento tenía mayor capacidad de alojamiento y se encontraba en mejores condiciones que el que se acababa de dejar, pero apenas transcurrida casi una década la situación era ya insostenible. El problema era el habitual en los edificios que se alquilaban para su uso por el benemérito Instituto. Inicialmente se cumplía por el propietario lo acordado en el contrato sobre el mantenimiento del inmueble, pero transcurridos unos años la falta de inversión adecuada para atender las reparaciones que se iban necesitando, terminaban provocando su deterioro hasta el punto que hacer imposible su habitabilidad. Los perjudicados de ello siempre eran los guardias civiles y sus familias.

Al inicio de 1908 el estado del edificio era tal que el 14 de abril se ordenó por el teniente coronel Eduardo González de Escandón García, jefe de la Comandancia de Cádiz, instruir el correspondiente expediente de acuartelamiento para buscar nuevo inmueble donde alojar la fuerza del puesto de San Roque. 

Lo primero que hizo el instructor fue celebrar concurso de propietarios en la localidad por si alguno quería ofertar una casa que pudiera habilitarse como acuartelamiento. Sin embargo, el 23 de julio siguiente quedó desierto.

Entonces el instructor procedió a practicar activas gestiones para intentar que el Ayuntamiento de San Roque o el dueño del edificio, efectuasen las obras necesarias para mejorar las condiciones de seguridad del mismo. 

Así, el 5 de agosto siguiente solicitó al alcalde Manuel Rodríguez Lópezdocumento de consignación para contratar nuevo local o sufragar los gastos de las obras necesarias para poner en condiciones de habitabilidad el que se venía ocupando. El día 21 se contestó que la corporación municipal no podía acceder a ello por carecer de consignación presupuestaria.

A la vista de ello el instructor ofició seguidamente en idéntico sentido al entonces propietario del edificio, Francisco Emilio Rendón Delgado, antiguo alcalde de San Roque. Dichos requerimientos dieron resultado positivo, comprometiéndose finalmente a realizar por su cuenta las obras necesarias. Manifestó incluso estar dispuesto a ceder otro edificio de su propiedad, contiguo al que se venía ocupando.

Efectuadas las obras pertinentes en ambos edificios quedó finalmente la casa-cuartel “en condiciones de capacidad e higiene.” El 3 de marzo de 1909, el director general de la Guardia Civil, teniente general Joaquín Sánchez Gómez, dio su aprobación, significando que el referido propietario no había exigido al Estado mayor consignación que las 35 pesetas que mensualmente venía percibiendo, además de otras 55 que sufragaba el consistorio municipal.

El 21 de diciembre de 1910 el subsecretario del Ministerio de la Gobernación, cuyo titular era Fernando Merino Villarino, comunicó al entonces director general de la Guardia Civil, teniente general Vicente Martitegui Pérez de Santa María, que el propietario del edificio había elevado una instancia solicitando el aumento de la renta mensual de la parte correspondiente al Estado en 30 pesetas más. Éste pasaría así a abonar un total de 65 por su parte y el ayuntamiento continuara con sus 55, por lo que la nueva renta una renta mensual ascendería a 120 pesetas.

Recabado una semana después el oportuno informe, el teniente coronel González de Escandón, esta vez como subinspector accidental del 18º Tercio con cabecera en Cádiz, concluyó el 4 de enero de 1911 que era ya más que suficiente las 35 pesetas mensuales que se venían abonando por el Estado.

Como el propietario no quedó conforme, aprovechó el relevo del ministro por Demetrio Alonso Castrillo y volvió a insistir en su reclamación económica. Así, el 16 de mayo siguiente, el subsecretario de la Gobernación remitió la nueva instancia al director general de la Guardia Civil, peticionándole nuevo informe.

El 10 de junio, el jefe de la Comandancia de Cádiz, nuevamente como subinspector accidental del mentado 18º Tercio, volvió a emitir su parecer, aportando más información al respecto. 

Reconocía que era cierto tanto las obras realizadas como el añadido de la casa contigua, pero aclaraba que el propietario no lo había hecho de propia iniciativa, “sino obligado por la formación de un expediente que se terminó en Febrero de 1909, efecto de las malas condiciones que entonces se hallaba el edificio, haberse presentado otra proposición que hubiera sido aceptada de no considerarse de justicia dar la preferencia al solicitante, por los muchos años que se llevaba ocupando su casa y haberse comprometido en aquel entonces a no percibir más alquiler que el que actualmente se le satisfacía”.

Dicho informe concluía “que antes de conceder aumento alguno”, debiera instruirse nuevo expediente de acuartelamiento, al objeto de que “se llamase a concurso de propietarios por si se presentara, bien la anteriormente citada, u otra que llenase las debidas condiciones”.

La oferta que se citaba era una carta de Consuelo Martínez Alcoba, recibida el 10 de diciembre de 1908, ofreciendo un edificio de su propiedad sito en el núm. 1 de la calle Francisco Cubino. Dicho inmueble ofrecía buenas condiciones, comprometiéndose la dueña a realizar las obras que fueran necesarias, pero finalmente se decidió continuar con el de la calle Herrería por las razones ya expuestas. Todo ello según informe de 22 de febrero de 1909, elevado entonces por el coronel Luis López Mijares, subinspector del 18º Tercio, al director general del Cuerpo. 

Por todo ello, finalmente ni se instruyó nuevo expediente de acuartelamiento ni se incrementó el importe de la referida renta mensual de 35 pesetas abonadas por el Estado. Y así quedó zanjada la cuestión durante casi tres lustros.

El 22 de septiembre de 1923, el coronel Rafael Bernal Pastor, subinspector del 16º Tercio con cabecera en la ciudad de Málaga, dio cuenta al director general de la Guardia Civil, teniente general Juan Zubia Bassecourt, que el propietario del edificio había solicitado nuevamente un incremento de la renta.

En este caso solicitaba que se aumentase en 65 pesetas mensuales más, sobre las 35 que desde 1898 venía abonando el Estado, además de las 55 que continuaba sufragando el Ayuntamiento. Es decir, 1.200 pesetas anuales por cuenta del Estado más las 660 que correspondían a la corporación municipal.

A la vista de ello daba igualmente cuenta de que había ordenado al teniente coronel Antonio Lozano Díaz, jefe de la Comandancia de Cádiz, que se procediera a la instrucción del correspondiente expediente de acuartelamiento. Concluido el mismo, resultaría que hechas por el instructor las gestiones necesarias para conseguir una nueva casa-cuartel en San Roque, no habían dado resultado positivo, quedando desierta la convocatoria pública para propietarios de inmuebles. No se realizó una segunda convocatoria, “por tener seguro el resultado negativo por no haber edificios a propósito”. 

(Continuará).