CLXXII Aniversario de la Fundación de la Guardia Civil
(1844-2016).
Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado el 13 de mayo de 2016 en "EUROPA SUR", pág. 10; DIARIO DE CÁDIZ, pág. 14; y DIARIO DE JEREZ, pág. 31.
El original está ilustrado por una fotografía en blanco y negro.
El mismo año de publicación de su acta de nacimiento, en 1844, se encontraba ya asentada con tres secciones de Infantería en Cádiz, Jerez y Medina Sidonia, más otra de Caballería en Algeciras.
Hoy, viernes 13 de mayo de 2016, se
cumplen 172 años de la creación del benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, la
institución española de seguridad pública más antigua, con mayor demarcación
territorial y número de efectivos desplegados dentro y fuera de nuestras
fronteras.
Son 172 años de historia
ininterrumpida a través de un más que dilatado periodo de tiempo a caballo de
tres siglos, en el que se han ido sucediendo toda clase de sistemas y régimenes
políticos.
En estos tiempos que todo es tan
efímero, se trata realmente de una proeza que no puede entenderse sin conocerse
su historia, pues sus orígenes son los sólidos cimientos sobre los que se
levanta una de las instituciones más valoradas a lo largo del tiempo por los españoles.
Si bien es cierto que la Guardia
Civil nació en la mitad del siglo más convulso de la historia de España, más
verdad es aún que se trata del cuerpo de seguridad más antiguo.
No sólo no desapareció ni se abolió
o disolvió como el resto de cuerpos de la época, sino que consiguió mantener
incólume su identidad corporativa, y lo que es más importante, sus valores y
principios fundacionales, sin dejar por ello de evolucionar y modernizarse.
La Guardia Civil nació en el momento
que España más lo necesitaba. Desde la finalización de la Guerra de la
Independencia contra el invasor francés, todos los proyectos para crear una
fuerza policial de seguridad pública, con ánimo de implantación estatal, habían
ido fracasando.
El país padecía cada vez más altos niveles
de inseguridad ciudadana y las fuerzas del Ejército y de Milicias dedicadas a
la persecución de delincuentes en poblaciones y caminos, no conseguían
solucionar tan grave problema.
La situación llegó a tal extremo que
el ministro de la Guerra, Manuel de Mazarredo, dirigió el 31 de diciembre de
1843, al ministro de Gobernación, José Justiniani, la siguiente carta:
“Siendo contínua la diseminación en que se
encuentra la mayor parte de las tropas de Infantería, Caballería y Milicias, a
causa de la persecución de ladrones y malhechores de todas especies a que están
constantemente destinadas en innumerables partidas y destacamentos, en términos
de no poder atender como conviene al servicio de las guarniciones …; se hace
preciso tratar de remediarlo, lo cual pudiera hacerse por medio de una fuerza
pública que bajo dependencia inmediata del Ministerio de la Gobernación del
digno cargo de V.E. y con la denominación que fuese más adecuada, se organizase
convenientemente, relevase a las tropas de aquel servicio y se encargase de él
en todos los pueblos, caminos y demás puntos de la superficie de la península”.
Es decir, no existía entonces un cuerpo policial en
España que garantizara la seguridad pública y se estaba pidiendo, exigiendo más
bien, su creación.
Fruto de esa imperiosa necesidad se dio poco después,
el primer paso serio y con vocación de solucionar el problema. El
gobierno de Luis González Bravo creó por real decreto el 26
de enero de 1844, en el seno del Ministerio de Gobernación, el Ramo de
Protección y Seguridad.
En el inicio de su exposición de motivos,
no dejaba duda alguna sobre la preocupación del gobierno por el principal
problema de la época: “la libertad civil,
expuesta de continuo a los amaños y violencias individuales, no puede subsistir
con firmeza sin la tutelar vigilancia y sin el robusto apoyo de la autoridad
solícita y vigorosa del Gobierno”.
Aunque se asumía que los lamentables
antecedentes que en España había ofrecido la organización del ramo de seguridad,
dando lugar a la supresión, mediante real decreto de 2 de noviembre de 1840, de
la policía entonces existente, era indispensable que el gobierno pudiera “velar eficazmente por las personas y los
bienes de todos”.
Consecuente con ello, comenzaba su
articulado, decretando que el servicio de protección y seguridad pública
estaría exclusivamente a cargo del ministerio de Gobernación y finalizaba,
disponiendo que el ministro debía proponer, “con la urgencia que el servicio público reclama, la organización de una
fuerza especial destinada a proteger eficazmente las personas y las
propiedades, cuyo amparo es el primer objeto del ramo de protección civil”.
Esa fuerza especial no sería otra que la
Guardia Civil, pues no existía entonces en España otro cuerpo policial de
ámbito y despliegue estatal. Así, tan sólo dos meses después, el 28 de marzo,
se dictó un real decreto que disponía la creación del “Cuerpo de Guardias Civiles”. El mérito de tal
denominación se debió a la jovencísima reina Isabel II, que tenía sólo 13 años
de edad.
El nuevo cuerpo policial tendría carácter
civil y dependería del ministerio de la Gobernación, “con el objeto de proveer al buen orden, a la
seguridad pública, a la protección de las personas y de las propiedades, fuera
y dentro de las poblaciones”, si bien, en cuanto a la organización y
disciplina, dependería de la jurisdicción militar.
Tal y como rezaba el nuevo
real decreto: “El
Gobierno ha menester una fuerza siempre disponible para proteger las personas y
las propiedades; y en España, donde la necesidad es mayor por efectos de sus
guerras y disturbios civiles, no tiene la sociedad ni el Gobierno más apoyo ni
escudo que la milicia o el Ejército, inadecuados para llevar este objeto
cumplidamente o sin prejuicios”.
Tres días más tarde se comisionó al II
Duque de Ahumada, Francisco Javier Girón y Ezpeleta, como
director de su organización, el cual, tras estudiarlo minuciosamente, remitió
el 20 de abril, a los ministros de Estado y de Guerra, un detallado informe en
el que expuso con toda claridad y contundencia sus enmiendas y reparos al real
decreto fundacional.
Fue tan convincente en su exposición y
motivación que se le autorizó a redactar una nueva propuesta, la cual marcaría
de forma indeleble en el tiempo la naturaleza militar del nuevo cuerpo, frente
a la civil que inicialmente había sido concebida.
El 3 de mayo siguiente el teniente
general Ramón María Narváez asumió la presidencia del Consejo de Ministros y la
cartera del ministerio de la Guerra, apoyando firmemente la propuesta del duque
de Ahumada.
Y fue tan así que tan sólo diez dias después, se dictó el real decreto de 13 de
mayo de 1844, verdadera acta de nacimiento de la Guardia Civil, dejando sin
efecto el anterior de 28 de marzo que nunca llegó a desarrollarse.
El nuevo cuerpo vió
refrendada su naturaleza militar, quedando sujeto al ministerio de la Guerra
por lo concerniente a su organización, personal, disciplina, material y percibo
de sus haberes, y al ministerio de la Gobernación por lo relativo a su servicio
peculiar y movimiento.
Antes de
finalizar el año la Guardia Civil se encontraba ya asentada en las cuatro
primeras poblaciones de la provincia gaditana. Tres secciones de infantería
distribuidas en Cádiz, Jerez y Medina Sidonia más otra de caballería en
Algeciras.
Tal y como había
comunicado el jefe político de la provincia a los alcaldes, “la
Guardia Civil es el brazo de protección y seguridad que el Gobierno ofrece al
hombre honrado, y lo es de persecución y de temor para el delincuente y de mal
vivir”. Desde entonces, 172 años
velando por el orden y la ley.
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