Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR", el 10 de septiembre de 2018, pág. 10.
El original contiene una fotografía en blanco y negro (propiedad de Jesús Montero Lemus).
A pesar de que Cuerpo no se había creado para perseguir contrabandistas, pues para ello ya estaban los carabineros, la realidad obligó a la Benemérita a actuar al respecto.
El próximo 11 de octubre la Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras celebrará los tradicionales actos institucionales con motivo de la festividad de su patrona, la Virgen del Pilar. Cada año se turna con la Comandancia de Cádiz para celebrarlo el día 12 al objeto de que el subdelegado del Gobierno pueda presidirlos en ambas unidades.
El año pasado, excepcionalmente, se celebraron en la casa-cuartel de La Línea de la Concepción, donde toda la sociedad campo gibraltareña se dio cita para mostrar su apoyo a los guardias civiles que prestan allí su servicio en circunstancias difíciles y con frecuencia penosas.
Este año retornará al acuartelamiento algecireño en el marco de un aniversario muy singular, al cumplirse 140 años de la creación de la Comandancia de Carabineros de Algeciras, antecesora histórica de la actual de la Guardia Civil.
Hoy día los guardias civiles que prestan su servicio en el Campo de Gibraltar no sólo son depositarios y cumplidores del ideario reglamentado por su fundador, el duque de Ahumada, sino también -desde 1940- del espíritu y servicio de resguardo fiscal inspirado por el marqués de Rodil, creador del Real Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras.
Los carabineros llegaron al Campo de Gibraltar en 1829, según el real decreto de su constitución, “para la seguridad y vigilancia de las costas y fronteras, hacer la guerra al contrabando, prevenir sus invasiones y reprimir a los contrabandistas, y para afianzar con respetable fuerza en favor de la industria y comercio nacionales”.
Tres lustros después llegaron los guardias civiles a nuestra Comarca para la conservación del orden público, la protección de las personas y las propiedades, fuera y dentro de las poblaciones, así como el auxilio que reclamase la ejecución de las leyes
Cuando comenzaron a prestar servicio, buena parte de la delincuencia que encontraron estaba relacionada con la lacra del contrabando procedente de la colonia británica de Gibraltar.
A pesar de que la Guardia Civil no se había creado para perseguir contrabandistas, pues para eso ya estaban los carabineros, la realidad era la que era y ello dio lugar desde sus inicios a instrucciones muy concretas.
Así, el 4 de enero de 1845 se dictó la siguiente real orden: “La Guardia Civil, en el curso ordinario de su servicio, debe perseguir con el mayor celo, vigilancia, actividad y sobre todo pureza, cuantos fraudes se cometan contra las Reales órdenes vigentes, relativas al contrabando.”
Y como la principal acción perversa del contrabandista para alcanzar impunemente su ilícito fin, era corromper a quien tenía la responsabilidad de perseguirle, se continuaba advirtiendo que “la menor sospecha de soborno” sería castigada “del modo más público, ejemplar y severo posible”.
Al recibirse dicha orden hubo algunos mandos que extremaron el celo de sus hombres, dándole máxima prioridad a la persecución del contrabando, sobre todo donde era más habitual y patente.
Ello motivó que el duque de Ahumada dictará el 23 de abril siguiente una circular en la que se aclarase el objetivo que realmente se pretendía.
La finalidad era que no se abandonara la vigilancia ordinaria del Cuerpo para consagrarse exclusivamente a su persecución, “pero de manera ninguna que éste deje de perseguirse, siempre que en el curso ordinario de su servicio se encuentre con los contrabandistas o el contrabando.”
Sobre tal modalidad delictiva concluía dicha circular: “siendo como por desgracia es uno de los males, que más perjudican al país, y a cuyo remedio deben contribuir más eficazmente, todos los empleados públicos, y en especial aquellos, que tienen la exclusiva obligación, hacer guardar el cumplimiento de las leyes”.
Habida cuenta que ya existía para ello el Cuerpo de Carabineros del Reino, fue necesario dictar por el duque de Ahumada una nueva circular en términos muy estrictos.
El 31 de agosto siguiente decía a los coroneles jefes de Tercio: “Se molesta a algunos viajeros en los caminos Reales, con el objeto de averiguar si llevan contrabando. Este servicio, no es en manera alguna el que los reglamentos marcan a la Guardia Civil, pues aunque ésta debe perseguir el contrabando en el curso de su servicio, como todas las demás infracciones de la Ley, por ningún motivo debe molestarse a aquellos con investigaciones ajenas enteramente al servicio del Cuerpo. Si el abuso de registrar se cometiere en el Tercio del mando de V.S. cuidará de evitarlo absolutamente, pues de lo contrario me responderá de esta grave falta.”
Cuatro meses más tarde, el 20 de diciembre, se aprobaba por real orden “La Cartilla del Guardia Civil”, verdadero código deontológico del nuevo Cuerpo. Su redactor, el duque de Ahumada, le dedicaba el capítulo XI al contrabando.
En él se recogía, además del procedimiento a seguir, que caso de que la Guardia Civil encontrara algún contrabando en el curso de su servicio, “deberá aprehenderlo, así como a sus conductores o dueños”. Pero sólo podría actuar en tal cometido si se daba esa circunstancia casual o si le era reclamado el apoyo de los carabineros.
Dicho capítulo finalizaba con un artículo muy severo al respecto: “Por ningún título, ni pretexto podrá el Guardia Civil, registrarse ninguna carga, ya sea de carro, ni de caballería, ni mucho menos, ningún pasajero, bajo el pretexto de cerciorarse si lleva, o no, géneros de ilícito comercio.”
Con ello se pretendía priorizar la seguridad pública como servicio principal de la Guardia Civil al igual que la persecución del contrabando lo era para el de Carabineros.
Pero la realidad y la necesidad del Estado terminó pronto por imponerse. El contrabando causaba un grave perjuicio a la hacienda pública y fomentaba otros tipos de delincuencia, constituyendo un problema de primer orden.
Es por ello que el ministerio de la Gobernación de la Península dictó el 26 de julio de 1846 una real orden dirigida a todos los jefes políticos de provincias (antecesores de los gobernadores civiles). Haciéndose extensiva a la Guardia Civil, se requirió a aquellas autoridades que cooperasen “activamente a la persecución del contrabando”, prestando el auxilio se fuera necesario, así como que no expidieran “licencias de uso de armas a los conocidos generalmente por contrabandistas “.
Desde entonces fueron decenas de órdenes las que se dictaron sobre la Guardia Civil y el contrabando hasta que en 1940, con la absorción del Cuerpo de Carabineros, ya no fue preciso.
Poco podía imaginar el duque de Ahumada en 1844 que casi un siglo después la persecución del contrabando sería uno de los principales cometidos de la Guardia Civil y que sus miembros pasarían a hacer de carabineros.
El 14 de mayo de 1943 se aprobó la modificación del reglamento para el servicio quedando así su artículo 6º: “El Guardia Civil será prudente sin debilidad, firme sin violencia, y político sin bajeza. No debe ser temido sino de los malhechores, ni temible sino de los enemigos del orden y del fisco”.
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