CLXXV
Aniversario de la “Cartilla del Guardia Civil” (1845-2020).
La "Cartilla del Guardia Civil" fue aprobada por Real Orden del Ministerio de la Guerra, de 20 de diciembre de 1845
La Guardia Civil se creó por real decreto
de 28 de marzo de 1844, siendo reformado por otro de fecha 13 de mayo siguiente,
en el que quedó firmemente asentada su naturaleza militar. Conforme a este
último, comenzaría a desarrollar su organización, iniciándose el reclutamiento,
adiestramiento y despliegue de sus primeros efectivos por toda la geografía
nacional. Había nacido la que actualmente es la decana de las Fuerzas de
Seguridad del Estado español y la que cuenta con el mayor número de efectivos y
más amplio despliegue territorial.
Sin embargo, para su máximo responsable,
el mariscal de campo y II
duque de Ahumada, Francisco Javier Girón Ezpeleta, era prioritario y fundamental dotarla de un conjunto de normas que
recogieran los principios y valores morales por los que habría de regirse.
Dictadas inicialmente unas circulares,
procedió a redactar el mejor código deontológico que nunca haya tenido una
institución de seguridad pública: la “Cartilla del Guardia Civil”. Guía de
modelo, dentro y fuera de España, fue aprobada, hoy hace 175 años, por real
orden del Ministerio de la Guerra, de 20 de diciembre de 1845.
Conforme se establecía en el artículo 1º
del mentado real decreto de 13 de mayo de 1844, la Guardia Civil quedaba sujeta,
al “Ministerio de la Guerra por lo concerniente a su organización, personal,
disciplina, material y percibo de sus haberes, y del Ministerio de la
Gobernación por lo relativo a su servicio peculiar y movimiento”.
Por real decreto del Ministerio de
Gobernación, de 9 de octubre siguiente, se aprobó su “Reglamento de Servicio”,
disponiéndose en su artículo 1º que el Cuerpo tenía por
objeto, la conservación del orden público; la protección de las personas y las
propiedades, fuera y dentro de las poblaciones; así como el auxilio que
reclamase la ejecución de las leyes.
Tan
solo seis días después se aprobó también mediante real decreto, esta vez del
Ministerio de la Guerra, su “Reglamento Militar”. Si bien eran de aplicación a
la Guardia Civil, las Ordenanzas Generales del Ejército, aprobadas en 1768 por
Carlos III, se hacía necesario establecer algunas reglas particulares como
consecuencia de su singular organización y su peculiar servicio.
Apenas
habían transcurrido cinco meses desde su creación y el nuevo Cuerpo ya contaba
con una organización, una estructura, una plantilla, un reglamento de servicio
y un reglamento militar. Sin embargo, le faltaba lo más importante: un código
deontológico que fijase las reglas éticas por las que debían regirse sus
miembros.
El
duque de Ahumada era plenamente consciente de la importancia de ello, razón por
la cual su redacción constituyó una de sus máximas prioridades. Por tal motivo
se dedicó personalmente a dicha tarea, tanto en su despacho de Madrid como
inspector general del benemérito Instituto como durante sus estancias en la
hacienda familiar de “El Rosalejo”, sita en la localidad gaditana de
Villamartín.
Varias
habían sido ya las instituciones de seguridad pública que habían precedido al
nuevo Cuerpo, pero todas habían desaparecido, con mayor o menor gloria. La
última fue lo que quedaba de la Policía General del Reino, creada por real
cédula de 8 de enero de 1824 durante el régimen absolutista de Fernando VII y
abolida por real decreto de 2 de noviembre de 1840.
Sin entrar a valorar los diversos factores
y complejas razones que motivaron la desaparición de las anteriores
instituciones, lo cierto es que el duque de Ahumada tenía perfectamente claro
que la honestidad y moralidad de todos y cada uno de los que componían el nuevo
Cuerpo, constituían un pilar fundamental para el prestigio y la perdurabilidad
de la Institución.
Es por ello que el 16 de enero de 1845 dictó
una Circular cuyo trascendental contenido constituyó la firme cimentación sobre
la que se elaboraría la “Cartilla del Guardia Civil”. La obligación de la
cadena de mando no sólo debía ser recto ejemplo sino también velar por su más
estricto cumplimiento.
Dicha
Circular comenzaba afirmando que la fuerza principal del Cuerpo había de
consistir primero en la buena conducta de todos los individuos que lo
componían. Un repaso a la hemeroteca, para consultar la prensa de la época
anterior a la creación de la Guardia Civil, hace fácilmente entendible la
importancia de la conducta ejemplar de quienes tenían la misión de velar por la
ley y el orden.
Para
ello precisaba seguidamente que los principios generales que debían guiarla eran
la disciplina y la severa ejecución de las leyes. El “Guardia Civil”, y lo
escribía con mayúsculas siempre que se refería a él, pues con ello englobaba
todos los empleos, debía saber atemperar el rigor de sus funciones, “con la
buena crianza, siempre conciliable con ellas”, pues de ese modo se ganaría la
estimación y consideración pública. Es decir, el respeto de aquellos a los que
tenía la obligación de velar para que cumplieran las leyes pero a los que
también tenía que proteger.
Frente
a la posibilidad de que el protegido tuviera más temor de su supuesto protector
que de quien pudiera dañarlo, el duque de Ahumada preconizaba pedagógicamente
que el Guardia Civil solo debía resultar temible a los malhechores y los únicos
que debían temerlo eran los enemigos del orden, pero nunca las personas de bien.
Para
ello, y con el fin de granjearse el aprecio y el respeto público, el Guardia
Civil debía constituir un modelo de moralidad, siendo el primero en dar ejemplo
del cumplimiento de las leyes y del orden, ya que era el encargado de hacerlas
cumplir y mantenerlo, respectivamente. Debía ser prudente sin debilidad, firme
sin violencia y político sin bajeza. Imposible definirlo mejor con menos
palabras.
Como
muy bien apuntaba el duque de Ahumada, los enemigos del orden de cualquier
especie, temerían más a un Guardia Civil que estuviera sereno en el peligro,
fuera fiel a su deber y actuara siempre dueño de su cabeza, es decir, con
sentido común. Quien desempeñase sus funciones con dignidad, decencia y firmeza
obtendría muchos mejores resultados que aquél que con amenazas y malas palabras
solo conseguiría malquistarse con todos.
Finalmente,
tras afrontar otras cuestiones que eran también de sumo interés, afrontaba la
trascendental cuestión de la preparación profesional que debía tener el Guardia
Civil para ejercer y cumplir eficazmente las misiones encomendadas.
Concluida
su redacción definitiva el duque de Ahumada lo elevó el 13 de diciembre de 1845
para su definitiva aprobación por Isabel II, “si así fuere de su real agrado”,
lo cual se concedió una semana después, denominándose oficialmente la “Cartilla
del Guardia Civil”.
Su
texto, estructurado en tres partes, comenzaba en el capítulo primero con las “Prevenciones
generales para la obligación del Guardia Civil”, integrado a su vez por 35
artículos. Desde el primero de ellos se denotaba el verdadero credo de la
Institución: “El honor ha de ser la principal divisa del
Guardia Civil; debe por consiguiente conservarlo sin mancha. Una vez perdido no
se recobra jamás”. Por supuesto impregnado del carácter benemérito, debiendo
ser “pronóstico feliz para el afligido”.
Hoy,
175 años después, los principios éticos de la “Cartilla” continúan plenamente
vigentes.
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