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domingo, 19 de marzo de 2023

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CLXII). LA ABSORCIÓN DEL CUERPO DE CARABINEROS (64).

   

Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 13 de marzo de 2023, pág. 14.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.


 

El 5 de abril de 1955, el juez militar de Algeciras, comandante de Infantería Manuel Jordán Jordán, instructor de la causa 47/1938, dictó auto de procesamiento, ya que “existen indicios para suponer que el 29 de diciembre de 1937, el entonces capitán del extinguido Cuerpo de Carabineros Don Manuel Lamadrid Rivas, perteneciente a la Comandancia de este Cuerpo y Plaza, se hallaba mandando una compañía de fuerzas de este Instituto destacadas en Puente Mayorga (San Roque), el cual utilizando como medio de transporte un bote, se trasladó a la vecina plaza de Gibraltar en unión de su esposa, abandonando por ello a las fuerzas de su mando, llevándose consigo la suma de 1.170 pesetas que para la atención de la compañía tenía a su cargo, una vez en dicha plaza extranjera se presentó al Cónsul republicano, quien ordenó su embarque para Tánger, desde este punto a Marsella y de aquí a Barcelona, a la sazón zona roja, en donde por las autoridades de aquella plaza fue destinado a prestar diversos servicios propios de su categoría, siendo ascendido al empleo de Mayor por los méritos y circunstancias que según ellos en él concurrían, permaneciendo en dicha zona cumpliendo su cometido hasta la terminación de nuestra guerra de liberación en que huyó a Francia, en donde ha permanecido hasta el mes de agosto de 1954, en que optó por regresar a la Patria como así ejecutó, presentándose a las autoridades consulares”.


A la vista de lo declarado por Lamadrid, el juez militar consideró, “a los solos efectos de instrucción y sin perjuicio de ulterior calificación que pudieran merecer, como constitutivo de un delito de auxilio a la rebelión previsto en el artículo 238, número 2º del Código de Justicia Militar vigente en la época en que se ejecutaron los hechos”. 


En 1955 el código castrense en vigor era el aprobado por ley de 17 de julio de 1945, pero como en 1937 estaba vigente el aprobado por real decreto de 27 de septiembre de 1890, la aplicación prevista para la causa de Lamadrid era la siguiente: “Los reos de rebelión militar serán castigados con la reclusión perpetua a muerte los demás no comprendidos en el caso anterior (con la pena de muerte el jefe de la rebelión y el de mayor empleo militar o más antiguo, si hubiera varios del mismo, que se pongan a la cabeza de la fuerza rebelde de cada cuerpo y de la de cada compañía, escuadrón, batería, fracción o grupo de estas unidades); los que se adhieran a la rebelión en cualquier forma que lo ejecuten y los que, valiéndose del servicio oficial que desempeñen, propalen noticias o ejecuten actos que puedan contribuir a favorecerla”.


Por lo tanto, la pena de privación de libertad que se podía imponer a Lamadrid excedía de seis años y un día, razón por la cual debería ingresar en prisión preventiva. Sin embargo, dado que se habían venido dictando sucesivos indultos totales o parciales por hechos similares, el juez militar acordó decretar la liberal provisional del procesado.


Dada la situación de procesado del “ex-capitán” Lamadrid, el juez militar acordó también en su auto que el encartado procediese a prestar fianza o depósito por la cantidad de 1.170 pesetas, “que fueron las que se llevó al huir, que es el tope para asegurar por ahora las responsabilidades civiles que se le impongan, y pasadas veinticuatro horas sin verificarlo, embárguesele bienes de su propiedad en cantidades suficiente a cubrir la señalada, comisionando para llevarlo a efecto en los bienes raíces a un Juez ordinario, justificando si careciese de ellos la insolvencia y fórmese sobre este particular, ramo separado”.


Seguidamente se procedió a notificar el auto de procesamiento a Lamadrid, que como ya se expuso en capítulos anteriores había resarcido más que de sobra la cantidad mencionada mediante la subasta de sus bienes abandonados a finales de 1937 en Puente Mayorga. 


También se le hizo saber que podía nombrar, en concepto de defensor, a un oficial del Ejército de Tierra con destino en Algeciras. Lamadrid designó entonces al capitán de Artillería Eduardo Jiménez Valera. Éste se encontraba destinado entonces en el Regimiento de Artillería de Costa, de guarnición en Algeciras. Durante la guerra civil estuvo destinado como sargento y brigada de complemento en el Tercer Regimiento Ligero así como alférez de dicha escala en la “Columna de Municiones a Lomo del Destacamento de Enlace del General Jefe del Ejército del Norte”, mandado por el general de brigada de Estado Mayor Fidel Dávila Arrondo.


El mismo 5 de abril se practicó por el juez militar la indagatoria en la que tras hacerse constar sus generales de la ley así como reseñar las señas personales del procesado: “color de las pupilas pardas, cabello escaso y canoso, cara ovalada, cejas al pelo, nariz recta, barba poblada, estatura un metro seiscientos diez milímetros, viste traje azul y como señas personales una mutilación parcial en la mano y dedos del brazo derecho”.


Lamadrid se afirmó y ratificó en la declaración prestada, “una vez que ha sido relevado del juramento que prestó”. Seguidamente por el juez militar se le realizó una serie de preguntas que no se habían formulado en el interrogatorio anterior. El comandante Jordán le preguntó en primer lugar, “si cuando huyó al extranjero se llevó consigo armas, equipo o municiones”, respondiendo Lamadrid negativamente y que sólo portaba efectos personales, “sin que estos pertenecieran al Ejército”. 


También fue interrogado sobre la fecha exacta y ante qué autoridad se había presentado al regresar a España desde el exilio, manifestando que lo hizo el 10 de agosto de 1954 en la localidad guipuzcoana fronteriza de Irún. Por el consulado de España en la población francesa de Bayona se le expidió el pasaporte con el que pudo regresar a territorio nacional.


A continuación se le preguntó qué relación o intervención había tenido para la evasión y entrega del remolcador R-15 de la Marina de Guerra, así como en Algeciras para el asalto al Torpedero núm. 19, contestando que absolutamente ninguna con ambos hechos. Que si bien constaban en su hoja de servicios, ello se debía a que, “para poder llegar a la entonces zona roja, expuso hechos por él no realizados, con la finalidad de captarse la confianza de aquellos, pues sabía perfectamente que por su actuación derechista y a favor del orden durante los sucesos de Asturias y en Cataluña, estaba tildado como tal”.


Con esta última pregunta el juez militar dio por terminada la indagatoria y no quiso proseguir. Por una parte, habían transcurrido ya más de quince años de la finalización de la fratricida guerra civil, y por otro lado, el procesado, que no tenía intención de aportar dato alguno que pudiera incriminar a nadie más, sólo deseaba cerrar ese capítulo de su vida.


La siguiente providencia del comandante Jordán fue dirigir escrito al capitán Jiménez Valera, propuesto como defensor por Lamadrid para que, “se manifieste si acepta dicho cargo o las causas legales de incompatibilidad”. Su respuesta fue negativa ya que había sido designado para realizar un curso en la Escuela de Aplicación (Madrid).


(Continuará).

 

miércoles, 8 de marzo de 2023

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CLXI). LA ABSORCIÓN DEL CUERPO DE CARABINEROS (63).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 6 de marzo de 2023, pág. 10.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

 

 

El 4 de abril de 1955 el antiguo capitán de la 3ª Compañía de Carabineros en Puente Mayorga, Manuel Lamadrid Rivas, prestó declaración ante la justicia militar. Tenía ya 60 años de edad y es de suponer que con muchas ganas de cerrar este capítulo de su vida. Habían transcurrido 17 años y 3 meses desde que había huido a Gibraltar y cuyas consecuencias arrastraría hasta el final de su existencia. 


Tras ser advertido por el juez militar -comandante de Infantería Manuel Jordán Jordán- de que tenía la obligación “de decir verdad y de las penas señaladas a los reos de falso testimonio, juró por su honor ser veraz en sus manifestaciones”. Actuó como secretario el capitán de Infantería Francisco Barbero Téllez.


La primera pregunta que se le formuló a continuación fue por los motivos que le habían impulsado el 29 de diciembre de 1937 a marcharse “al extranjero y de allí a la entonces zona roja, abandonando su compañía y puesto de servicio”. Había permanecido hasta poco antes de su huida, siete meses encarcelado preventivamente en la prisión militar de Cádiz -Castillo de Santa Catalina- sin llegar a ser procesado. A pesar de que finalmente fue puesto en libertad sin cargos tenía miedo de nuevas acciones de represalia contra él, “al estar considerado como persona de izquierdas por sus jefes”. 


Seguidamente relató que a su esposa -María Moreno Páez- le había sido “requisado por la Falange de Cádiz” un coche de su propiedad, “del cual nunca ha vuelto a saber nada más de él”. También declaró que, tras ser destinado a mandar la 3ª Compañía de Puente Mayorga, solía acudir a una casa de comidas sita en dicha barriada sanroqueña, cuyo propietario era un tal Antonio, del cual no facilitó más datos identificativos. Allí “trabó amistad con unos señores súbditos ingleses con residencia en Gibraltar, quienes con frecuencia iban a dicho punto a merendar”.


Como ya se puede suponer, la presencia de tales británicos muy probablemente ni sería casual ni acudirían a Puente Mayorga solo para degustar una merienda seguro mucho más modesta que la que podrían disfrutar en la vecina colonia. Sus propósitos debían ser otros bien diferentes, pero Lamadrid no aportó más datos que permitieran su identificación.


Tan sólo declaró que dichos individuos “le aconsejaron que debido a su situación y circunstancias, debía abandonar España y marcharse a Gibraltar, y quizás debido al estado de incomprensión en que se hallaba, a los sufrimientos propios de su encarcelamiento pasados, sin pensar la responsabilidad que contraía, tomó un bote que le había cedido con anterioridad sólo para pescar el entonces comandante de Marina de dicho punto, trasladándose a Gibraltar con su esposa, dejando abandonadas todas sus obligaciones, marchando seguidamente desde este puerto a Tánger, de aquí a Marsella y por último se trasladó a Barcelona, presentándose al Gobierno republicano quien le destinó a diversos servicios, siempre en retaguardia hasta que finalizó la guerra, huyendo a Francia en donde ha permanecido hasta el mes de agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro, en que voluntariamente y por mediación de la Autoridad consular española se presentó a nuestras autoridades, marchando a residir a Cádiz”.


El juez militar le preguntó entonces por los contactos o personas que le habían ayudado en su huida a la colonia de Gibraltar para pasar seguidamente “a la zona entonces roja”, respondiendo que no contó con complicidad alguna. Aunque habían transcurrido más de tres lustros desde el final de la guerra y se habían ido decretando sucesivos indultos generales, Lamadrid no quería implicar a nadie contra el que pudiera haber posibilidad de deducirse testimonio. 


Seguidamente el juez militar continuó interrogándole por el dinero que se había llevado de su unidad. Sorprendentemente, de las 1.170 pesetas que oficialmente se le habían consignado en el correspondiente procedimiento administrativo de resarcimiento, rebajadas a 1.123’61 tras compensarse 46’90 pesetas que se le debían de dietas atrasadas, sólo reconoció haberse llevado la cantidad de 820 pesetas, las cuales entregó en Gibraltar al representante consular del gobierno republicano. Es decir, que no se había quedado con un solo céntimo. No obstante, dijo que al habérsele subastado sus pertenencias particulares dejadas en Puente Mayorga, debía considerarse completamente resarcida aquella cuantía con la Hacienda Pública. 


En su interrogatorio el juez militar le preguntó por las vicisitudes anotadas en su hoja de servicios correspondientes a la guerra civil y que fueron redactadas en “zona roja”, ya descritas en un capítulo anterior. Lamadrid contestó que no coincidían con la realidad ya que “en la zona roja se limitó a prestar la mayor parte de su servicio en sentido burocrático y nunca estuvo en el frente de guerra mandando fuerzas”. 


También se le preguntó qué personas, en calidad de testigos, podrían prestar declaración en su favor, respondiendo que podrían hacerlo el entonces teniente coronel de la Guardia Civil Ignacio Molina Pérez y un antiguo comandante de Carabineros apellidado Toledo, si bien ignoraba dónde podía residir este último.

Finalmente, el juez militar le preguntó por la mutilación que observó en su mano derecha, respondiendo que “ello es producto de una herida infectada producida en acto del servicio durante el tiempo que permaneció en zona roja, pero no como resultado de herida de guerra, aunque en orden menor y antes de nuestra guerra ya había sufrido otra lesión en la misma mano”.


En relación al teniente coronel Molina hay que significar que no sólo se trataba del capitán habilitado cajero de la 10ª Comandancia de Carabineros de Algeciras en diciembre de 1937. Desde septiembre de dicho año y compaginando simultáneamente el cargo anterior, venía desempeñando funciones propias del Servicio de Información Militar (SIM) a las órdenes del gobernador militar del Campo de Gibraltar, así como el de ayudante del coronel del Ejército que ostentaba tal cargo.


Molina había nacido en 1898 en la localidad malagueña de Casares y pertenecía a la Promoción de 1916 de la Academia de Infantería de Toledo. Por lo tanto, era compañero de Lamadrid, habiendo compartido los tres cursos escolares que entonces se realizaban para obtener el empleo de alférez e iniciar su servicio activo en el Ejército. Tras prestar servicio en unidades del Arma como alférez y teniente, participando en las Campañas de Marruecos, ingresó voluntariamente en junio de 1923 en el Cuerpo de Carabineros. Fue destinado a la Comandancia de Málaga, habiendo contraído matrimonio canónico el mes anterior con la joven Ramona López Riquelme, vecina de Algeciras. En octubre siguiente pasó destinado a esta Comandancia, donde ocupó diversos destinos hasta su ascenso a capitán en marzo de 1934. Entre los cometidos desempeñados destacan precisamente los del mando accidental en varias ocasiones de la 3ª Compañía de Puente Mayorga así como el de juez eventual de la Comandancia. 


Significar también que durante ese periodo estuvo desde octubre de 1924 hasta febrero de 1931 desempeñando el servicio de “Inspector Especial de Alcoholes y demás Impuestos” en la capital malagueña, pero siempre afecto a la Comandancia de Algeciras. Destinado como capitán en la Comandancia de Huesca regresó, cinco meses más tarde, destinado a la de Algeciras donde desempeñaría el mentado cometido de cajero habilitado.


(Continuará).

 

 

CAMINO DE SIETE DÉCADAS DE HERMANAMIENTO. LA COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE CÁDIZ ES HERMANO MAYOR HONORARIO PERPETUO.


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "CONSUMMATUM EST", Boletín núm. 1 de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Expiración y María Santísima de la Victoria, pág. 3, febrero de 2023.


El original está ilustrado con una fotografía en color.

 

Este mes se cumplen 68 años desde que el 22 de febrero de 1955 la Junta de Gobierno de la Muy Ilustre y Venerable Cofradía de Penitencia del Santísimo Cristo de la Expiración y Nuestra Señora María Santísima de la Victoria, establecida entonces canónicamente en la iglesia parroquial de San Lorenzo Mártir, acordase por unanimidad, nombrar y elegir Hermano Mayor Honorario Perpetuo, a la Comandancia de la Guardia Civil de Cádiz, “en la persona de su Ilmo. Sr. Teniente Coronel Primer Jefe de la misma, en atención a los excepcionales méritos que en ella concurren”.

El 4 de marzo siguiente se extendió el correspondiente título de honor que fue firmado y rubricado por todos los miembros de dicha junta de gobierno, siendo autorizado su aceptación por el teniente general Camilo Alonso Vega, entonces Director General de la Guardia Civil. 

Era jefe de la Comandancia de Cádiz el teniente coronel Ángel Fernández Montes de Oca, y dicho compromiso y responsabilidad para con nuestra Cofradía, fue siendo asumido en los años siguientes por José Vivancos Crespo, Rafael Serrano Valls, Manuel Pérez Ortíz, Teodoro Castro Cano, Antonio Pérez Mercadal, Santiago Fraile García, Ignacio Lombo López, Rafael Hernández Ferrero, Francisco Gabella Maroto, Antonio Dichas Gómez, Alfonso Escuer Mur, Antonio Tocón Díez y Alfonso Rodríguez Castillo, hasta llegar en el año 2020 al honor que ostento actualmente.

Pero no sólo fueron los jefes de la comandancia gaditana sino también algunos de los más altos representantes del Cuerpo, los que con su presencia en los desfiles procesionales de Semana Santa, fortalecieron el hermanamiento del benemérito Instituto con la Cofradía. Y lo fueron tanto subdirectores generales del benemérito Instituto como los generales Roger Oliete Navarro, Enrique Serra Algarra y Francisco Javier Cereceda Colado, como los propios directores generales como fueron los casos de Eduardo Sáenz de Buruaga Polanco, Antonio Alcubilla Pérez, Luis Zanón Aldalur, Ángel Ramírez de Cartagena Marcaida, Luis Diez-Alegría Gutiérrez, Carlos Iniesta Cano, Antonio Ibáñez Freire, José Luis Aramburu Topete y Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río. 

Precisamente éste último sería quien el 25 de marzo de 2016, Viernes Santo, impondría al Guión de nuestra Cofradía la Corbata de la Cruz de Plata de la Orden del Mérito de la Guardia Civil en un sencillo pero muy emotivo acto celebrado en la Santa y Apostólica Iglesia Catedral de Cádiz, momentos antes de iniciar la Estación de Penitencia.

Dentro de dos años, en febrero de 2025, serán ya siete décadas de hermanamiento, tradición y devoción. Habrá para entonces un nuevo jefe de Comandancia al que seguirán acompañando los hombres y mujeres de la Guardia Civil en los desfiles procesionales y demás actos solemnes que se lleven a cabo. Las personas estamos de paso pero las Instituciones, con sus tradiciones y valores, son las que permanecen en el tiempo. Ya se han cumplido 68 años pero queda todavía toda una eternidad de hermanamiento.


jueves, 2 de marzo de 2023

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CLX). LA ABSORCIÓN DEL CUERPO DE CARABINEROS (62).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR", el 27 de febrero de 2023, pág. 12.


El original está ilustrado con dos fotografías en blanco y negro.


 

Cuando en 1954 el antiguo capitán de la 3ª Compañía de Carabineros en Puente Mayorga, Manuel Lamadrid Rivas, regresó a España tras más de quince años de exilio en Francia, el jefe de la 337ª Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras era el teniente coronel Francisco Hermida Medina. Éste procedía también del extinto Cuerpo de Carabineros.


Ambos habían cursado sus estudios en la Academia de Infantería de Toledo, si bien Lamadrid pertenecía a la promoción de 1916 y Hermida a la de 1917, habiendo coincidido allí los cursos 1917-1918 y 1918-1919, razón por la cual bien seguro que se conocían. 


Lamadrid, a su vez, era también compañero de promoción de la Academia de Infantería del capitán de Carabineros Francisco Zamora Medina, quien en julio de 1936 se encontraba mandando la mentada compañía de Puente Mayorga y que como ya se relató en un capítulo anterior, se pasó a las filas republicanas con buena parte de sus hombres, a través de la colonia británica de Gibraltar. Al finalizar la guerra civil sería hecho prisionero en Barcelona y condenado a la pena de 30 años de reclusión mayor, cumpliendo una parte y siendo indultado del resto. Tenía un hermano llamado Sebastián que pertenecía a la promoción de 1918 de la Academia de Infantería y al que la sublevación militar le sorprendió siendo capitán del Regimiento de Infantería Albuera núm. 16, de guarnición en Lérida. También permaneció leal al gobierno de la República y ejerció diversos mandos en el Ejército Popular durante la contienda, entre ellos el de la 141ª Brigada Mixta y la 16ª División, exiliándose a Francia como otros muchos que se encontraban en Cataluña ante el avance de las tropas franquistas. Años después regresaría a España, sería condenado en consejo de guerra y posteriormente indultado.


Hermida, por su parte, fue compañero de promoción en la Academia de Toledo de dos personajes históricos bien diferentes, ambos pertenecientes a la Guardia Civil. Francisco Galán Rodríguez y Santiago Cortés González. El primero era hermano del capitán de Infantería Fermín que sería fusilado en la ciudad oscense de Jaca en diciembre de 1930 por sublevarse en armas contra el régimen monárquico de Alfonso XIII. Fue leal al gobierno de la República y ostentó importantes mandos del Ejército Popular durante la contienda, entre ellos los de varios Cuerpos de Ejército y finalmente el de la base naval de Cartagena, marchándose al exilio y terminando en Argentina. El segundo se alzó contra el gobierno de la República y lideraría la defensa durante más de siete meses del Santuario de Santa María de la Cabeza, sito en la Sierra de Andújar (Jaén), hasta su ocupación por tropas gubernamentales el 1º de mayo de 1937, falleciendo al día siguiente por las graves heridas sufridas.


Iniciada por lo tanto la difícil reconstrucción de la causa núm. 47/1938 contra el que ya era calificado como ex-capitán de Carabineros Manuel Lamadrid Rivas, por el delito de rebelión militar, su juez instructor, el comandante de Infantería Manuel Jordán Jordán, solicitó tanto al gobernador militar del Campo de Gibraltar, general de división José Cuesta Monereo, como al jefe de la 337ª Comandancia de la Guardia Civil, teniente coronel Hermida, cuantos datos existieran en sus respectivos archivos, relativos a aquél, “así como de cuantas personas intervinieron en las declaraciones y denuncias sobre el hecho”.


El 10 de marzo de 1955 el teniente coronel Hermida remitió, “copia de los servicios prestados por dicho Capitán en zona roja, deducidos de la Hoja de Servicios que le fue abierta en dicha zona, y en cuyos documentos se detalla la actuación del mismo desde el momento de su fuga”. También informó que a dicho oficial se le había instruido la causa núm. 560/1937 por el delito de “espionaje” en el juzgado militar de Algeciras y que fue sobreseída el 20 de noviembre de 1937. Dado que ya no había procedimiento abierto contra Lamadrid, se le concedió entonces el mando de la Compañía de Puente Mayorga. A partir de su huida a la colonia británica de Gibraltar no se volvió a saber nada de sus vicisitudes hasta que se recibió en la antigua Comandancia de Carabineros de Algeciras, copia de la referida hoja de servicios. 


Ésta fue remitida el 24 de junio de 1939 a la Auditoría de Guerra del Ejército Sur (Sevilla), “a los efectos de justicia pertinentes”. Igualmente informó que dicha documentación se había unido a la referida causa núm. 560/1937, cuyo instructor en Algeciras era el teniente coronel de Infantería Brígido García Berrocal. Éste se había acogido, tras las proclamación de la Segunda República, al retiro voluntario, reingresando tras la sublevación militar. Desde finales de febrero de 1939 se encontraba, procedente de la Sexta Región Militar (Burgos), a disposición del gobernador militar del Campo de Gibraltar. 


A dicho cargo, “que la República suprimió”, se le restituyó formalmente por decreto de 17 de agosto de 1939, “para bien del servicio e interés nacional”, la dirección de todos los servicios de “Vigilancia, Policía y Orden Público, así como las atribuciones propias de los Jefes de Hacienda sobre las Fuerzas de los Resguardos de Mar y Tierra, en cuanto se refiere a la represión del fraude y contrabando, ya que la experiencia enseña, dada la característica especial de aquella Zona, que deben quedar bajo una sola Autoridad, dichos servicios”. Su jurisdicción territorial se extendería sobre los partidos judiciales completos de Algeciras y San Roque. Una semana después sería nombrado para desempeñar ese cargo el general de brigada Francisco Martín Moreno, hasta entonces jefe de estado mayor del “Cuartel General del Generalísimo”.


El siguiente paso que dio el juez instructor fue tomar declaración al capitán Lamadrid en la sede judicial militar de Algeciras, para lo cual era necesario que éste se desplazase desde su residencia en Cádiz y compareciese físicamente ante su autoridad. A tal efecto se solicitó del gobernador militar de Cádiz, general de brigada de Artillería Ramón Méndez Parada, la expedición del correspondiente pasaporte al objeto de atender a los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento si esto último fuera preciso.


Dicha toma de declaración revestía singular importancia pues sería la primera vez que el propio encartado tendría la oportunidad de relatar lo sucedido, desde que el 29 de diciembre de 1937 huyó a la colonia británica de Gibraltar, acompañado de su esposa, con el propósito de pasarse a las filas republicanas.


En la historiografía es difícil encontrar el caso de que un oficial profesional se pasase tan tardíamente a la zona gubernamental, cuando precisamente la evolución de las operaciones militares no propiciaban ya pensar en una posible victoria de los que habían permanecido leales al gobierno de la República. 


Al inicio de la sublevación militar y durante los primeros meses de la contienda, sobre todo, hubo numerosos pases de zona, en ambos sentidos, si bien, en el caso de los militares profesionales, los datos historiográficos que se manejan, inclinan la balanza a favor de los procedentes de la republicana. Entonces, ¿por qué tras casi año y medio de guerra, un capitán, jefe de unidad, dejó todo, para afrontar un futuro tan incierto?. 


(Continuará).