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domingo, 30 de junio de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXVII). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (11).



Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 10 de junio de 2024, pág. 10.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

   

Tras la entrada en vigor de la ley de 12 de diciembre de 1942, citada en el artículo anterior, modificando algunos de los preceptos establecidos sobre los “Guardias Veteranos” en la ley de 15 de marzo de 1940, por la que se reorganizó el Cuerpo de la Guardia Civil, prosiguieron produciéndose nuevas adaptaciones y cambios. 

En la mayor parte de los países europeos, y no europeos, las fuerzas de orden público o seguridad ciudadana así como las de resguardo fiscal y persecución del contrabando, suelen pertenecer a cuerpos o instituciones diferentes. De hecho, en España había sido también así hasta la mencionada ley de 1940. Tras nuestra guerra civil de 1936-1939 se decidieron al respecto, la desaparición del más que centenario Cuerpo de Carabineros y la integración de su personal, acuartelamientos y medios, en el casi centenario Cuerpo de la Guardia Civil.

De las veinte Comandancias de Carabineros que existieron hasta el año 1940, sólo la de Algeciras, creada en 1878 al ser segregada de la de Cádiz, y que tenía por demarcación el Campo de Gibraltar, sería la única que  permanecería en el tiempo. De hecho, terminaría por absorber a la compañía de la Guardia Civil que estaba desplegada en el Campo de Gibraltar y que pertenecía a la 216ª de la Comandancia Rural de la Guardia Civil en la provincia de Cádiz. 

La razón principal de ello se basó inicialmente en el grave problema del contrabando procedente de la colonia británica de Gibraltar. Entonces no existían los también gravísimos problemas actuales del narcotráfico y la inmigración irregular procedentes del continente africano que han fortalecido, aún más, la existencia y permanencia de la comandancia campogibraltareña del benemérito Instituto.

A lo largo del año 1943, en plena Segunda Guerra Mundial, continuaban existiendo tres comandancias de la Guardia Civil en la provincia de Cádiz. La ya citada 216ª Comandancia Rural, heredera de la antigua comandancia del benemérito Instituto, creada a finales de 1844, así como la 134ª Comandancia de Costas (Algeciras) y la 234ª Comandancia de Costas (Cádiz), anteriores 10ª Comandancia (Algeciras) y 11ª Comandancia (Cádiz) de Carabineros.

Durante el año 1943 prosiguió la evolución de la legislación específica de la Guardia Civil, aprobándose diversas normas importantes. Así, por orden de 15 de febrero de dicho año, dimanante del Ministerio del Ejército, se modificó la orden circular de 12 de mayo del año anterior, en el sentido de que los jefes y oficiales de la Guardia Civil no desempeñasen cargos de gobernadores militares en las provincias y de comandantes militares, “en las localidades que radiquen fuerzas u organismos del Ejército”. Dicha decisión se tomó vista la dificultad que entrañaba su ejercicio, “dada su misión específica”.

Otra norma de importancia fue la ley de 29 de julio de 1943, donde se modificaron las condiciones de ingreso en la Guardia Civil. La mentada ley de 1940 había fijado como condición precisa para ingresar en la Benemérita, “el haber servido en las filas del Ejército un plazo mínimo de dos años, exceptuando únicamente de esta condición a los sargentos profesionales o provisionales, a quienes se les concede también preferencia sobre los demás peticionarios para dicho ingreso”.

Sin dejar de tener presente que hacía más de cuatro años que había finalizado la guerra civil y se estaba librando entonces la Segunda Guerra Mundial, se decidió que dicha “excepción y preferencia”, se hiciera extensiva a quienes, “por otros méritos y circunstancias”, se les consideraba con la misma preparación castrense. Por lo tanto se dispuso que quienes se encontrasen en posesión de “la Cruz Laureada de San Fernando o de la Medalla Militar individuales”, pudieran solicitar su ingreso en la Guardia Civil. Sólo tenían que cumplir las condiciones de edad que determinaba la mentada ley de 1940, “teniendo preferencia absoluta para el ingreso sobre los demás peticionarios”.

Por otra parte, en la mentada ley de 1943, se dispuso también que los hijos de los generales, jefes y oficiales de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, así como de todo el personal de la Guardia Civil, podían solicitar el ingreso en dicho Cuerpo, con reunir únicamente las condiciones de talla y edad que se determinaban en la citada ley de 1940. 

Por supuesto, e independientemente de lo expuesto, se hacía constar expresamente que tanto unos como otros debían sufrir para su admisión, las mismas pruebas de aptitud exigidas a los demás aspirantes.

Mención especial merece el decreto aprobado el 21 de diciembre de 1943, fijando la edad de 51 años para retiro forzoso en la Guardia Civil a los tenientes y alféreces, así como a los brigadas y sargentos. Con ello se puso fin a lo dispuesto para dichos oficiales en el real decreto de 19 de julio de 1927, que quedó derogado y que señalaba para ello la edad de 54 años: “Esta modificación, que ha podido justificarse en razón a las circunstancias de la época en que se dispuso, no debe subsistir en los momentos actuales, en que la índole especial del servicio que tiene a su cargo la Guardia Civil, impone la necesidad de que los mandos subalternos sean ejercidos en la edad adecuada”. Y también, respecto a los referidos suboficiales, a lo previsto en la ley de 5 de julio de 1934, al ser los 51 años expresados la edad señalada a los de las mismas categorías del Ejército.

Nueve días después fueron dictadas dos leyes sobre concesión, por una parte, de dos créditos importantes -en total más de 25 millones de pesetas de la época- destinados a la adquisición de armamento, municiones, utensilios y vehículos para la Guardia Civil, así como por otra parte, de concesión de un crédito extraordinario de casi 80 millones de pesetas, “para abono de dietas y pluses devengados por el personal de la Guardia Civil en los años 1940 y 1941”.

También es conveniente hacer constar que en 1943, tras haber transcurrido ocho años sin publicarse el “Escalafón de Suboficiales y Cabos”, fue editado oficialmente por el Negociado 2º de la Sección de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil. 

Casi simultáneamente, aunque no puede precisarse si fue poco antes o poco después, se publicó de forma particular en el “Anuario del Guardia Civil”, fechado en enero de 1943, dicho escalafón junto a un breve extracto de legislación corporativa vigente entonces. Su autor fue el teniente coronel Eugenio Calvete Hernández, destinado entonces en la citada Dirección General. Había ingresado por real orden circular de 30 de agosto de 1910 como alumno de la 10ª Promoción en la Academia de Infantería de Toledo y siendo primer teniente lo hizo en el Cuerpo de Carabineros por real orden circular de 29 de octubre de 1917, procedente de las tropas de Policía Indígena de Ceuta, siendo destinado a la Comandancia de Tarragona. 

Hay que significar que Calvete, siendo capitán, había estado destinado en la Comandancia de Carabineros de Algeciras por real orden de 26 de septiembre de 1929, permaneciendo en su plana mayor, hasta que por otra de 13 de febrero de 1931 fue destinado a la Comandancia de Carabineros de Vizcaya.

(Continuará).

 

 

domingo, 23 de junio de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXVI). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (10).



Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 3 de junio de 2024, pág. 8.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

  

 

Integrar mediante la citada ley de 15 de marzo de 1940 un Cuerpo militar más que centenario como era el de Carabineros, así como asumir todas sus funciones, siendo las principales las de resguardo del Estado y persecución del contrabando, en el también Cuerpo militar de la Guardia Civil, no fue una tarea precisamente fácil. Pero polémica aparte, ello no quiere decir que fuera impropia ni imposible, tal y como se acreditó con el paso del tiempo. De hecho, hoy día, si no fuera por el recuerdo histórico, ni se contemplaría.

A lo largo del año 1941, una vez puesta en cumplimiento y funcionamiento la mentada Instrucción General núm. 3, de 20 de febrero de 1941, dictada conforme a dicha ley, que reorganizó los nuevos Tercios y Comandancias de la Guardia Civil, se pusieron en vigor otras normas de gran interés.

Además de las ya mentadas en capítulos anteriores y otras disposiciones, merecen mencionarse entre otras cuestiones, en dicho año 1941, el restablecimiento del Parque Móvil de la Guardia Civil por orden del Ministerio del Ejército, de 15 de marzo; la unificación de los haberes pasivos de los oficiales subalternos y suboficiales de la Guardia Civil, equiparándolos a los de igual clase del Ejército, por ley de 28 de marzo; el anuncio de concurso para el reclutamiento de 10.000 guardias civiles entre suboficiales provisionales y de complemento del Ejército, por orden ministerial de 12 de agosto; y la concesión de derechos pasivos a las familias del personal de tropa de la Guardia Civil, por ley de 6 de noviembre.

El año siguiente, 1942, también fue abundante la normativa que se publicó relativa a la Guardia Civil. Entre ella merece especial mención la orden del Ministerio del Ejército, de 16 de abril, aprobando los programas por los cuales se regulaba el ingreso de tropa de la Benemérita. Debían “sufrir los aspirantes un reconocimiento médico y realizar ejercicios prácticos que acrediten su aptitud física, ya que el concepto de utilidad para el servicio de las armas ha de ser absoluto”, así como ”superar una prueba de conocimientos y aptitudes de cultura general”.

Conforme a dicha norma, entre las condiciones de ingreso de los aspirantes que se encontrasen en posesión de la cruz laureada de San Fernando o la medalla militar individual, máximas condecoraciones que se otorgaban al valor, se establecieron como límites de edad haber cumplido los 19 años de edad sin exceder de 35, pero sin limitación de talla ni tiempo de servicio en filas. 

En el caso de que el aspirante fuera licenciado de la Guardia Civil que no lo hubiera sido gubernativamente, podría obtener el reingreso, por una sola vez, hasta la edad de 50 años, cualquiera que fuera el tiempo que llevase separado del Cuerpo, siempre que hubiera permanecido, por lo menos, tres años en el benemérito Instituto, observando buena conducta y no disfrutase de haberes pasivos.

El resto de los aspirantes, cualquiera que fuera su procedencia, debían contar al menos dos años de servicio activo en filas, fijándose como límites tener 19 años cumplidos sin exceder de 35 y tener una estatura mínima de 1’660 metros.

Todos los aspirantes, sin excepción, no podían hallarse procesados ni haber sido condenados en juicio criminal, así como ser adictos “al Glorioso Movimiento Nacional” y no tener en su documentación “notas desfavorables atentatorias a la disciplina militar o a la moralidad del individuo, como tampoco acumulación de notas en corto espacio de tiempo u otras que por su índole sean motivo para no considerarle acreedor al ingreso”.

Con todos los aspirantes a ingreso se hacían dos agrupaciones, constituyendo la primera los hijos de generales, jefes y oficiales de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, así como sus asimilados; los del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, cualquiera que fuese su categoría, y los licenciados de dicho Instituto que no lo hubieran sido por medida gubernativa. La segunda agrupación estaría constituida por los sargentos, cabos y soldados de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, no comprendidos en el párrafo anterior.

Respecto a la adjudicación de las vacantes no estaban “sujetos a turno ni proporcionalidad alguna”, los que se hallaban en posesión de la cruz laureada de San Fernando o la medalla militar individual. Las restantes vacantes, una vez deducidas las adjudicadas a los citados anteriormente, se concedían el 50% a los escalafonados que correspondían al primer grupo citado, y el otro 50% a los del segundo grupo.

En otro orden de cosas, especial atención merecen la orden ministerial de 18 de noviembre de 1942, por la que autorizó a solicitar voluntariamente el curso de transformación de sargentos que señalaba la orden de 16 de junio pasado, todos aquellos que ingresaron en la Guardia Civil, así como la orden ministerial de 4 de diciembre, mediante la cual se amplió a los sargentos provisionales ingresados en la Guardia Civil, en virtud del concurso del 26 de febrero de 1940, los beneficios de la orden de 18 de noviembre de 1941, sobre transformación de sargentos.

Mención singular merece también la ley de 12 de diciembre siguiente, modificando algunos de los preceptos de la ley de 15 de marzo de 1940, por la que se organizó el Cuerpo de la Guardia Civil. La ejecución de dicho texto había puesto de manifiesto la conveniencia de modificar algunos de sus preceptos, ajustándolos a las necesidades entonces existentes. 

Concretamente, los “Guardias Veteranos”, organizados inicialmente en “Tercios de Guardias veteranos”, a los que se les encomendaba “la custodia de cárceles, penales, campos de penados y otros organismos similares, constituyéndose con personal especializado las Compañías afectas a la represión del fraude y vigilancia del contrabando en las Aduanas y en el interior del país”, debían agruparse en compañías, las cuales quedarían afectas a “las Comandancias de Guardias Rurales de la Provincia respectiva”. Cuando existieran tres o más compañías en una provincia, éstas podrían agruparse, “en una Comandancia dependiente del Tercio de Guardias Rurales respectivo”.

Hay que recordar que, conforme dicha ley de 15 de marzo de 1940, los Tercios se dividían en Tercios de Frontera, Tercios de Costas, Tercios Rurales, Tercios de Guardias Veteranos y Tercios Móviles. A los dos primeros se les asignaba la vigilancia de la zona de costas y fronteras, constituyendo con sus unidades y destacamentos, en unión de las unidades del ya desaparecido Cuerpo de Carabineros, las sucesivas líneas de cobertura y vigilancia fiscal.

Ello era de especial interés para la nueva 134ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Algeciras), que teniendo por demarcación el Campo de Gibraltar, se trataba de la antigua 10ª Comandancia de Carabineros (Algeciras).

No hay que olvidar que la 2ª Compañía (Algeciras) de la antigua Comandancia de la Guardia Civil que existía hasta el año 1940, continuaba todavía perteneciendo a la nueva 216ª Comandancia Rural (Cádiz), y que por lo tanto, tenía encomendada por dicha ley de 15 de marzo del mentado año, “la vigilancia, seguridad y orden en los pueblos, campos, vías de comunicación, factorías, establecimientos, fábricas y explotaciones mineras alejadas o aisladas de las capitales o grandes aglomeraciones urbanas”.

(Continuará).


martes, 18 de junio de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXV). LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (9).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 27 de mayo de 2024, pág. 12.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

  

 

Continuando con la documentación entregada por el subteniente retirado Domiciano Díaz Fernández, firmada el 3 de marzo de 1941 por el jefe de la entonces nueva 216ª Comandancia Rural de la Guardia Civil (Cádiz), Manuel Márquez González, hay que precisar que la 3ª Sección de la 1ª Compañía (Algeciras) tenía su cabecera en la capital gaditana.

Estaba mandada por un alférez y tenía a su cargo las Agrupaciones de Cádiz (puestos de Cádiz y San José), del Puerto de Santa María (puestos de Puerto Real y del Puerto de Santa María) y de Rota (puestos de Chipiona y de Rota). Aunque su capitán tenía su jefatura en la ciudad de Algeciras, el despliegue de dicha sección no estaba sobre el Campo de Gibraltar.

La 2ª Compañía de la citada 216ª Comandancia Rural tenía su cabecera en Villamartín y ninguna de sus unidades subordinadas estaba establecida en nuestro Campo de Gibraltar. Aunque tenía sólo dos secciones, mandadas también por alféreces, tenía una considerable demarcación territorial. La primera tenía su cabecera en Olvera y la segunda en Arcos de la Frontera. 

La 1ª Sección tenía a su cargo las Agrupaciones de Alcalá del Valle (puestos de Olvera, Torre Alháquime y Alcalá del Valle), de Algodonales (puestos de Setenil, El Gastor y Algodonales) y Grazalema (puestos de Zahara, Benaocaz y Grazalema). Y la 2ª Sección encuadraba las Agrupaciones de Algar (puestos de Arcos de la Frontera, Espera y Algar), de Bornos (puestos de Villamartín, Puerto Serrano y Bornos) y de Ubrique (puestos de El Bosque, Prado del Rey y Ubrique).

La tercera y última unidad, entidad compañía, que queda por citar de la mentada Comandancia, era el escuadrón de caballería que tenía la residencia de su capitán establecida en la ciudad de Jerez de la Frontera. En este caso sus tres secciones eran tenientes y no alféreces como ocurría en las unidades de infantería de dicha comandancia. Tan sólo uno de sus puestos estaba ubicado en el Campo de Gibraltar. Se trataba el de Almoraima, ubicado en el término municipal de Castellar de la Frontera.

A diferencia de lo que ocurría con las secciones de las compañías de infantería de la Guardia Civil, los escuadrones de caballería carecían de agrupaciones. Así que la 1ª Sección de Jerez de la Frontera tenía a su cargo los puestos de San José del Valle y Jerez; la 2ª Sección de Sanlúcar de Barrameda tenía los puestos de Trebujena, Almoraima y Sanlúcar; y la 3ª Sección de Medina-Sidonia tenía los puestos de Chiclana de la Frontera, Alcalá del Valle y Medina-Sidonia. Hay que significar que el puesto campogibraltareño de Almoraima estaba integrado por 1 cabo y 6 guardias 2º.

Lamentablemente, al contrario que los mentados escritos de la 216ª Comandancia Rural (Cádiz), antigua Comandancia de la Guardia Civil de la provincia de Cádiz, que fueron suscritos y firmados por su mentado jefe en 1941, no se han localizado hasta el momento como quedaron organizadas y distribuidas inicialmente las unidades de las antiguas 10ª y 11ª Comandancias de Carabineros, Algeciras y Cádiz. Hay que recordar que éstas, tras un breve periodo intermedio de ser nominadas como las 66ª y 67ª Comandancias Administrativas de la Guardia Civil, fueron reconvertidas en la Instrucción General núm. 3, de 20 de febrero de 1941, dictada conforme la ley de 15 de marzo de 1940, en las 134ª y 234ª Comandancias de Costas de la Guardia Civil.

Realmente debió de ser aquél un periodo muy complicado y más si se tiene en cuenta que se procedía de una terrible guerra civil que había durado casi tres años,  en los que tanto Carabineros como la Guardia Civil habían combatido en ambos bandos, así como que, aunque España no era país contendiente, se estaba librando la Segunda Guerra Mundial, iniciada el 1º de septiembre de 1939.

Por otra parte, no hay que olvidar que cuando se procedió a integrar a los carabineros y hacerlos guardias civiles, se tardó en llevar a cabo cuestiones tan elementales como por ejemplo la dotación de uniformidad, pues la misma era hasta entonces, diferente en ambos Cuerpos. Hay que significar que en esa época, la uniformidad no era entregada y servida como sucede actualmente por la propia Institución, sino que tenía que ser adquirida en establecimientos particulares y abonada por cada individuo. 

Ello ya había motivado que se dictase inicialmente por el ministro del Ejército, todavía general de división José Enrique Varela Iglesias, la orden de 6 de mayo de 1940, disponiendo que, “en tanto se resuelve con carácter definitivo el uniforme y emblemas que ha de usar el Cuerpo de la Guardia Civil, todo el personal que no proceda del antiguo Cuerpo llevará sobre el lado derecho del pecho, y a mayor altura que el bolsillo, el actual emblema, formado por las iniciales de la Guardia Civil, con corona, sobre un fondo rojo, de forma rectangular y dimensiones aproximadas de 35 por 65 milímetros”.

Pocos meses después, por orden del Ministerio del Ejército, de 11 de septiembre siguiente, se dispuso ya, “con motivo de la fusión de los Cuerpos de la Guardia Civil y de Carabineros”, que se adoptasen las modificaciones que se disponían en dicha norma respecto al uniforme reglamentario. 

El nuevo emblema del Cuerpo se compondría del “enlace de las iniciales del Cuerpo, en plata, sobre dos carabinas, en oro, y todo ello coronado con la corona reglamentaria en plata”.

Dada la realización de “servicios esencialmente distintos en las características de su prestación”, se hizo necesario adoptar determinadas modificaciones en la uniformidad de la Benemérita que Carabineros venía empleando en buena parte. De ello sabía mucho la nueva 134ª Comandancia de Costas de la Guardia Civil (Algeciras).

En dicha normativa, muy ilustrada, se detalló la nueva uniformidad. Destacaba el empleo del gorro como prenda de cabeza en el nuevo uniforme de servicio empleado por los suboficiales y tropa: “de paño gris verdoso, de dos picos y con vuelta que le permita ser transformado en pasamontañas con visera”. Para las fuerzas del Tercio Móvil se usaría, en ciertos servicios, el casco de acero reglamentario en el Ejército.

También se hizo una detallada descripción de la nueva sahariana, “de dril gris verdoso” a emplear; su calzón, igual al reglamentario para jefes y oficiales que se describía en el reglamento de uniformidad aprobado por real orden circular de 16 de diciembre de 1926, pero “confeccionado en dril gris verdoso”; así como un nuevo calzado de “bota alta, negra, con ojales y cordones, y cerrada al costado, con una cartera con cuatro hebillas”. Las plazas montadas llevarían las espuelas reglamentarias y el correaje sería el que era entonces reglamentario en la Guardia Civil. Respecto a la funda de pistola, de baquetilla negra, se suprimía el uso de cordón fiador para el arma.

Respecto al uniforme de paseo se detallaba minuciosamente la nueva uniformidad, manteniéndose el tradicional sombrero negro de la Benemérita para los tercios rurales, escuadrones afectos y veteranos. Sin embargo, se adoptaba para los demás, la gorra de plato, ya usada en Carabineros, pero, “de forma igual a la reglamentaria en las Academias Militares del Ejército”.

(Continuará).

 

 

lunes, 10 de junio de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCXXIV) LA REORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL (8)

 

Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 20 de mayo de 2024, pág. 11.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

 


 

Reorganizar el Cuerpo de la Guardia Civil, tras integrar en sus filas al veterano Cuerpo de Carabineros, tras la ley de 15 de marzo de 1940, no fue una tarea fácil. El inexorable paso del tiempo no ha ayudado, pues lamentablemente mucha documentación fue desapareciendo con el tiempo. 

Afortunadamente, el caso de la Guardia Civil de la provincia de Cádiz puede escribirse gracias al subteniente Domiciano Díaz Fernández. Retirado hace ya muchos años del servicio activo, tras cumplir la edad reglamentaria, fue el jefe de la oficina de la plana mayor de la Comandancia de Cádiz. Fue un privilegio que guardara unos antiguos documentos que encontró y conservó durante años hasta su entrega, tras dejar el servicio activo. Gracias a tan meritoria labor, que hoy día está ya reglada y es de obligado cumplimiento en la Guardia Civil, puede escribirse e ilustrarse el presente artículo.

Como ya se ha expuesto en ocasiones anteriores, hasta la entrada en vigor de la mentada ley de 15 de marzo de 1940, hubo en la provincia de Cádiz, desde el siglo XIX, dos comandancias del Cuerpo de Carabineros y una de la Guardia Civil. La absorción e integración del primer Cuerpo citado, creado en 1829, en el segundo Cuerpo mentado, creado en 1844, no fue una tarea precisamente fácil pero sí una profunda realidad. 

En absoluto ello fue una labor sencilla en todo el territorio español pero más compleja fue aún en la provincia gaditana. Las plantillas de las dos comandancias de Carabineros, Cádiz y Algeciras, suponían más del doble de efectivos que la comandancia de la Guardia Civil gaditana. Como recordará el lector, ésta tenía sólo una compañía, la 2ª, desplegada por todo lo que entonces se entendía como el Campo de Gibraltar, teniendo su cabecera en la ciudad de Algeciras. Por cierto, ésta tenía entonces, en el año 1940, una configuración urbanística y una población mucho menor que la actual. 

Gracias a esa documentación entregada por el subteniente Díaz, firmada el 3 de marzo de 1941 por el jefe de la entonces nueva 216ª Comandancia Rural (Cádiz), Manuel Márquez González, podemos saber con todo detalle cual era la organización, composición y distribución de dicha unidad provincial. Realmente se trata de una información inédita y de gran interés historiográfico.

También hay que recordar, si bien no se tratan en el presente artículo, que la 10ª Comandancia (Algeciras) y 11ª Comandancia (Cádiz) del Cuerpo de Carabineros, se habían convertido inicialmente, tras su integración en la Guardia Civil, en la 134ª Comandancia de Costas (Algeciras) y 234ª Comandancia de Costas (Cádiz). En esta cuestión es importante recordar la entrada en vigor de la Instrucción General núm. 3, de 20 defebrero de 1941, dimanante de la Dirección General de la Guardia Civil, referida en artículos anteriores.

Por lo tanto, la nueva 216ª Comandancia Rural, heredera de la antigua comandancia gaditana y que continuaba teniendo por demarcación toda la provincia, quedó inicialmente estructurada en una jefatura y su plana mayor, con residencia en la capital gaditana, dos compañías de Infantería con cabeceras en Algeciras y Villamartín, así como un escuadrón de Caballería, con cabecera en Jerez de la Frontera.

Hay que precisar que al no haberse convocado en la Guardia Civil a personal de nuevo ingreso durante la guerra civil, la plantilla de la Benemérita gaditana tenía un 13% menos de personal, contando por lo tanto, y a pesar de los cambios de destino que hubo, con 92 hombres menos. Es decir, frente a los 704 efectivos citados en su momento, al comienzo de julio de 1936 en la Comandancia de Cádiz, había sólo 612 efectivos en la plantilla de marzo de 1941.

Estos eran 1 teniente coronel, 2 comandantes, 4 capitanes, 1 capitán médico, 9 subalternos, 2 C.A.S.E. (Cuerpo Auxiliar Subalterno del Ejército, creado por ley de 13 de mayo de 1932), 11 brigadas, 22 sargentos, 429 de tropa de infantería (57 cabos, 8 cornetas, 59 guardias 1º, y 305 guardias 2º) y 131 de caballería (13 cabos, 4 trompetas, 4 guardias 1º y 110 guardias 2º).

Consecuente con todo lo expuesto, a nivel orgánico, la antigua comandancia gaditana experimentó una gran remodelación, muy diferente de la estructura anterior. Se mantuvo el escuadrón de caballería pero las compañías quedaron reducidas a dos, aunque con mayor número de efectivos. También cambiaron entonces algunas denominaciones de las unidades de encuadramiento, desapareciendo durante este periodo de tiempo las “líneas”, creándose en su lugar las “secciones”, que tenían como unidad subsiguiente de encuadramiento las “agrupaciones”, y dependientes ya de éstas, los tradicionales puestos.

Así, en marzo de 1941, la jefatura y plana mayor de la 216ª Comandancia Rural de la provincia de Cádiz contaba con 30 efectivos (1 teniente coronel, 2 comandantes, 1 capitán, 1 capitán médico, 1 oficial subalterno, 1 C.A.S.E., 3 brigadas, 1 sargento 1º, 16 de tropa de infantería (3 cabos, 1 corneta, 2 guardias 1º y 10 guardias 2º) y 4 guardias 2º de caballería.

Su 1ª Compañía, con cabecera en Algeciras, tenía a su cargo tres secciones de Infantería que, con un total de 262 hombres (1 capitán, 3 alféreces, 4 brigadas, 9 sargentos, 32 cabos, 4 cornetas, 34 guardias 1º y 179 guardias 2º), se estructuró de la forma que se expone a continuación. 

La 1ª Sección, con cabecera en Jimena de la Frontera y mandada por un alférez, tenía a su cargo las tres Agrupaciones de La Línea de la Concepción, de San Pablo de Buceite y de San Roque. La 1ª Agrupación estaba compuesta por los puestos de La Línea (1 sargento, 2 cabos, 2 guardias 1º y 10 guardias 2º) y de Atunara (1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º). La 2ª Agrupación estaba integrada por los puestos de Jimena (1 brigada, 2 cabos, 1 corneta, 1 guardia 1º y 15 guardias 2º de infantería, añadiéndose 1 guardia 2º de caballería con su correspondiente caballo), de Buceite (1 sargento, 1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º), y de Campamento (1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º). La 3ª Agrupación estaba formada por los puestos de San Roque (1 sargento, 1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º), de San Martín del Tesorillo (1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º), y de Los Barrios (1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º).

La 2ª Sección, con cabecera en Vejer de la Frontera y mandada por un alférez, tenía a su cargo las Agrupaciones de San Fernando, Barbate y Tarifa. La 1ª Agrupación estaba compuesta por los puestos de San Fernando, de Conil de la Frontera y de Paterna de Ribera. La 2ª Agrupación estaba integrada por los puestos de Vejer, de Barbate y de Casas Viejas. Y la 3ª Agrupación estaba formada por los puestos de Algeciras (1 brigada, 3 cabos, 1 corneta, 2 guardias 1º y 15 guardias 2º, añadiéndose 1 guardia 2º de caballería con su correspondiente caballo), de Tarifa (1 sargento, 1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º), y de Facinas (1 cabo, 1 guardia 1º y 5 guardias 2º).

(Continuará).