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miércoles, 31 de enero de 2024

LA GUARDIA CIVIL EN SAN ROQUE (CCVII). LA REORGANIZACIÓN EN LA POSGUERRA CIVIL (26).


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR", el 22 de enero de 2024, pág. 12.


El original está ilustrado con una fotografía en color.

 

Se finalizaba el capítulo anterior con una referencia concreta de una obra editada en 1936 que sin tener realmente carácter oficial hay que decir que tenía un buen apoyo institucional interno en el Cuerpo de Carabineros antes de la guerra civil. De hecho, ha sido citada en numerosas ocasiones a lo largo de los artículos publicados en “Europa Sur” sobre los carabineros en la Línea de la Concepción y San Roque. Y lo seguirá siendo cuando se hable históricamente de dicho Cuerpo desaparecido hace más de ochenta años.

Se trataba del llamado “Escalafón General del Cuerpo de Carabineros” de 1936, obra particular del entonces brigada de Carabineros Eusebio Fernández Chimeno, ascendido a dicho empleo por orden de 10 de noviembre de 1934 y antigüedad del 5 de octubre anterior. Al contrario de los escalafones reglamentarios de entonces, separados en jefes y oficiales por un lado, y suboficiales, cabos y matronas, por otro, dicho brigada incluyó no sólo a los citados anteriormente sino también a los carabineros de 1ª y 2ª clase, ordenando a todos alfabéticamente y no por empleos, como era y sigue siendo usual.

Hay que significar que se citaba al inicio de dicha obra, que al mentado brigada le figuraban como colaboradores los suboficiales, clases e individuos con destino en la Secretaría de la Inspección General del Cuerpo. En dicho “escalafón general”, que nunca se hizo algo similar de unir al personal de todos los empleos, ni en la Guardia Civil ni en ninguna Arma o Cuerpo del Ejercito, se hacía constar entre otras cosas, además de la filiación básica de todos sus componentes, un breve resumen, ordenado por comandancias, de todos sus acuartelamientos y poblaciones donde se encontraban ubicados. 

Además de relatarse algunas de sus peculiaridades, se efectuaba una muy extensa reproducción de normas de interés en vigor e incluso alguna pendiente de publicarse. En este último caso se refería a la normativa relativa al retiro voluntario de cabos y carabineros y sus pensiones de viudedad y orfandad. Hacía tiempo que estaba hecho, “en espera para su publicación, en un volumen más reducido, de la aprobación por las Cortes del proyecto de ley, que fue leído en la Cámara de los diputados el día 24 de Noviembre de 1934”.

Este proyecto de ley, tal y como se decía al inicio de la obra, “después de no pocas vicisitudes e irritantes dilaciones en las Comisiones de Presupuestos y Hacienda”, pasó a figurar en la “orden del día” del Congreso el 6 de noviembre de 1935, con informe favorable de ambas comisiones y sin que ningún diputado tuviese pedida la palabra en contra.

Por tal motivo, se consideró inminente su aprobación, llegando a decirlo incluso oficiosamente algunos diputados, pero las incidencias políticas acaecidas trajeron primero la suspensión de las Cortes, después su disolución y finalmente nueva convocatoria para el 16 de febrero de 1936. Dicho brigada de Carabineros, al igual que otras muchas personas más, estaba convencido que ese proyecto sería uno de los que se aprobarían en la nueva legislatura. La realidad fue otra muy diferente.

Por otra parte, aunque se han detectado algunos errores en ese “escalafón general”, hay que decir que constituye un importante documento para el estudio del Cuerpo de Carabineros que no lo tiene ningún otro. Precisamente el único ejemplar íntegro existente actualmente en la Dirección General de la Guardia Civil hasta el momento, fue localizado en un armario de la actual Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras y remitido a finales de 2019 al Servicio de Estudios Históricos del Cuerpo en Madrid. Gracias a ello se terminó averiguando que el incompleto “Escalafón del antiguo Cuerpo de Carabineros del Reino. Año 1935”, que existía en otro archivo de allí, era realmente un ejemplar incompleto del año 1936. Toda una satisfacción campogibraltareña.

Respecto al mentado brigada, una vez iniciada la contienda, hay que significar que causó baja en la 20ª Comandancia de Navarra, donde se encontraba oficialmente destinado, y pasó destinado el 2 de octubre de 1936, causando alta en la “Administración Central”. Todo ello según la Gaceta de Madrid núm. 278, fechada dos días más tarde. Realmente estaba comisionado en Madrid, su anterior localidad de destino en el anterior empleo, desde mucho antes del inicio de la contienda.

Posteriormente, al suprimirse las categorías de alférez y brigada en Carabineros, al empleo de teniente, tras haberse aplicado según orden del Ministerio de Hacienda, de fecha 24 del correspondiente mes (Gaceta núm. 117), los preceptos del decreto del Ministerio de la Guerra de la zona republicana, de 16 de febrero último (Gaceta núm. 48).

Finalizada oficialmente el 1º de abril de 1939 la guerra civil con la derrota de los republicanos, el teniente Fernández Chimeno, sin perjuicio de sufrir su propio procedimiento judicial militar, del que finalmente salió sin ser condenado, se vio inmerso en el complejo proceso de unificación de Carabineros en el seno de la Guardia Civil. 

Tan sólo diremos que el 24 de junio de 1940, publicado cuatro días después en el Diario Oficial del Ministerio del Ejército núm. 145, pasó destinado de la 1ª Comandancia de Carabineros (Barcelona), a donde fue destinado, a la Compañía de Destinos de la Dirección General de Carabineros en Madrid.

Iniciado ya el proceso de integración de los componentes del Cuerpo de Carabineros en el de la Guardia Civil, se dispuso por orden de 4 de marzo de 1941, siendo ya teniente de la Benemérita, pero perteneciente todavía a la Sección de Carabineros, que pasase a la situación de disponible forzoso en la Primera Región Militar (Madrid). Quedó afecto para haberes y documentos a la Comandancia Exenta núm. 100 de la Guardia Civil. Dicha resolución fue publicada tan sólo dos días después en el dicho diario oficial del Ministerio del Ejército.

Finalmente, aunque su año teórico de retiro era muy posterior, ya que había nacido en marzo de 1894, se le aplicó, previo informe favorable del Consejo Superior del Ejército, y de acuerdo con el Consejo de Ministros, el pase forzoso a la situación de retiro el 8 de noviembre de 1941, “teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo primero de la ley de 12 de julio de 1940 (D.O. núm. 158)”. Hay que significar que dicha situación afectó a numerosos jefes, oficiales y asimilados en situación de actividad de los correspondientes Ejércitos, que habiendo servido en la zona republicana durante la guerra civil no habían resultado condenados en consejos de guerra. La decisión del nuevo régimen fue que no continuasen en servicio activo.

En aquella resolución de 1941, firmada por el ministro del Ejército, teniente general José Enrique Varela Iglesias, y publicada tres días más tarde, fueron pasados a la situación indicada de retiro, diversos oficiales de Infantería, Guardia Civil y Carabineros, encontrándose Fernández Chimeno entre estos últimos. Por orden de 30 de enero de 1942, publicada en el BOE de 2 de septiembre siguiente, se fijó un haber pasivo mensual, en la situación de retirado, a dicho oficial, de 712’49 pesetas mensuales a partir del mes siguiente, por conducto de la Dirección General de la Deuda.

(Continuará) 

 

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