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martes, 9 de mayo de 2017

LAS ANTIGUAS MATRONAS DE LA GUARDIA CIVIL (1940-1987).

Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "EUROPA SUR" el 8 de mayo de 2017, pág. 11; y en "DIARIO DE CÁDIZ" el 19 de mayo de 2017, pág. 29.

El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.

Prestaron servicio en Algeciras, Cádiz, La Línea y Tarifa.

Al entrar en vigor la Ley de 15 de marzo de 1940 la Guardia Civil absorbió a Carabineros, asumiendo el resguardo fiscal y la vigilancia de costas y fronteras. Respecto a las matronas, algo novedoso para la Benemérita, hubo de transcurrir una década para que se revisara su normativa.

Por Decreto de 14 de julio de 1950, del ministro de Gobernación Blas Pérez González, firmado por Franco como jefe del Estado, se aprobó el "Reglamento para el reclutamiento, disciplina y servicios de Matronas de la Guardia Civil". El director general era el teniente general Camilo Alonso Vega.

Introdujo importantes diferencias respecto a Carabineros. Hizo más restrictivo el acceso, limitándolo sólo a viudas y huérfanas solteras de la Benemérita. La Guerra Civil y la lucha contra "los del monte" habían motivado que aumentase muchísimo su número y las pensiones eran insignificantes. Si bien su sueldo era inferior al de un guardia civil, constituía un imprescindible sostén económico.

Mantuvo la edad mínima de 25 años para ingreso y rebajó la máxima a 45. Al resto de requisitos de salud, aptitud y una única matrona por familia ya existentes, se le añadió el de acreditar buena conducta político-social, como el resto de funcionarios de la época.

Los escalafones de aspirantes se reorganizaron en dos registros que comprendían a su vez tres escalas. El primero para viudas y huérfanas de jefes y oficiales, y el segundo para las de suboficiales y clases de tropa.

Cada registro comprendía tres escalas: viudas y huérfanas de muertos en acción de guerra, fusilados por el enemigo o en actos del servicio o a consecuencia de heridas recibidas en cada caso; las de los fallecidos de muerte natural que no fueran pensionistas del estado, provincia o municipio; y las que si lo eran.

A igualdad de fecha de solicitud se priorizaba según el número de familiares que tenían a su cargo. De cada cinco vacantes se adjudicaba una a las viudas y huérfanas de jefes y oficiales, y cuatro a las de suboficiales y clases de tropa.

El examen de aptitud se hacía en cada comandancia ante un tribunal compuesto por su jefe, un capitán y un teniente. Las aprobadas eran anotadas en el registro y escala que les correspondía en espera de vacantes, razón por la cual se tardaban varios años en ingresar.

Trascendental fue la ampliación de la edad de retiro hasta los 65 años para que pudieran percibir una pensión. A partir de los 56 y de dos en dos hasta la jubilación, debían superar un reconocimiento médico. Un decreto de 16 de junio de 1966, del ministerio de Hacienda, les reconoció su carácter funcionarial.

Sin embargo, se les continuó obligando a mantener su viudez o soltería, ya que la finalidad principal, además de contar con personal de absoluta confianza para detectar contrabando oculto en la ropa o cuerpo de mujeres, era ayudar con un pequeño sueldo a quiénes carecían de ingresos suficientes. Si se casaban se tenían que licenciar. Todo ello y la dureza del servicio hacía desistir a muchas.

Se les permitió vivir en casas-cuarteles pero no podían ausentarse de la demarcación sin permiso de su jefe, teniendo derecho a las mismas vacaciones que los guardias civiles. Se prohibió expresamente que pudieran emplearse "en servicio doméstico de ninguna Autoridad ni funcionario público".

El nuevo reglamento siguió regulando sus expedientes personales, anotándose vicisitudes profesionales, premios y castigos. Dada la importancia que tenía la moralidad y honestidad en el servicio se incluyeron artículos muy explícitos, basados en la “Cartilla del Guardia Civil”: "Bajo ningún pretexto recibirán regalos, bien sea en dinero, alhajas, ropas o manjares, pues estas demostraciones son siempre el precio a que se compra la infidelidad. Se abstendrán escrupulosamente de todo trato con personas sospechosas de dedicarse al contrabando o fraude, así como de malos antecedentes, y guardaran absoluto sigilo sobre los asuntos relacionados con su peculiar servicio, bajo las sanciones establecidas".

Las faltas disciplinarias se endurecieron, clasificándose en leves, graves y muy graves. Las primeras eran la falta de puntualidad en el servicio, el poco aseo de su persona y traje, así como "las infracciones o defectos que, por su naturaleza, pueden estimarse lógicamente excusables". Su comisión se sancionaba con amonestación, verbal o escrita; apercibimiento o multa de 1 a 15 días de haber.

Las graves eran la indisciplina, la desconsideración al público y a las autoridades en el servicio, las que afectasen al decoro social o profesional y "la resistencia al cumplimiento de la misión que le está encomendada". El castigo era "traslado a un destino más penoso" o suspensión de empleo y sueldo de 15 días a dos meses.

Y las muy graves eran el abandono del servicio, la insubordinación, la falta de probidad, la negligencia o lenidad en el cumplimiento del deber, la confabulación con los infractores o perjuicio a las "Rentas Públicas", y todas las demás que pudieran constituir delito conforme la legislación vigente. Se sancionaba con la expulsión, sin perjuicio de otras responsabilidades.

Caso de caer enfermas, aún justificadamente, más de tres meses en el año natural, eran calificadas de "salud poca". Si reincidían dos años consecutivos o cinco alternos, causaban baja definitiva en el Cuerpo.

El servicio se prestaba en horas de despacho de las Aduanas o en las que les señalase su jefe, vistiendo la bata reglamentaria que consistía en un guardapolvo de gabardina de algodón color gris verdoso con el emblema de la Guardia Civil, sujeto por un alfiler imperdible, "colocado en el costado y altura en que se llevan las condecoraciones militares".

Con el paso de los años les fue sustituido por un traje-chaqueta con falda-pantalón por la rodilla color verde, gorro, camisa y corbata verde, con los emblemas reglamentarios, así como zapatos negros, medias beige y guantes blancos. En verano usaban camisa verde de manga corta reglamentaria.

Procuraban "no causar molestias a las personas que debían reconocer, con las que usarán buenos modales, urbanidad y trato decente". Igualmente tenían que extremar su celo en el servicio, "pues si sus Jefes dispusieran un segundo reconocimiento, y del resultado de éste se patentizaran deficiencias del primero, se impondrá la correspondiente corrección a la Matrona que lo hubiera efectuado".

La mejor definición de aquellas 93 matronas (6 de 1ª clase y 87 de 2ª) más otras 12 que hubo procedentes del antiguo Protectorado de Marruecos, la escribió en 1983 el capitán Celso Lamela López: "Mujer de intachable conducta en todos los órdenes, perteneciente al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, que presta sus servicios en Unidades de Especialistas Fiscales en Aduanas tanto Terrestres como Marítimas, encargadas de efectuar los registros al personal femenino y que para su ingreso es preciso que su corazón esté roto y vestido de luto por haber sufrido la pérdida de un ser querido".

En nuestra provincia prestaron servicio en los puertos de Algeciras, Cádiz y Tarifa así como en la Verja de La Línea de la Concepción con Gibraltar.


En 1987 se implantó un nuevo y efímero sistema de ingreso pero eso es otra próxima historia.


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