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lunes, 17 de agosto de 2026

“CULPA FUE DE LOS TIEMPOS”. LA TRAGEDIA DEL CAPITÁN BARRASA.


Artículo escrito por Jesús Núñez y publicado en "DIARIO DE CÁDIZ" el 18 de julio de 2007, pág. 14.


El original está ilustrado con una fotografía en blanco y negro.


Con ese título de Culpa fue de los tiempos, un gaditano y caballero de bien como es Fernando Guilloto intentó hace una década glosar la vida y tragedia de su suegro en un libro desgraciadamente todavía inédito; el también gaditano, capitán de complemento del Cuerpo Jurídico Militar, José de Barrasa y Muñoz de Bustillo.

El capitán Barrasa, una de las muchas víctimas de aquel aciago verano de 1936, era uno de los intelectuales más destacados del Cádiz de aquella época. Doctor en Derecho y secretario general de la Academia Hispano Americana, era también académico de la de Jurisprudencia y Legislación y de la de Historia, así como miembro del Instituto de Historia y Heráldica de Francia y del Interuniversitario de Italia, además de pertenecer al cuerpo de secretarios judiciales. El propio José María Pemán llegó a decir de él que “era un jurista bien reputado, hombre de cultura europeizante y de convicciones liberales”.

Con poco más de treinta años de edad, y siendo ya académico de la Hispano Americana, se decidió a participar activamente en política, ingresando en el Partido Republicano Autónomo, presidido por Emilio de Sola. Desde entonces hizo un recorrido similar al de otros políticos locales de la época, terminando por desembocar en la Unión Republicana, presidida por Martínez Barrio. En Cádiz, Barrasa sería designado como presidente del comité local y representante en el consejo ejecutivo nacional.

Finalmente, en abril de 1936, fue nombrado concejal interino del Ayuntamiento de Cádiz y compromisario por esta circunscripción para la elección del nuevo presidente de la República, siendo Manuel Azaña el escogido.

Sublevación militar y detención

Como ya es bien sabido, en los días siguientes al alzamiento militar en Cádiz, se practicaron centenares de detenciones por toda la ciudad, siendo una de ellas la del capitán Barrasa, que entonces no estaba en servicio activo, pues trabajaba como secretario del juzgado municipal del distrito de San Antonio.

El 23 de julio un grupo de falangistas se presentó en su domicilio, donde vivía con su esposa, la cual estaba embarazada, y sus seis hijos, el mayor con tan sólo ocho años de edad. Registran su casa y encuentran dos pistolas y un viejo revólver, teniendo licencia para la primera de ellas, como oficial de complemento que era, mientras el último se trataba de un recuerdo de su padre, un antiguo almirante de la Armada, que había llegado a ser diputado y senador por Cádiz.

Intentó oponerse a su detención, alegando que en todo caso debía practicarla la Guardia Civil, pero fue reducido a la fuerza y conducido al Casino Gaditano, donde la Falange local acababa de establecer su cuartel general. Tras ser interrogado fue trasladado al castillo de Santa Catalina, en donde quedó preso a disposición de la autoridad militar.

Al día siguiente, el capitán Cipriano Briz, en su calidad de juez instructor, dictó un auto de procesamiento contra Barrasa, acusándole de un presunto delito de tenencia ilícita de armas, quedando en prisión preventiva y pasando el procedimiento a la auditoría de guerra de la 2ª División, en Sevilla, de cuyo mando se había hecho cargo por la fuerza el general Queipo de Llano.

Con la sublevación del 18 de julio y la publicación del bando de guerra, se habían anulado todas las licencias de armas concedidas por las autoridades civiles y militares anteriores, con lo cual tampoco le hubiera servido de nada que hubiese tenido las tres armas en regla.

El 29 de agosto, tras 36 días de prisión, recibió la orden de recoger sus pertenencias, siendo trasladado al cuartel de Infantería de Santa Elena, junto a Puerta de Tierra. Igualmente creía que lo llevaban allí para interrogarle sobre la acusación de que era objeto, pero allí le comunicaron que iba a ser fusilado, sin formación de causa ni sentencia de tribunal alguno.

Consciente de lo irremediable de la terrible situación en la que se encontraba, solicitó la presencia del notario José de Bedoya para hacer testamento, firmando como testigos Ramón de Carranza, alcalde de Cádiz, Luis Machuca Báez y el capellán castrense Sancho Murriá, de quien recibió los últimos auxilios espirituales.

Esa misma tarde, cuando contaba 39 años de edad, un pelotón de fusilamiento ponía fin a su vida en los fosos de Puerta de Tierra, junto a las del comandante de Infantería retirado Manuel Morales Domínguez, el oficial de complemento Manuel Cotorruelo Delgado y Milagros Rendón Martel, hija del concejal comunista Francisco Rendón, que ya había sido también fusilado anteriormente.

El calvario de una viuda

La noticia de la muerte de su marido, no puso fin a la tragedia que esa joven mujer, llamada Carmen, madre de seis criaturas y embarazada de una séptima, de la que terminó por abortar naturalmente como consecuencia de los sufrimientos padecidos.

Atrás había quedado el intercambio de cartas, que con mano temblorosa y ánimo suplicante, había escrito tanto al juez instructor militar, el capitán Briz, como al responsable de la auditoría de guerra de Sevilla, el coronel Francisco Bohórquez, ambos conocidos de su marido. Por Cádiz habían empezado a correr rumores de que se habían formulado nuevas y alevosas acusaciones contra el capitán Barrasa.

El propio juez le contestó, para tranquilizarla, con fecha 9 de agosto, que “el procedimiento que sigo contra su esposo, sólo es por tenencia ilícita de arma corta de fuego, sin que en dichas actuaciones exista otra denuncia”.

Las buenas palabras de las respuestas se desvanecieron ante el mazazo de la inesperada noticia de su fusilamiento. No había hecho falta de sentencia alguna de un consejo de guerra, la mera aplicación del bando de guerra, como tantas veces había ocurrido en otras ocasiones, fue suficiente.

El procedimiento militar por la tenencia ilícita de armas siguió su curso, ya que en el mismo no constaba el fusilamiento del procesado, siendo finalmente considerado autor de un delito de “oposición al triunfo del Glorioso Movimiento Nacional”. Un decreto de 12 de noviembre de 1938, firmado por el general Queipo de Llano, fijó la responsabilidad civil del capitán Barrasa en cinco mil pesetas.

Los bienes del difunto fueron embargados y entre ellos una cantidad en metálico que no llegaba a las 700 pesetas, por lo que la viuda no pudo proceder a su levantamiento hasta que casi dos años después se ingresó el resto en la cuenta corriente de la comisión provincial de incautación de bienes en Cádiz.

No con ello terminó el calvario para su viuda, pues al igual que otras muchas familias de fusilados y desaparecidos, todavía tuvo que hacer frente al procedimiento incoado en cumplimiento a la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939, que no concluiría hasta que, en septiembre de 1945, se sobreseyó el mismo, “por pago de la multa impuesta”.

La causa militar que comenzó a instruirse en Cádiz el 24 de julio de 1936, y que fue remitida a Sevilla, todavía no ha sido localizada por los investigadores e historiadores que en estos últimos años están rastreando los antiguos archivos judiciales castrenses, pudiendo encontrarse entre los restantes procedimientos gaditanos, que están todavía pendientes de clasificar.

 

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